EL PAíS › LA CAMARA RECHAZO EL CAMBIO DE LA COMISION BICAMERAL DE REVISION DE DNU
La Cámara rechazó la apelación del vicepresidente y confirmó la restitución de la senadora kirchnerista Beatriz Rojkes de Alperovich en la Comisión Bicameral. Cobos había avalado el cambio que había dejado al bloque K 3 a 5, en lugar de 4 a 4.
› Por Irina Hauser
La Cámara en lo Contencioso Administrativo rechazó un planteo promovido por el vicepresidente Julio Cobos y confirmó la restitución de la senadora kirchnerista Beatriz Rojkes de Alperovich en la Comisión Bicameral permanente que revisa los decretos de necesidad y urgencia. El fallo, que anticipó Página/12, dice que la tucumana tenía un “derecho adquirido” porque la integración de la comisión había sido aprobada en diciembre, pero fue modificada en marzo para que quedara con mayoría opositora. Los miembros de ese cuerpo, recordaron los jueces, deben durar hasta la siguiente renovación de cada cámara legislativa.
La Comisión Bicameral en cuestión adquirió protagonismo por ser la que podía dictaminar sobre los DNU que dispusieron el uso de reservas para el pago de la deuda. Su composición había sido aprobada a mediados de diciembre: cuatro senadores opositores y cuatro del oficialismo más ocho diputados repartidos en igual proporción. Pero en marzo, en la misma sesión en la que el antikirchnerismo se quedó –gracias al apoyo de Carlos Menem– con el control de la mayoría de las comisiones del Senado, aprovechó también y modificó la bicameral de Trámite Legislativo para agenciarse una mayoría de nueve sobre siete. Así fue como Rojkes de Alperovich terminó expulsada y su lugar, entregado a Luis Juez, que lo exigía para cerrar un acuerdo político.
“La senadora Rojkes de Alperovich tenía un derecho adquirido a participar y votar en la comisión por el tiempo fijado en la ley”, por lo tanto es legítimo que “reclame su permanencia en el cargo”, dice la resolución que firmaron los camaristas Jorge Argento, Jorge Morán y Pablo Gallegos Fedriani. Su nombramiento en la comisión que revisa los DNU, recuerdan los jueces, había sido propuesto por el titular del bloque del Frente para la Victoria, Miguel Pichetto, y su designación fue firmada por Cobos, como titular del Senado, en un decreto parlamentario.
En su primera reunión, el 30 de diciembre, la bicameral se consideró “legalmente constituida”, según surge de la “versión taquigráfica”, fundamenta el fallo. También recuerda que la ley de DNU prevé que los miembros duren hasta la próxima renovación de cada cámara. Por eso, dicen los camaristas, la “exclusión” de la senadora sería “un modo ilegítimo de impedirle el cumplimiento de obligaciones constitucionales inherentes a sus deberes legislativos”.
La decisión del tribunal no tendrá, a esta altura, consecuencias prácticas en el tratamiento del DNU que creó el Fondo del Desendeudamiento, pero implica una derrota para Cobos y la oposición. Ratifica, eso sí, que la senadora tucumana debe recuperar su lugar en la bicameral al dejar firme una medida cautelar del juez Enrique Lavié Pico, para quien la reformulación de la comisión se hizo “de manera irregular”.
Si bien el titular del Senado firmó un decreto interno para restituir a Rojkes de Alperovich como forma de acatar el fallo de primera instancia, anteayer Gerardo Morales (UCR) puso el tema a consideración en la sesión del Senado. Los radicales especulaban con que, si se votaba la re-designación, la Cámara en lo Contencioso declararía abstracto el caso y se ahorrarían un titular adverso en los diarios. Pero ni el PJ disidente ni el oficialismo quisieron tratarlo: los primeros, porque creen que la Justicia no tiene nada que hacer en el tema, los segundos porque preferían esperar a anotarse un poroto en tribunales.
Cobos difundió un comunicado donde anuncia que “el Senado no apelará la medida cautelar” ante la Corte Suprema y que ya hizo lo que debía para cumplir con la disposición judicial a favor de Rojkes de Alperovich. Aun así, añadió, el juicio donde se debate la cuestión de fondo continúa y allí seguirá sosteniendo que el Senado es soberano de sus decisiones. “No hay resolución firme todavía –advirtió–, cuando ello ocurra se mantendrá la no judiciabilidad de la cuestión como uno de los principales argumentos en defensa del principio republicano de gobierno.” En ese caso, entonces, no descarta llegar hasta la máxima instancia judicial.
Cuando apeló la medida cautelar dictada por Lavié Pico, Cobos argumentó que la Justicia no puede opinar un asunto que fue debatido y decidido en la Cámara de Senadores en ejercicio de sus facultades “excluyentes”, como la constitución de sus comisiones. Es un tema “no justiciable” y la senadora carece de legitimación para reclamar en tribunales, consideró. También alegó que cuando se constituyó en diciembre último la bicameral de Trámite Legislativo, se dejó establecido que tras el debate sobre las otras comisiones se podría cambiar algún integrante. Y sostuvo que, tras su desplazamiento Rojkes de Alperovich no había agotado su reclamo por la vía parlamentaria interna.
La Cámara refutó a Cobos y señaló que la Justicia puede ejercer un control sobre los actos del Congreso cuando están en juego posibles violaciones a la Constitución o a las leyes y reglamentos dictados por o para el Parlamento, que lesionen derechos individuales. Además, dicen los camaristas, siempre debe quedar la posibilidad de que los tribunales intervengan en este tipo de conflictos para evitar “zonas de impunidad” que dejen al Poder Legislativo en el papel de juez y parte. Según el fallo, existen fuertes indicios de que hubo una violación a los derechos de Rojkes de Alperovich, más allá de que esto se usara para darles la mayoría a los legisladores “anti K” en la bicameral. Por lo tanto, y de ahí la urgencia de la medida cautelar, no se la puede privar de participar en sus votaciones porque implicaría un daño que ninguna sentencia futura podrá remendar.
Más allá de que quede pendiente un fallo sobre la cuestión de fondo, todo el mundo sabe que puede demorar años y que todo se trata de una pelea de poder en un momento de mayorías parlamentarias muy reñidas.
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