Jue 07.02.2002

EL PAíS  › FALLOS CONTRA EL DECRETO QUE PARALIZA LOS JUICIOS

Ríndete, estás acorralado

La Justicia no acata el decreto que ordenó frenar por 180 días todas las acciones legales contra el corralito. Hay sentencias declarándolo inconstitucional. Y denuncias contra el propio Duhalde.

› Por Victoria Ginzberg

El intento del Gobierno de paralizar los juicios contra el corralito no está dando resultado. A pesar del decreto que suspendía todos los procesos contra las restricciones bancarias, las causas siguen adelante. Varios jueces, además, declararon inconstitucional el artículo del decreto de “reordenamiento del sistema financiero” que impedía la continuación de los expedientes. Y los fiscales federales Jorge Alvarez Berlanda y Gerardo Pollicita impulsaron una denuncia contra el presidente Eduardo Duhalde y su Gabinete por “traición a la patria, abuso y resistencia de la autoridad y violación de los deberes de funcionario público” por haber dictado esa norma.
Los fiscales pidieron al juez que se libren oficios al Ministerio de Economía, al Banco Central y a la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia para que se remitan “los antecedentes que dieron origen al dictado del decreto 214/02” e “informen si se libró alguna comunicación oficial para que se haga efectivo lo dispuesto por el artículo 12 de decreto”.
Ese apartado, que se escribió como respuesta al fallo de la Corte Suprema que declaró la inconstitucionalidad del corralito, estableció que se suspendía “por el plazo de ciento ochenta días la tramitación de todos los procesos judiciales y medidas cautelares y ejecutorias en los que se demande o accione en razón de los créditos, deudas, obligaciones, depósitos o reprogramaciones financieras que pudieran considerarse afectados por las disposiciones” que inmovilizaron y pesificaron los depósitos.
El abogado Eduardo Barcesat inició la causa que fue impulsada por los fiscales ayer por considerar que esa norma constituía “un alzamiento contra un pronunciamiento de la Corte Suprema, generando un conflicto de poderes de imprevisibles consecuencias” y que el Poder Ejecutivo se arrogaba “la suma de las atribuciones e incumbencias del Gobierno federal”.
En otro expediente, el juez de Bahía Blanca Alcindo Alvarez Canale estimó que el artículo 12 del decreto de 214/02 “transgrede los límites de la Constitución nacional y violenta la Convención Americana sobre Derechos Humanos” y, en consecuencia, lo declaró inconstitucional. “Nadie puede discutir con seriedad que la Nación padece la más grave crisis económica desde los albores de la Patria, pero ello en modo alguno ha de significar que los medios para conjurarla puedan alterar o suspender garantías constitucionales”, aseguró Alvarez Canale. El juez, sin embargo, no hizo lugar al amparo que había presentado el ahorrista Claudio Santos para poder disponer de sus depósitos. Alvarez Canale comenzó su escrito con una cita que afirmaba que “es un deber del juez pesar las consecuencias sociales de su decisión”.
También la Cámara Federal de La Plata dispuso la inconstitucionalidad de la suspensión de los juicios relacionados con las restricciones bancarias y la pesificación. Lo hizo al fallar a favor del planteo de los abuelos de una niña que quedó discapacitada tras un accidente de tránsito y que reclamaron el dinero de un plazo fijo para afrontar el tratamiento que necesita la menor. Los camaristas Sergio Dugo, Leopoldo Schiffrin y Román Frondizi consideraron que “la emergencia económica es susceptible de justificar restricciones temporarias al derecho de propiedad más fuertes que las autorizadas en épocas de normalidad, pero su total suspensión no es concebible dentro de las garantías originarias de la Constitución argentina”. Agregaron que “el estado de necesidad” en que se encuentra la niña “obliga a adoptar medidas urgentes que posibiliten la continuidad en la atención”.
Diversos planteos que tienen en común el reclamo de la continuidad de las acciones judiciales contra el corralito esperan su resolución. El abogado Gustavo Romano Duffau hizo su petición ayer –por una ejecución hipotecaria– ante la Cámara Civil de Lomas de Zamora. Se sumó a lasdenuncias presentadas por el fiscal Pablo Lanusse y el abogado José María Estévez Cambra, que exigieron la inconstitucionalidad del artículo 12 del decreto 214/02 (este último directamente ante la Corte Suprema), a las que se les agregará hoy la que hará el Colegio Público de Abogados.

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