ECONOMíA • SUBNOTA
La Justicia federal de Jujuy declaró ayer la inconstitucionalidad del decreto presidencial que crea el cargo tarifario sobre el servicio de gas por redes. De esta forma, la distribuidora Gasnor deberá abstenerse, por ahora, de aplicar los aumentos. La provincia del Noroeste se sumó a Santa Fe, donde la Justicia se pronunció en el mismo sentido semanas atrás. El fallo en primera instancia no está firme y puede ser apelado por el gobierno nacional, el Ministerio de Planificación o el Enargas, ante la Cámara de Apelaciones en Salta. La aplicación del Cargo Gas, que buscaba compensar el incremento en el precio del gas natural licuado importado, fue suspendida por Planificación para el bimestre julio-agosto, y aplicado a 70 por ciento para septiembre-octubre, y llegará al ciento por ciento a partir de noviembre, cuando las facturas reflejarán un menor consumo estacional. Las partes tienen entre tres a cinco días para apelar el fallo.
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