Sáb 20.07.2002

ECONOMíA  › COMO SERA EL INDICE PARA AJUSTAR ALQUILERES Y CREDITOS

Salarios vs. inquilinos y deudores

El aumento general de salarios de 100 pesos incrementará el índice que ajustará las cuotas de créditos y alquileres.

› Por Raúl Dellatorre

A pesar de que esta semana se publicó el decreto que establece la metodología de cálculo del Coeficiente de Variación Salarial (CVS), en el Gobierno admiten que son más los problemas sin resolver que las cuestiones ya definidas en materia de futuros ajustes de alquileres y créditos hipotecarios, prendarios y personales. Los técnicos del Indec trabajan contra reloj para tener diseñado y probado el nuevo índice para octubre, fecha en la que debería ser puesto en vigencia. De lo que no tienen dudas es que el aumento general de salarios de 100 pesos, tal como fue confeccionado, integrará el salario base del índice y, por lo tanto, entrará en el cálculo a la hora de ajustar alquileres y cuotas de créditos.
El índice salarial fue establecido como una variante de actualización que sustituyera a la aplicación del CER (que ajusta por la inflación), para evitar un impacto mayúsculo de la indexación sobre los pagos de créditos y alquileres –originalmente pactados en dólares y luego pesificados–, considerados de interés social. Así, los alquileres de vivienda única, los créditos hipotecarios para vivienda única, los prendarios cuyo valor original no superara los 30 mil dólares y los préstamos personales de hasta 12 mil dólares en su origen quedan integrados al universo al que se aplicará el CVS.
La decisión política precedió a la existencia del índice. Es decir, que el Congreso votó una forma de actualización de créditos en base a un índice salarial hasta entonces inexistente. Eso obligó al Indec a trabajar en la formulación del índice en un tiempo record –para este tipo de elaboraciones– de cinco meses.
El Indec ya tiene definido el universo de sectores y las categorías laborales que conformarán el índice, así como las empresas que serán encuestadas, en un muestreo que toma en cuenta distintos tamaños de unidades y ubicación geográfica. Así se obtendrá la base de datos sobre salarios en el sector privado. La ponderación –el peso en el índice– para cada ocupación variará conforme a los resultados de la Encuesta Permanente de Hogares del propio Indec. La ponderación por actividad surgirá de la masa de trabajadores inscriptos por cada una de ellas en el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.
En total, serán algo más de 1300 firmas las encuestadas, para obtener los niveles salariales en cada una de las categorías. Una definición básica es que se considerarán las remuneraciones “por ocupación, no por trabajador”. Es decir, que se suman las retribuciones que alcanzan a todos los encuadrados en la misma categoría, pero no las que afecten a los trabajadores por su desempeño particular. Los 100 pesos de aumento general, explicaron en el Indec, serán considerados como un incremento en los salarios que se toman como base del índice. En cambio, un aumento de horas extras, por más que alcance a todos los trabajadores de una categoría, no se tomará como alza.
Con los primeros ensayos de encuesta, los técnicos del Indec deberán “correr la serie” desde diciembre de 2001 (que tendrá el valor índice 100) hasta la actualidad, para poder comparar y medir las variaciones salariales. En octubre corresponderá hacer el primer ajuste en alquileres y créditos, para lo cual se tomarán en cuenta las variaciones salariales entre el mes anterior, setiembre, y diciembre de 2001. Tomando en cuenta el ajuste general de 100 pesos, hay quienes estiman que el índice podría arrojar para ese mes un incremento del 10 por ciento, aproximadamente. Los responsables de las encuestas del Indec son más cautelosos: hay empresas grandes que seguramente aumentaron los sueldos antes de la suba de salarios por decreto, pero también hay muchas empresas chicas que deben haber reducido las retribuciones a su personal durante el período. No es fácil predecir cuál será el resultado promedio.
Para los meses posteriores, las normas le fijan un techo al interés más actualización por CVS que deberán pagar los deudores, ya que el mismo no podrá superar al promedio de tasas de interés vigentes durante todo el 2001. El índice también podría bajar, como es previsible que ocurra si, efectivamente, en enero de 2003 deja de regir el aumento de salarios no remunerativo de 100 pesos y no es reemplazado por otro tipo de retribuciones.
De cualquier modo, no parece suficiente argumento para dormir tranquilo: cada deudor o inquilino le prenderá una vela cada noche al CVS para que el ajuste no se dispare por encima de las eventuales mejoras que, mensualmente, reciba en su sueldo o retribución.

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