Mié 14.08.2002

ECONOMíA  › POR PRIMERA VEZ, DECLARO INCONSTITUCIONAL LA NORMA

La Cámara, contra el corralito

Por primera vez, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal declaró la inconstitucionalidad del decreto que inmovilizó los depósitos y ahora los bancos apelarán a la Corte Suprema de Justicia, que ya sentó jurisprudencia al pronunciarse contra el “corralito” en febrero pasado. “La restricción impuesta por la normativa en juego implica una violación a los artículos 17 y 18 de la Constitución en tanto desconoce el derecho de las personas de disponer libremente en su totalidad de su patrimonio”, escribieron en su resolución los jueces Luis Otero y Pablo Gallegos Fedriani, de la Sala V de la Cámara.
Los camaristas declararon la inconstitucionalidad del decreto 1570/01 mediante el cual el gobierno del ex presidente Fernando de la Rúa inmovilizó las colocaciones bancarias en la primera semana de diciembre de 2001. La norma, aún vigente, y todas las disposiciones derivadas de aquel decreto resultan violatorias de la Constitución, entendió la Cámara, que en realidad no hizo más que fallar en consonancia con lo que la propia Corte resolvió el primero de febrero último al expedirse en favor del ahorrista Carlos Antonio Smith.
El beneficiario de la decisión adoptada por la Sala V fue el ahorrista Marcelo Luis Muratorio, quien ya había obtenido un fallo a favor dictado por la jueza de primera instancia María José Sarmiento. Pero el Banco Provincia de Buenos Aires y el Banco Central apelaron la resolución de la magistrada, confirmada ahora por la Cámara. Los bancos recurrirán ahora a la Corte Suprema de Justicia, pero en Tribunales se descuenta que volverá a pronunciarse en contra del corralito. “Es prácticamente imposible que puedan dar vuelta el criterio que ellos mismos fijaron”, dijeron voceros judiciales.
La Sala V, en tanto, aún debe expedirse sobre los planteos presentados contra el decreto 1316/02, mediante el cual el gobierno del presidente Eduardo Duhalde suspendió desde el 23 de julio último y por el término de 120 días la ejecución de los fallos “anticorralito”. De ese modo, bloqueó la salida de depósitos de los bancos propiciada por medidas cautelares en favor de los ahorristas. La jueza Emilia García ya declaró la inconstitucionalidad del decreto 1316 al dar luz verde a una presentación del ombudsman nacional, Eduardo Mondino, que respalda a los depositantes de todo el país, independientemente de que hayan o no interpuesto acciones de amparo. “El conjunto de las medidas adoptadas a partir del decreto 1570 no resulta un ejercicio razonable de las facultades normativas del Estado tendiente a conjurar la situación de grave crisis financiera”, sostuvieron los camaristas al analizar la norma que inauguró el “corralito”. Pero para los jueces de la Sala V las anomalías se remontan al momento en que el Congreso otorgó superpoderes al entonces ministro de Economía Domingo Cavallo, auténtico artífice del “corralito”.
Hubo un “exceso en el ejercicio de las facultades legislativas delegadas” mediante la ley que aprobó los superpoderes, dijeron los camaristas, que subrayaron que los derechos de los ahorristas fueron vulnerados porque quedaron sin efecto “las relaciones jurídicas consolidadas” entre los bancos y sus clientes. Con todo, la decisión de la Cámara sólo podrá acarrear consecuencias inmediatas para el ahorrista Muratorio, que munido del fallo de la Sala V quedó en condiciones de reclamar sus colocaciones al Banco Provincia.

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