EL PAíS › EL GOBIERNO PORTEñO NO PODRá ENTROMETERSE EN LA INTIMIDAD DE SUS TRABAJADORES
El fallo de un juez porteño ordenó suspender la resolución 45 de la Subsecretaría de Recursos Humanos, que obligaba a los empleados a informar si tenían otros empleos. El gremio ATE había presentado un amparo temiendo una ola de despidos.
› Por Gustavo Veiga
Con un fallo categórico, el juez del fuero Contencioso Administrativo y Tributario porteño, Fernando Juan Lima, suspendió los alcances de la resolución 45 que había dictado el gobierno de Mauricio Macri con el objeto de exigirles a los empleados de la ciudad que completaran una declaración jurada para informar si tenían otro trabajo en relación de dependencia o autónomo, remunerado o gratuito. “La adopción de una medida como la atacada aparece ora como impropia ora como superflua”, dice el fallo sobre un recurso de amparo que presentó el sindicato ATE y agrega: “... lo que aparece en principio como impertinente es que dicha resolución sea adoptada por el subsecretario de Gestión de Recursos Humanos”.
El gremio había señalado en su denuncia judicial que “la voluntad administrativa de violar el derecho a la intimidad de los trabajadores persigue fines de control y eventualmente de reducción presupuestaria...” Esto último es lo que sospechan en la seccional Capital Federal de la Asociación Trabajadores del Estado, donde calculan que, a partir de diciembre, podrían quedar en la calle entre 4 y 5 mil contratados (ver aparte).
El conflicto nació cuando el 13 de agosto, el subsecretario de Gestión de Recursos Humanos, Alejandro Speroni, firmó la polémica resolución 45 que en siete artículos pretendía conocer si los trabajadores de la ciudad “poseen otro empleo en relación de dependencia o autónomo, de carácter remunerado o gratuito, en cualquier dependencia pública o privada, así como el horario de dicha prestación”. Este, el artículo 1º, se completaba con el propósito de que la información tuviera rango de declaración jurada. Para ello se agregaba un formulario que el personal debía responder con datos como su CUIT o CUIL, el cargo o función dentro de la administración porteña, los nombres de otros empleadores, sus domicilios y los horarios de trabajo, incluso con precisión de días y horas.
La Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos porteña exigía como fecha tope para la presentación de la declaración porteña el 10 de septiembre, aunque el fallo de Juan Lima la suspendió el día anterior. En su artículo 6º, Speroni determinaba que “el falseamiento de la declaración jurada o su falta de presentación en tiempo y forma constituirá falta grave”.
ATE, en su amparo, denuncia que “por ello, en momento alguno puede hablarse de ‘consentimiento expreso’ por parte de los trabajadores declarantes, si la normativa atacada no les da opción. Es decir, ‘o brinda la información’ o ‘queda cesante’”. Una falta grave en los términos de la Ley 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública porteña para el sindicato “significa por lo menos una cesantía, si no una exoneración, conforme lo disponen los artículos 47 y 48” de aquella norma.
La resolución 45 fue resistida mientras estuvo vigente tanto por los afiliados de ATE como del Sutecba. La mayoría de los trabajadores no la completó a instancias de sus delegados, que pasaron por cada sector llamando a boicotearla. En el primer caso, el gremio que conduce Rodolfo Arrechea en el orden local sugirió responder un solo ítem de la declaración jurada, el referido al trabajo en el gobierno de la ciudad y dejar vacíos los que demandaban información sobre otros empleos.
Asimismo, antes de presentar la medida cautelar en el Juzgado Nº 12 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, el 28 de agosto ATE les había enviado notas contra la resolución al jefe de Gobierno y a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos donde se desempeña Speroni que nunca fueron respondidas.
El caso también fue denunciado por el sindicato ante la Defensoría del Pueblo porteña. Invocó derechos constitucionales cuando el miércoles 2 de este mes calificó a la resolución 45 como “un avasallamiento de la intimidad de los trabajadores (artículo 19 de la CN) y, en consecuencia, un acto nulo de nulidad absoluta”. En otro párrafo del texto elevado a la defensora del Pueblo, Alicia Pierini, para que se expida con carácter urgente, se adujo que “no existe razonabilidad de los medios dispuestos por la resolución Nº 45/Subrh/2009 con la supuesta finalidad mencionada (mejora de organización administrativa) tornando dicha medida en arbitraria, inconstitucional y una violación del derecho personalísimo a la intimidad (artículo 28 de la CN)”.
El fallo del juez Juan Lima se adelantó un día al vencimiento que había impuesto el gobierno porteño para completar la declaración jurada. La sentencia dice que se resolvió “disponer la suspensión de los efectos de la Resolución Nº 45/Gcaba/Subrh/09 hasta tanto recaiga decisión definitiva y firme en la presente acción”.
En sus consideraciones, el magistrado señala que “ya en una primera lectura llama la atención que una medida como la reseñada sea dispuesta por un funcionario del rango de quien la dictó. Es que, en el artículo 6º de dicha resolución llega incluso a preverse que la falta de presentación de la aludida declaración jurada constituirá ‘falta grave’. Así, lo que parece verificarse en el caso es el establecimiento de una regulación que podría afectar derechos de tan alta valía como los contemplados en los artículos 18 y 19 de la Constitución nacional (en particular y especialmente lo que tiene que ver con la privacidad e intimidad), ya no por ley en sentido formal (sabido es que todos los derechos son susceptibles de una reglamentación razonable) sino a través de la actividad de la Administración”.
Según las estimaciones que hacen en ATE, habría alrededor de 110 mil trabajadores prestando servicios en la ciudad. El gobierno nunca difundió las cifras finales del censo que se le realizó al personal, anunciado en marzo de 2008. Sólo filtró datos aislados a través de la prensa para divulgar que se habían detectado serias irregularidades como la contratación de ñoquis y que varios muertos y hasta un preso figuraban en los registros oficiales. En ATE calculan que, de esa cifra, habría entre 16 y 18 mil contratos transitorios que vencen en diciembre. De ahí su inquietud sobre eventuales despidos que podrían decidirse a partir de esa fecha entre el personal precarizado. Algo que ya sucedió con 2400 trabajadores a los pocos días de que Macri asumiera su cargo como jefe de Gobierno.
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