Entre 2002 y 2007, los haberes en el sistema de reparto crecieron entre 41 y 182 por ciento, mientras que las rentas vitalicias de la jubilación privada subieron 34 por ciento en promedio. El Gobierno lanza una campaña para promover el cambio de régimen, que vence a fin de año.
› Por David Cufré
El Gobierno lanzará esta semana una campaña informativa para recordar que queda nada más que un mes para optar por el cambio de régimen jubilatorio. El plazo vence el 31 de diciembre. Hasta el momento pasaron de las AFJP al sistema de reparto algo menos de 1,1 millón de personas. Justo en el inicio de la recta final, la Corte Suprema dictó un fallo clave sobre la movilidad de las jubilaciones que paga el Estado. El máximo tribunal resolvió que el Congreso debe crear un índice objetivo de actualización de haberes y sugirió que se utilice el Indice de Salarios que elabora el Indec. Ese mecanismo de ajuste debe preservar el poder adquisitivo de los haberes previsionales. Desde 2002 a la fecha, pese a que no existió ese índice, las jubilaciones en el Estado aumentaron mucho más que en el sistema privado. En el primer caso, las subas fueron del 41,1 al 198,2 por ciento, mientras que las rentas vitalicias de las AFJP aumentaron entre 25,6 y 34,1 por ciento.
Como no existía un índice fijo de movilidad en el sistema de reparto, el Gobierno siguió una política discrecional de incrementos. Lo que hizo fue subir mucho la mínima –de 200 a 596 pesos, 198 por ciento– y un porcentaje muy inferior –41 puntos– los haberes de 1000 pesos en adelante. La Corte terminó objetando esa política, que produjo un notable achatamiento de la pirámide salarial –en 2001 cobraban la mínima el 15 por ciento de los jubilados y actualmente lo hace casi el 70– y con su fallo de la semana pasada dispuso que los aumentos entre 2002 y 2006 debían llegar como piso al 88,6 por ciento. Para reclamar la diferencia, cerca de un millón de personas podrían llegar a iniciar un juicio contra el Estado.
Más allá de las diferencias en los niveles de aumentos dentro del propio régimen de reparto, en todos los casos los incrementos superaron a los que concedieron las compañías de seguros vinculadas con las AFJP que pagan las rentas vitalicias. Esto es por cómo funciona la movilidad en el sistema de capitalización. Es uno de los puntos débiles de ese régimen, cuyos efectos se perciben más en períodos de alta inflación. La Superintendencia de AFJP, el organismo que regula y controla a las administradoras, dictó una resolución este año que eleva a futuro los porcentajes de aumentos de los haberes en el régimen privado, pero de todos modos quedó en un nivel que no llega a compensar la suba de precios.
Antes de esa resolución, las rentas vitalicias subieron en promedio algo menos de 5 por ciento por año desde 2002 en adelante. Un 34 por ciento acumulado en promedio, contra una inflación del 104 por ciento en el mismo período. La pérdida del poder de compra de esos haberes fue notable. En razón de ese hecho, la Superintendencia elevó el tope al 8 por ciento anual. Ese sistema de movilidad es de por vida. Quien firma un contrato con el tope de 8 por ciento –así como antes fue con el tope de 6– no tendrá chances a exigir un incremento mayor, aun si la inflación rebasa por mucho ese porcentaje.
En reparto, a partir del fallo de la Corte, el Congreso deberá crear un índice que eleve las jubilaciones todos los años teniendo en cuenta la suba de precios y la evolución de los salarios de los trabajadores activos.
La mayoría de las personas que se afilian a una AFJP desconoce las opciones que se le abren al momento de jubilarse. Son tres. La más elegida es la renta vitalicia, que, como se mencionó, tiene una movilidad que no está llegando a cubrir la inflación. Las otras son las siguientes:
- Retiro fraccionado: Las1legaron a reunir los años de aportes necesarios sólo tienen derecho a que las AFJP les reitegren el dinero capitalizado. Las administradoras les devuelven ese monto acumulado hasta agotar el fondo. Son sumas pequeñas. No existe un mecanismo específico de movilidad para estos haberes, sino que el dinero ahorrado se sigue capitalizando en función de la rentabilidad que obtenga la AFJP hasta que se termina el último peso.
- Retiro programado: En este caso, el afiliado le define a la AFJP un cronograma de reintegro del dinero capitalizado –a lo que se suma la PBU que paga el Estado y la proporción por los años que haya aportado al sistema de reparto–, en la cantidad de años que le parezca razonable. Cuando el dinero se termina, no tiene derecho a cobrar nada más por la AFJP. Lo mismo que en el caso del retiro fraccionado, la AFJP administra el dinero hasta la devolución del último peso. Mientras tanto, el saldo sube o baja de acuerdo a la rentabilidad o a las pérdidas que registre la compañía. En la práctica, el retiro programado es la opción que eligen personas con problemas de salud, cuya expectativa de vida es corta.
- Renta vitalicia: Es la alternativa que elige la mayoría. Garantiza un haber de por vida. En este caso, el afiliado toma todo el dinero que logró capitalizar en la AFJP durante su etapa activa y le compra una renta vitalicia a una compañía de seguros. Su relación con la AFJP termina y empieza otra con una nueva empresa. La renta vitalicia es una jubilación de por vida, con derecho a pensión para la viuda (con algunas excepciones). La forma en que se actualizan esos haberes es la que se explicó antes. Tienen un tope de 8 por ciento anual, que en esta etapa está quedando por debajo de la inflación.
Un elemento a tener en cuenta cuando se elige una renta vitalicia es que los fondos de la persona ya no se computan en una cuenta individual, sino que van a una general. La rentabilidad que obtenga la compañía de seguros –la cual determinará después que la movilidad sea más alta o más baja, con el tope de 8 por ciento– ya no es visible como en el caso de las AFJP. Eso le quita transparencia al sistema. El Gobierno no entrará en tantos detalles, pero en los próximos días lanzará una campaña para promover el traspaso al sistema de reparto.
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