Jue 13.03.2008

EL PAíS  › LA LISTA DE LOS VETERANOS DE MALVINAS

Represores con pensión

El Ministerio de Defensa publicó en su página web (www.mindef.gov.ar) la nómina completa de los veteranos de la guerra de Malvinas que reúnen los requisitos para cobrar una pensión de guerra. Entre los nombres figuran los de los represores Jorge “Tigre” Acosta y Adolfo Donda, entre otros. A diferencia de lo que ocurre en la ciudad de Buenos Aires, donde no pueden acceder a este beneficio los que tengan antecedentes de violaciones a los derechos humanos, a nivel nacional sólo quedan excluidos después de ser condenados.

El listado comprende a los ex combatientes del Ejército, la Armada, la Fuerza Aérea y la Gendarmería y puede consultarse en la página de Internet igual que el texto completo de la mencionada norma legal. La ley 23.848 otorga a los ex soldados una pensión de guerra equivalente al 100 por ciento de la remuneración mensual integrada por los rubros “sueldos y regas (denominación en desuso de Reintegro Gastos de Servicios)” que perciben los cabos del Ejército. El beneficio alcanza a conscriptos de las tres fuerzas armadas que hayan estado destinados en el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) o entrado efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS). También comprende a los civiles que cumplían funciones de servicio o apoyo en esos lugares durante el conflicto bélico, entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982, “debidamente certificado según lo establecido en el decreto 2634/90”.

Los legisladores de la ciudad dejaron sentada la imposibilidad de otorgarlo a represores que figuren en los listados de la Conadep, algo de lo que carece la norma nacional.

El abogado Rodolfo Yanzón pidió a los jueces de las causas del Primer Cuerpo y de Campo de Mayo que traben embargos preventivos “sobre los haberes de los imputados, así como también sobre otros eventuales pagos que se realicen a su favor, tal es el caso de las pensiones honoríficas vitalicias que se abonan según el decreto 886/2005 suscripto por el entonces presidente Néstor Kirchner a favor de los combatientes de Malvinas”. Según el decreto 886/2005, los únicos militares exceptuados de cobrar son los condenados por violación de los derechos humanos, por lo tanto los procesados están autorizados para percibir este beneficio.

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