Dom 30.08.2009

EL PAíS  › LA JUSTICIA URUGUAYA CONCEDIÓ LA EXTRADICIÓN DE SEIS REPRESORES A LA ARGENTINA

Sin fronteras para el Cóndor

Están acusados por crímenes cometidos en el marco del Plan Cóndor en el centro Automotores Orletti. La medida se concretaría cuando terminen de cumplir su pena en Uruguay o si por algún motivo fueran liberados en ese país.

Un juez de primera instancia de Uruguay concedió la extradición a la Argentina de cinco militares y un policía retirados, acusados de haber cometido secuestros y torturas en el centro clandestino Automotores Orletti en 1976, cuando ambos países vivían bajo gobiernos de facto. La medida implica reconocer la jurisdicción universal para juzgar delitos de lesa humanidad, aunque no tendrá efectos inmediatos por dos razones: puede ser apelada ante instancias superiores y los imputados están también procesados o condenados en Uruguay, por lo que recién podrían cruzar el Río de la Plata cuando cumplan su pena.

La extradición la firmó el miércoles el juez penal Daniel Tapie e incluye a los militares José “Nino” Gavazzo, Jorge “Pajarito” Silveira, José Arab, Gilberto Vázquez y Ernesto Ramas, y al policía Ricardo “Conejo” Medina. El pedido lo había formulado el juez federal Daniel Rafecas, quien consideró que Automotores Orletti funcionó como centro clandestino de detención subordinado al Ejército y que actuó “en forma conjunta” con militares uruguayos del Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA) y del Servicio de Inteligencia de Defensa (SID).

Rafecas imputó a los uruguayos por 65 privaciones ilegales de la libertad y tormentos, más los homicidios agravados de Gustavo y Ricardo Alberto Gaya, Ana María del Carmen Pérez, Dardo Albeano Zelarrayán y Marcelo Ariel Gelman, hijo del poeta Juan Gelman. Justamente la primera extradición confirmada por la Suprema Corte de Justicia uruguaya, en noviembre de 2008, fue por el secuestro y asesinato de la nuera de Gelman, María Claudia García Irureta Goyena, trasladada clandestinamente a Uruguay, donde dio a luz y fue asesinada. El caso que confirmó la Corte abarcaba a cuatro de los seis represores que Tapie autorizó a extraditar.

El magistrado uruguayo consideró que “no corresponde” ingresar en “el tratamiento o valoración de la prueba que motivare la iniciación de un proceso penal en el Estado requirente”, porque ello “excedería y violentaría” la naturaleza jurídica del proceso de extradición. Destacó que entre el 27 de junio de 1973 y el 1º de marzo de 1985 “nuestro país vivió un régimen de excepción, consolidando una dictadura cívico-militar”, durante el cual “se suspendieron las garantías individuales, no imperaban ni el derecho ni la ley”.

“La realidad no era diferente en la Argentina”, apuntó, y citó la descripción pormenorizada de los crímenes atribuidos a los uruguayos y el contexto de la época evocados por Rafecas. Orletti funcionó en un taller mecánico del barrio de Floresta bajo el mando del entonces jefe de la SIDE, general Otto Paladino, y se estima que por allí pasaron más de trescientos secuestrados argentinos, uruguayos, bolivianos y cubanos.

El juez Tapie destacó que el pedido de su par argentino fue concebido bajo el imperativo de normativas internacionales, por lo que más allá de “planteos doctrinarios o jurisprudenciales, existe un dato extraído de la realidad que no puede soslayarse, y es el interés claramente decidido y contundente que demuestra la comunidad internacional en no tolerar el no castigo o la impunidad de los agentes de crímenes contra la humanidad”.

En noviembre de 2008 Rafecas elevó a juicio la primera parte de la causa Orletti, el mayor símbolo argentino de la coordinación represiva del Cono Sur. Incluyó a seis imputados: el comodoro Néstor Horacio Guillamondegui, el coronel Rubén Visuara, el general Eduardo Rodoflo Cabanillas (jefe de operaciones tácticas de la SIDE) y los agentes civiles Raúl Guglielminetti, alias “Mayor Guastavino”, Eduardo Ruffo, alias “Zapato” y Honorio Martínez Ruiz, alias “Pájaro”. Por sorteo la causa recayó en el Tribunal Oral Federal N° 2. Como “Plan Cóndor”, radicada en el TOF-1, tenía victimarios y víctimas comunes con Orletti, se planteó un conflicto de competencias. Para evitar que los mismos testigos tuvieran que declarar en ambos procesos y los imputados fueran juzgados dos veces por el mismo delito, el 30 de julio último la Sala IV de la Cámara Nacional de Casación resolvió unificar las investigaciones elevadas a juicio y encomendarlas al TOF-1, que aún no fijó fecha para el comienzo de las audiencias.

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