ECONOMíA
› CEDROS Y BODEN AUN NO COTIZARAN EN LA BOLSA
Sin salida por falta de instrucciones
El inicio de la cotización en la Bolsa de Comercio de los Certificados de Depósitos Reprogramados (Cedros) y los Bonos Optativos del Estado Nacional (Boden), ambos entregados a los ahorristas a cambio de sus fondos atrapados, fue postergado. La razón fue que el Banco Central y el Ministerio de Economía aún no emitieron las normativas necesarias. En Córdoba, en tanto, se produjo el primer fallo de inconstitucionalidad del corralito.
Los inconvenientes parecen haber sido desconocidos por el secretario de Finanzas, Guillermo Nielsen, quien había confirmado el inicio de la cotización. Fuentes bursátiles indicaron que “faltan reglamentaciones, y por lo tanto era imposible iniciar la operatoria”. Para más datos, agregaron desconocer cuándo estarán completas. En el Palacio de Hacienda, en tanto, confiaron en una pronta resolución del problema, aunque no se especificó ninguna fecha.
Los Cedros están en poder de los ahorristas que eligieron recuperar su dinero mediante el cronograma de reprogramación vigente y que estará a cargo de los bancos. Los Boden fueron suscriptos por ahorristas que optaron por canjear la plata atrapada en el “corralito” por títulos del Estado.
En tanto, la jueza federal de Córdoba, Cristina Garzón de Lascano, declaró la inconstitucionalidad del decreto que creó el llamado “corralito” financiero y todas sus normas complementarias, incluidas la reprogramación y pesificación de depósitos. Así lo revelaron fuentes judiciales de esa provincia, quienes destacaron que el fallo es el primero que se dicta sobre la cuestión de fondo en la provincia. No obstante, se aclaró, la resolución de la magistrada “no alcanzó” al decreto firmado por el presidente Eduardo Duhalde la semana pasada, que ordena la suspensión por 120 días de la ejecución de medidas cautelares.
La resolución de la jueza se dio en el marco de la causa “Elías, Isidra René c/Estado Nacional, Poder Ejecutivo, Ministerio de Economía y HSBC”. En el fallo, ordenó al banco HSBC la restitución de los fondos de una ahorrista, por un monto cercano a los 30 mil dólares, en los plazos originales y en la moneda pactada, o en caso contrario en pesos a la cotización del dólar en el mercado libre a la fecha de su efectivización. El fallo supone un nuevo revés judicial para la restricción de depósitos del sistema financiero.