Dom 26.09.2010

EL PAíS  › EL GOBIERNO DE MACRI DEROGO EL DECRETO PARA TRANSPARENTAR LA DESIGNACION DE JUECES

La calidad institucional no es PRO

A contramano del espíritu del decreto 222 con que el Ejecutivo nacional renovó la Corte Suprema y que fue replicado en la Ciudad, el macrismo decidió eliminar los requisitos de control ciudadano y transparencia para nombrar a sus supremos.

› Por Werner Pertot

El gobierno de Mauricio Macri derogó un decreto que establecía la publicidad y la transparencia en la designación de los jueces del Tribunal Superior de Justicia (TSJ). Se trataba de una norma de 2003, que abría a la participación ciudadana el nombramiento de jueces del equivalente a la Corte Suprema en la ciudad. Seguía el espíritu del decreto 222 del gobierno nacional, con el que el Ejecutivo se autolimitó para la selección de los candidatos que renovaron la Corte. En el texto de la derogación, se hace referencia al caso de Daniela Bruna Ugolini, a quien el líder de PRO no consiguió imponer en el TSJ por sus antecedentes de fallar siempre a favor del oficialismo y en contra de derechos sociales. Distintas ONG cuestionaron la decisión y denunciaron que implica un retroceso en las políticas públicas de calidad institucional.

La medida llega luego de que el jefe de Gobierno tuviera que de-sistir de candidatear a Ugolini, ya que no consiguió los votos en la Legislatura. Macri piensa proponer en su lugar al TSJ al jurista Martín Böhmer. La derogación es del 8 de septiembre, pero recién se publicó el viernes pasado. No la firmó Macri –que estaba de viaje– sino el vicepresidente primero de la Legislatura, Oscar Moscariello, quien detenta el cargo en ausencia del jefe de Gobierno a raíz de la renuncia de Gabriela Michetti. Refrendaron la medida el jefe de Gabinete, Horacio Rodríguez Larreta, y el ministro de Justicia, Guillermo Montenegro.

En los fundamentos de la derogación, sostuvieron que bastaba con la audiencia pública que se hace en la Legislatura y, como único argumento, afirmaron que “entre los fundamentos al dictar el decreto 1620 se invocó la finalidad de contribuir al mejoramiento del servicio de la Justicia, al fortalecimiento del sistema republicano y al incremento de la calidad institucional. La herramienta en cuestión no ha resultado útil para el cumplimiento de dichos fines, habiendo además llevado –en virtud de la particular interpretación de algunos jueces– a un conflicto de poderes”. El decreto se refiere a los cinco fallos en contra que recibió el procedimiento para designar a Ugolini por distintas irregularidades en la publicidad de los antecedentes y en la manipulación de los plazos. El TSJ barrió con todas esas medidas cautelares, secuestró los expedientes –en los que muchos consideran el primer per saltum porteño– y terminó fallando a favor de Macri. Los jueces de primera instancia consideraron esa medida “un intento de disciplinar a la Justicia”.

La gestión PRO utilizó ahora ese fallo del TSJ como antecedente para derogar la norma que fijaba criterios de transparencia para la designación de los jueces del Tribunal Superior: el decreto derogado exigía la publicidad de los antecedentes del candidato en dos diarios nacionales, su currículum y su “compromiso con los valores democráticos y con los derechos humanos”, una declaración jurada de bienes y de estudios jurídicos y clientes que tuvo en los últimos ocho años. También implicaba que el gobierno porteño debía averiguar si el candidato tenía deudas impositivas y daba un plazo para observaciones. Todo esto fue derogado.

Algunas ONG están consensuando un documento conjunto en repudio. “Es una decisión que sorprende y preocupa mucho, porque tiene que ver con una regresión de lo que habían sido los nuevos estándares para los procesos de selección de jueces de los superiores tribunales. Ese proceso surge con el decreto 222 a nivel nacional y marcó fuertemente el proceso de renovación de la Corte Suprema. Formaba parte de cierto consenso básico”, recordó Paula Litvachky, directora del programa de Justicia Democrática del CELS.

“Para Macri, el decreto que establecía un procedimiento de consulta para la designación de miembros del TSJ no cumplió con sus fines. El caso

Ugolini es la prueba de que el procedimiento es eficaz: evitó el nombramiento de una candidata que no reunía los requisitos y no generaba los consensos necesarios. Hay que ver qué entiende Macri por sistema republicano”, advirtió Renzo Lavin, coordinador del programa de Fortalecimiento de las Instituciones Democráticas de la ACIJ.

“Estamos sumamente preocupados por la medida que tomaron, porque creemos que no existen fundamentos serios de ninguna índole que avalen semejante decisión. Nos parece un retroceso lamentable”, estimó Alvaro Herrero, director ejecutivo de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC). “El fallo del TSJ de ninguna forma sugiere que el proceso de designación público, participativo y transparente que está derogando Macri fuera a generar conflicto de poderes”, advirtió Herrero, que es, además, doctor en Derecho en Oxford. También planteó que la audiencia pública de la Legislatura no tiene los mismos estándares que fijaba el decreto y que ambos se complementaban, como lo indicaba el propio decreto. Herrero señaló a Página/12 que van ahora “a proponer que la Legislatura sancione este procedimiento por ley”.

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