EL MUNDO › MéXICO
La Suprema Corte de México, en consonancia con el criterio del presidente Enrique Peña Nieto, resolvió que la separación del servicio docente por no acreditar las evaluaciones no constituye una sanción administrativa, con lo que propinó un revés jurídico a uno de los argumentos centrales de los maestros opuestos a la reforma educativa.
La Primera Sala de la Suprema Corte resolvió así el amparo presentado por 64 maestros que impugnaron la constitucionalidad de diversos artículos de la Ley General del Servicio Profesional Docente, uno de los ordenamientos reglamentarios de la reforma educativa promulgada en 2013. Los artículos en cuestión facultan a la autoridad educativa u organismos descentralizados del sector para dar por terminado el nombramiento de un maestro, particularmente cuando este no alcance un resultado suficiente tras presentarse a tres evaluaciones. Según quienes presentaron el recurso, esos preceptos invaden la esfera de competencia de la Secretaría de la Función Pública, a la que corresponde la imposición de sanciones administrativas.
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