EL MUNDO › MANUEL CONTRERAS SUMO DIEZ AÑOS MAS DE CARCEL
La Corte Suprema de Chile ratificó una nueva condena contra el ex general Manuel Contreras, quien fue jefe de la policía secreta del dictador Augusto Pinochet, en el poder entre 1973 y 1990. El acusado obtuvo una sentencia de 10 años y un día de privación de libertad.
Corresponde al cierre de la investigación por el secuestro calificado (desaparición) de José Hipólito Jara Castro y Alfonso Díaz Briones, de 29 y 22 años, respectivamente, según reportó la agencia Prensa Latina. Los dos jóvenes –militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria– fueron arrestados en Santiago entre el 13 y el 16 de septiembre de 1974 por agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) que comandaba Contreras y trasladados al centro de detención y torturas José Domingo Cañas para luego ser asesinados. Y no se sabe dónde están los restos. Con la decisión del máximo órgano de Justicia, el ex represor suma ya 275 años de cárcel por su participación y responsabilidad en delitos de lesa humanidad. El tribunal chileno desestimó un recurso de casación presentado por la defensa de Contreras, imputado en 36 procesos cerrados judicialmente y único condenado en la causa.
Como precisó el diario El Mercurio, el fallo del viernes, al que arribaron los ministros de la Segunda Sala, Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemülller, Juan Escobar y el abogado integrante Luis Bates, fue unánime y desestimó aplicar la figura de la media prescripción de la acción penal para disminuir la pena al considerar que el delito de secuestro calificado es de carácter permanente. “Las averiguaciones han podido demostrar el comienzo del secuestro, pero no ha sido posible comprobar su finalización, y entonces mal puede computarse la media prescripción de la acción penal si no consta la cesación del delito, sea por haber quedado en libertad los ofendidos o por existir señales positivas y ciertas del sitio en que se encuentran sus restos y la fecha de su muerte, de haber ocurrido éste”, dice el fallo. La Corte agregó que, atendida la naturaleza de permanente del delito que ha quedado establecido, se carece de un hecho cierto para precisar el comienzo del término necesario para la prescripción, que ha de contarse desde el momento de consumación del delito. Este caso se enmarca dentro de lo sucedido durante la dictadura chilena en la que fueron asesinadas unas 5 mil personas y otras 50 mil fueron torturadas y perseguidas.
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