EL PAíS › REPORTAJE A CARLOS SLEPOY SOBRE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Como lo reconoció Baltasar Garzón, fue instrumental para que avanzaran las causas contra los represores argentinos y Augusto Pinochet en España. Ahora busca una reforma judicial para que los casos de genocidio tengan jueces con dedicación exclusiva, presupuestos especiales y procesos más rápidos.
› Por Nora Veiras
El juez Baltasar Garzón dijo hace poco que los juicios contra los represores no habrían avanzado en España sin el trabajo de Carlos Slepoy. El reconocimiento del magistrado español hace justicia con la dedicación de este abogado argentino que, junto con el fiscal Carlos Castresana, ideó los caminos para conjurar la impunidad cuando en la Argentina las leyes de Punto Final, Obediencia Debida y los indultos habían impedido las condenas. Hace treinta años llegó a Madrid como el destino posible de un programa de Naciones Unidas que posibilitó la salida del país de algunos presos políticos. Su militancia por los derechos humanos desembocó en 1996 en la apertura de los procesos por genocidio contra las dictaduras argentina y chilena. Slepoy recorre el derrotero que permitió la detención de Augusto Pinochet en Londres, la condena del marino Adolfo Scilingo y el inicio del proceso a Ricardo Miguel Cavallo. Hitos de una causa sostenida en base al testimonio de los sobrevivientes y familiares víctimas del terrorismo de Estado. Una causa que contribuyó a la reapertura de los juicios en la Argentina. Slepoy propone ahora un ordenamiento jurídico que permita acelerar los juicios y aprovechar la experiencia acumulada para avanzar contra el menemismo y sus secuaces por la entrega del país.
–Usted plantea un reordenamiento jurídico que permita acelerar los procesos y evitar la reiteración de los testimonios de las víctimas.
–En la medida en que no existe un impulso desde el Poder Legislativo o desde el Ejecutivo como para hacer una ordenación general, esto hace que las causas estén diseminadas en múltiples juzgados que no tienen como tarea específica juzgar esto, que depende de la mayor o menor voluntad y de los fiscales para hacer estas causas. A pesar de esto, las causas siguen avanzando con el esfuerzo enorme de los sobrevivientes, de los familiares, de todos los que aportan a estas causas. Si esto se hiciera estaríamos en el principio de un cambio radical. Naturalmente tendrían que establecerse jueces que quieran juzgar estos crímenes. La estructura judicial no tiene que ser la de Nuremberg, tendría que asemejarse más a los tribunales de Yugoslavia y de Ruanda, que establecen distintas salas para juzgar los crímenes cometidos en esos países. Con una estructura acorde a lo que fue el plan criminal de la dictadura, ¿cuál es el obstáculo para que sea una ley del Congreso, que no haga reformas parciales sino que dicte una ley específica, planteando que el genocidio es el crimen de los crímenes y por tanto requiere un tratamiento judicial específico? Cuando decimos que la dictadura tuvo que contar necesariamente con la complicidad o colaboración activa de los gerentes de las fábricas, de los rectores de las universidades y de los colegios secundarios para señalar a quiénes iban a ser objeto del secuestro o de la muerte, estamos diciendo que hay muchos responsables que no están rindiendo cuentas de todo esto y que concentrados los juicios, con jueces dedicados, sería más fácil avanzar.
–¿Cómo define el genocidio?
–El genocidio consiste precisamente en la determinación del represor de la eliminación o destrucción total o parcial de grupos humanos enteros dentro de la sociedad. Esto es lo que hizo la dictadura en forma planificada, sistemática y científica. La dictadura seleccionó a los distintos grupos políticos, sociales, gremiales, culturales que había que destruir y se dedicó a exterminarlos. Como concepto jurídico, lo que diferencia al genocidio de cualquier otro crimen es que el sujeto pasivo de la acción criminal es el individuo porque es al que se lo secuestra, se lo tortura o se lo hace desaparecer, pero el sujeto pasivo del delito es el grupo al que el individuo se integra. El individuo es exterminado, es eliminado para destruir el grupo del que forma parte y esto es lo que hizo la dictadura, a diferencia de otras dictaduras anteriores.
–Esto supondría una modificación del Código Penal. Muchas veces, los jueces han dicho que el delito de genocidio no está tipificado...
–Con todo respeto, pero a mi entender es aberrante que se diga esto, porque es un crimen de derecho internacional perfectamente admitido y que está perseguido por todos los tribunales del mundo, cuanto más por los tribunales del país donde se cometen. Además, Argentina tiene suscripta y ratificada en 1956 la Convención Internacional contra el Genocidio. Hace más de 50 años que no incorpora la figura del genocidio a la legislación interna pero esto no es obstáculo alguno; de lo que se trata es de aplicar como aplicó el tribunal que preside Rosansky condenando a las personas por los crímenes que cometieron. Es decir, se las condena por tantos asesinatos, por tantos secuestros, torturas, se establece la pena y se aplican esas penas, pero se dice que esto fue parte de un genocidio. Por otra parte, no hay ninguna figura en el Código Penal ni en ninguna ley penal que establezca la figura de crímenes contra la humanidad y sin embargo está admitido, lo fueron. Fue el modo de hacer imprescriptibles estos crímenes. Por tanto es una prevención que no tiene ningún asidero.
–¿Cómo se aplicaría ese ordenamiento?
–Significaría, por ejemplo, que el juez Sergio Torres, que lleva la causa de la ESMA, fuera liberado de cualquier otra preocupación. Jueces específicamente designados. Esto se hace naturalmente cuando se quieren juzgar crímenes colectivos, se abren causas especiales a las que se dedican jueces especialmente designados para llevarlas adelante. Un juez no puede ser neutral frente al delito, tiene que ser beligerante frente al delito, sí imparcial frente al delincuente. El juez Daniel Rafecas está llevando la causa nada más y nada menos que del Primer Cuerpo de Ejército y a la vez tiene cantidad de otras causas. Lo mismo pasa con los Tribunales orales. La pregunta es: siendo tan importantes de juzgar estos crímenes, por qué no son liberados, dotándolos naturalmente de los medios presupuestarios. Esto aparte de que va a ser mucho más eficaz y que va a servir para que los testigos declaren en una sola causa y que no se produzcan esas aberraciones como que una causa colectiva es juzgado uno, después es juzgado otro, va a hacer que el testimonio de un testigo sirva para todas las causas relativas a un centro clandestino, o a un circuito represivo o a un área o subárea. Se terminaría con esta situación un poco espasmódica y caótica que están viviendo los juicios.
–Usted habla de la necesidad de avanzar sobre los responsables civiles, los mandantes de la dictadura.
–Acá hay un consenso general de que la dictadura no fue más que el brazo ejecutor de una política criminal. Hubo una sentencia muy conocida del juez Ballestero por el caso Alejandro Olmos. Se llega a la conclusión de que toda la deuda externa contraída durante la dictadura es una deuda fraudulenta, que consistió en avales públicos para la estatización de la deuda privada, que todo ha sido fraudulento, que no se puede justificar por qué se tomaron determinados préstamos. Sin embargo no se puede juzgar a estos responsables entre los cuales están muchos de los que formaron parte del equipo económico de Martínez de Hoz, aparte de Martínez de Hoz mismo, porque está prescripta la acción. Esto es una auténtica aberración, porque si responsable es Videla de crímenes contra la humanidad, cuánto más son responsables sus mandantes, quienes pergeñaron el plan criminal como modo de llevar adelante las políticas económicas y sociales. De lo que se trataría simplemente es de plantear que esa aparente cosa juzgada que ha tenido por objeto dejar en la impunidad a quienes son también responsables de estos crímenes podría ser revisada.
–Hace pocas semanas fue extraditado desde España el marino Ricardo Miguel Cavallo, ustedes se opusieron. ¿Por qué y cómo ve la evolución del caso?
–Hemos interpuesto un recurso ante el Tribunal Supremo. A no-sotros nos parecía absurdo que Cavallo fuera extraditado a la Argentina cuando todo estaba preparado para juzgarlo teniendo en cuenta que acá entra en el furgón de cola de una serie de represores y tardará varios años en ser juzgado. Incluso me parece que desde algunos organismos de derechos humanos que salieron a opinar que Cavallo debía ser enviado a Argentina desmerecían su propia lucha porque el juicio en España, como los juicios en distintos lugares de Europa, son un producto de la lucha de la sociedad argentina, de los organismos de derechos humanos, no son juicios ajenos. Hay que tener en cuenta que el juez Torres, cuando solicita a Cavallo, deja sentado que lo entiende como una entrega temporal, sin perjuicio, ad referendum de lo que vaya a resolver el Tribunal Supremo en su momento. Por tanto no es una causa terminada la de Cavallo.
–También está pendiente desde el 2003 el pedido de excarcelación de Garzón por los 48 represores argentinos...
–El fiscal Eduardo Taiano me informó que se está en una etapa de solicitud de informes sobre la situación procesal de cada uno. Me parece que sería procedente que se ordenara la detención de todos, acusados de crímenes contra la humanidad, algunos ya están presos y por tanto sumarían una orden de detención a una situación procesal que no modificaría, y otros que en este momento no están siendo objeto de procesamiento serían detenidos, entre otros el coronel retirado Héctor Mario Schwab.
–¿Por qué cuestionan la decisión de España de no extraditar a la ex presidenta María Estela Martínez de Perón?
–El tribunal comete esta barbaridad de otorgar la extradición de Almirón y sin embargo decir que para ella que, además, era la presidenta, por tanto la máxima responsable de lo que ocurrió durante su gobierno y específicamente con López Rega, no procede la extradición, esto es insostenible. Esto ha sido recurrido por el fiscal que es Rovira, es decir, el mismo que se opuso acerbamente a todo el proceso judicial que llevó adelante Garzón. Si no procedió la extradición fue en grandísima medida porque el gobierno argentino no mandó un abogado que defendiera la causa de la extradición que, en general, es lo que hacen los gobiernos que apoyan a sus tribunales y a sus jueces.
–¿Qué otros temas considera pendientes?
–A mí me parece muy bien que se lo juzgue a Menem por las armas, pero quién lo va a juzgar por haber destruido la industria nacional, las empresas públicas, por haber hecho una política que sumió a este país en una situación de exclusión social, de marginación. Creo que otra cuenta pendiente es juzgar los crímenes del menemismo como tales. Se han producido tantos avances en la conciencia jurídica a nivel internacional que creo que sin dificultad se lo podría acusar por crímenes contra la humanidad. El Pacto Internacional de Delitos Sociales, Políticos y Culturales habla de las riquezas naturales como un patrimonio inalienable de los pueblos y ese patrimonio fue liquidado por el menemismo.
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