Lun 24.11.2008

EL PAíS  › OPINIóN

Sindicalismo y lugar de trabajo

› Por Paula Abal Medina *

“El monopolio cuestionado en la presente causa atañe nada menos que a la elección de los delegados del personal, esto es, de los representantes que guardan con los intereses de sus representados, los trabajadores, el vínculo más estrecho y directo, puesto que ejercerán su representación en los lugares de labor, o en la sede de la empresa o del establecimiento al que estén afectados. La restricción excede, y con holgura, el acotado marco que podría justificar la dispensa de una facultad exclusiva a los gremios más representativos”, afirma con claridad el fragmento más significativo del fallo de la Corte Suprema que declara la inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley de Asociaciones Sindicales.

Es el lugar de trabajo, en tanto espacio de encuentro cotidiano, el que brinda oportunidades para que la práctica sindical rutinizada devenga lucha por mejorar las condiciones de vida de los trabajadores y, parafraseando a Sartre, para organizar su unidad activa. En este sentido, “delegado sindical” y “comisión interna” expresan la institucionalidad colectiva menos sedimentada del sindicalismo.

En la historia argentina la militancia laboral a nivel de establecimientos encarnó de manera privilegiada aquel potencial. Tal como es analizado y documentado por Daniel James, desde 1946 y durante los largos años de la resistencia “el símbolo del nuevo equilibrio de fuerzas en las fábricas y la resistencia de los empleadores a modificarla fue la comisión interna”.

La organización laboral a nivel de establecimientos no sólo fortaleció de manera indiscutible al actor sindical para resistir las asimetrías de la relación capital-trabajo, sino que además se constituyó en un “antídoto” eficaz contra las tendencias verticales y burocratizantes que amenazan con vaciar de significado al sindicalismo.

No es producto de la casualidad histórica la coincidencia entre mayor capacidad de puja distributiva, altos niveles de organización de los lugares de trabajo, y la intensificación de los enfrentamientos intrasindicales entre comisiones internas y cúpulas. Más bien lo contrario, finales de los sesenta y principios de los setenta contienen algunas de las experiencias más dignificantes del sindicalismo nacional. En esos años la práctica sindical ejercitaba simultáneamente dos formas de lucha: una se dirigía hacia el empresariado, la otra hacia las cúpulas sindicales burocratizadas. Los repertorios de acción incluían, por ejemplo, tomas de fábrica a la vez que tomas de “locales sindicales” exigiendo y reclamando dinámicas decisionales impulsadas desde los lugares de trabajo organizados.

Lamentablemente, durante aquellos años también la “unidad” aparecía confundida con el “macartismo” y una ideología de exclusión, como cuando concluido el proceso eleccionario en julio de 1972, el secretario general reelecto de la Confederación General del Trabajo declaraba: “El justicialismo se proyectó sobre las masas, infundiendo fe y esperanzas, vida, calor y movimiento, a esos contingentes estacionados en los campos de concentración de nuestras izquierdas, alejándolos de esta manera de los confines del mundo comunista (...) el justicialismo ha sido el antídoto por excelencia de la penetración de ideas extranjerizantes (...) Afirmamos que las entidades obreras y los cuerpos orgánicos peronistas constituyen hoy la columna vertebral providencial de la seguridad ideológica” (declaraciones de la CGT dirigidas “Al Pueblo de la República, a las Fuerzas Armadas del Ejército, Marina y Aeronáutica”).

Pocos años más tarde, el 25 de marzo de 1976, la dictadura genocida comunicaba que “todas las fuentes de producción y lugares de trabajo, estatales y privadas, serán considerados objetivos de interés militar”. Los miles de desaparecidos trabajadores y delegados y militantes sindicales de establecimientos son la dramática consecuencia de aquel “interés militar”.

Cifras oficiales dadas a conocer por la actual gestión del Ministerio de Trabajo muestran que hoy el sindicalismo, con monopolio absoluto de la representación sindical, es el gran ausente de los lugares de trabajo: casi el 85 por ciento de las empresas no poseen delegados sindicales, es decir, no ejercen la representación de sus trabajadores en los establecimientos. Un análisis superficial sobre los cambios introducidos en las normas estatutarias (las que rigen la “vida interna” de los sindicatos) podría mostrar la tendencia casi infalible de restringir la organización y las competencias de decisión de los delegados sindicales a la par que, en sentido inverso, aumentan las de las comisiones directivas de los sindicatos (en criollo, crecimiento de cúpulas). Por citar un solo ejemplo, la modificación de los estatutos del Sindicato de Comercio de Capital: se elimina la figura de “asamblea de delegados” y sus prerrogativas deliberativas y resolutivas y crece de manera exponencial la cantidad de integrantes de la comisión directiva, la duración de sus mandatos y, además, sus competencias, incluidas las de intervención en las decisiones de los cuerpos de delegados. A las sucesivas y silenciosas reformas de estatutos de los sindicatos podríamos agregar un análisis detallado, sólo cuestiones de espacio lo impiden, de sus prácticas cotidianas confirmando y acentuando la dirección de esas reformas normativas.

El sindicalismo se debate desde sus orígenes entre reproducirse como grupo de interés o devenir en herramienta para la transformación de las condiciones de vida de los trabajadores, dilemática que se plasmó con claridad y casi con idéntica terminología en años de virulenta discusión en torno del significado del sindicalismo en un célebre debate entre dos dirigentes locales de muy diversa tradición sindical.

La expresión de las diferencias y conflictos ideológicos, la politización de la vida sindical, el fortalecimiento de su organización allí donde las condiciones de trabajo se viven y padecen son el contenido de una unidad forjada para el cambio social. La única unidad a la que vale la pena aspirar. El fallo de la Corte Suprema es un aporte a la construcción colectiva de un sindicalismo capaz de proyectar y hacer un porvenir con justicia social.

* Socióloga (UBA-Conicet).

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