Dom 18.08.2002

ECONOMíA

Sostiene Pereira

La renuncia de Jorge Pereira Torres como jefe del Departamento Penal Tributario de Impositiva es un durísimo alegato contra la forma en que en la Argentina se enfrenta a los grandes evasores.

› Por Julio Nudler

La aceptación de la renuncia no dice nada particular. Ni siquiera hace referencia a los términos de la dimisión presentada por Jorge Pereira Torres a la jefatura del Departamento Penal Tributario de la Dirección General Impositiva, que ejercía desde 1997. Es curioso que a Pereira no se le hubieran rechazado los términos, por el calibre de los cuestionamientos vertidos en su dimisión. Aparentemente, la funcionaria que firmó la aceptación ni siquiera tuvo acceso al texto de la renuncia. La historia no es demasiado nueva, puesto que el renunciante cesó en el cargo el 1º de febrero de 2001, pero eso no le quita dimensión. Nada indica que las cosas hayan cambiado excesivamente desde entonces. Según el texto de su nota, Pereira no estuvo dispuesto a avalar el tratamiento que la DGI, en contra de su opinión, dio a un caso que involucraba a empresas cuya propiedad había sido atribuida a Alfredo Yabrán. Por eso explica su renuncia –a la que accedió Página/12— por la “violencia moral” que le causaron “actitudes institucionales” que él no compartía y que estimaba “gravemente lesivas al interés público”. Sin embargo, expone también severas críticas más generales a la acción de la AFIP por mostrarse más estricta con los evasores de menor envergadura y denuncia la corrupción.
En la dimisión alude a un caso en que se había intentado liberar de responsabilidad tributaria como contribuyente a una empresa que, según Pereira, había utilizado facturas apócrifas de presuntos proveedores, atribuyéndose la deuda impositiva a esos “pseudo emisores” de las facturas, “inexistentes o insolventes”. El dimitente denuncia la proliferación de facturas truchas entre “contratistas, licenciatarios o proveedores del Estado”, y sostiene que, “además de configurar el delito de defraudación fiscal”, la utilización de esas facturas comporta “una forma útil de encubrir el pago de sobornos a funcionarios públicos cuando los ingresos del defraudador fiscal deben ser íntegramente blanqueados o declarados al fisco”.
El renunciante fustiga además a algunos tribunales, que favorecen una “benévola contemplación del fraude fiscal sin atenuantes”, y cita un fallo concreto de un juez penal económico, sobreseyendo una causa por considerar que el empleo de facturas apócrifas no configura el delito de evasión. Pereira aborda luego otro caso determinante de su renuncia (ver descripción en nota aparte), referido a la provisión de billetes, por parte de una empresa argentina, para el Banco Nacional de Angola. Respecto de la manera en que, en ese caso, se explica la deducción impositiva como gasto de más del 40 por ciento del monto exportado, el renunciante comenta que “un fino ropaje no puede ocultar la grosera desnudez de la maniobra”.
Pereira sostiene que entre los llamados grandes contribuyentes “hay muchos que evaden proporcionalmente más que aquellos de menor capacidad contributiva” porque cuentan con un asesoramiento impositivo más sofisticado y –esto es lo más pesado–, porque corren un menor riesgo de ser perseguidos tributaria o penalmente. Pero hay más: “Hasta donde el firmante de esta nota (de renuncia) sabe, hasta ahora –calcula– el riesgo estadístico para cierto sector de la actividad financiera de ser fiscalizado como contribuyente del impuesto a las Ganancias o al Valor Agregado en rubros de verdadero interés fiscal es igual a cero”.
Para neutralizar a Pereira, altos estamentos de la DGI, ya durante el gobierno de la Alianza, resolvieron restringir las facultades del Departamento Penal Tributario, disponiendo que sólo cuando se lo requiriera podría intervenir en la gestación de causas ante la Justicia.
La idea era desactivar el “fundamentalismo” del funcionario, y surgió meses después de que se lanzara la consigna de “combatir a los grandes evasores”. Con este propósito, Penal Tributario “fue convocado a intervenir activamente en la detección y persecución de los fraudes fiscales verificables en el ámbito de la Dirección de GrandesContribuyentes Nacionales”. Pero, por lo visto, no había que tomarse tan en serio la consigna.
En su detonante renuncia, que terminó escondida en un cajón del ente recaudador, sin merecer respuesta alguna, se dejaba abierta la posibilidad de que no hubiese existido denuncia de “defraudaciones fiscales presuntamente cometidas por la misma empresa que exportó los billetes a Angola, mediante la utilización de facturas apócrifas que simulaban la adquisición de bienes y servicios en ejercicios anteriores, ya prescriptos o con prescripción cercana”.

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