Sáb 25.11.2006

ECONOMíA  › INMOBILIARIAS Y ADMINISTRADORES RECHAZAN UNA MEDIDA DE LA AFIP

Comenzó la guerra de las expensas

Como adelantó Página/12, la AFIP les exige a administradores de consorcios y countries que informen las expensas de los propietarios.

› Por Maximiliano Montenegro

Tal como anticipó Página/12, ayer fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución 2159 de la AFIP que exige a administradores de consorcios, countries y barrios privados que informen sobre las expensas que pagan los moradores. Con este nuevo requisito, el organismo buscará cerrar el círculo sobre los evasores del impuesto a los Bienes Personales. Además contará con información valiosa para investigar el origen de los fondos con que fueron construidas o compradas propiedades de lujo. La medida generó el inmediato rechazo de las inmobiliarias, conocedoras de que buena parte del negocio de la construcción, alquiler y venta de inmuebles todavía se mueve en negro. “No va a ser viable cumplir” con la solicitud “porque el administrador no tiene fuerza para pedir el número de CUIT a nadie”, advirtió Néstor Pirosanto, titular de la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

Según la resolución firmada por Alberto Abad, director de la AFIP, los administradores o presidentes de consorcios y countries deberán informar al organismo –en un formulario vía Internet– “la totalidad de los importes en concepto de expensas o contribuciones para gastos comunes o extraordinarios, incluyendo las cuotas sociales”.

En el caso de los “countries, clubes de chacras o barrios privados”, el requisito comprende a aquellas propiedades con un terreno superior a los 400 metros cuadrados o que paguen expensas mayores a los 400 pesos mensuales. En cuanto a los “edificios de propiedad horizontal”, alcanzará a los departamentos de más de 100 metros cuadrados o que paguen expensas mayores a 400 pesos.

“No va a ser viable porque el administrador tiene el nombre del propietario, pero no el CUIT, y no puede exigírselo a cada una de las personas”, explicó Pirosanto, titular de la Cámara de Inmobiliarias. Además destacó que “va a ser muy engorroso” cumplir con lo requerido por la AFIP, porque “hay propiedades a nombre de sociedades que los administradores no saben cómo están compuestas”.

Justamente, uno de los objetivos del ente recaudador es investigar las propiedades a nombre de una sociedad offshore, en general sociedades uruguayas, un método habitual al que recurren algunos contribuyentes para eludir al pago de Bienes Personales. Al lograr la identificación del bien registrable (casa o departamento), el organismo tendrá una punta más para tirar del ovillo y descubrir si mediante sociedades fantasma se está burlando al fisco.

“El administrador no tiene fuerza para pedir el número de CUIT a nadie. Esto es muy engorroso y va a traer muchos problemas”, insistió Pirosanto. “Si el administrador no puede pedir el CUIT, o el propietario no tiene, que informe con nombre y número de documento de los ocupantes. La resolución lo dice claro”, respondieron ayer en la AFIP. Ciertamente, para quienes están en el negocio inmobiliario las cosas no serán sencillas. En el caso de que los inmuebles estén en alquiler, el ente recaudador cruzará datos para determinar si esa renta gravada por el impuesto a las Ganancias fue declarada por los dueños.

El sistema también serviría para monitorear a las personas físicas de alto poder adquisitivo y corroborar si declaran sus propiedades en el impuesto a los Bienes Personales, que se aplica sobre un patrimonio superior a los 102.300 pesos.

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