Mar 18.02.2003

EL PAíS  › DE LA RUA RECURRIO ANTE EL SUPREMO TRIBUNAL

Lo que sea para no declarar

› Por Adriana Meyer

“No se puede tender un manto general de culpa y de sospecha sobre el poder político cada vez que hay un conflicto. He aquí la gravedad de este fallo que destruye las bases de la República y empuja a la anarquía.” Así, sin escatimar grandilocuencia, los abogados del ex presidente Fernando de la Rúa intentan evitar, con un recurso de queja presentado ayer ante la Corte Suprema, que sea interrogado en la Justicia por el asesinato de cinco manifestantes durante la represión del 20 de diciembre de 2001. El Máximo Tribunal podría declararse incompetente, pero sí acepta analizar el reclamo De la Rúa tendría la posibilidad de evitar la indagatoria. Nada impide que mientras los supremos jueces se deciden, la jueza federal María Servini de Cubría lo convoque. Tal como había anticipado Página/12, sigue en pie la voluntad de hacerlo quizás el mes próximo.
La sala I de la Cámara Federal había rechazado el recurso extraordinario presentado por los abogados Miguel Almeyra y Zenón Ceballos porque consideraron que “dar explicaciones constituye la base del sistema republicano”. Los camaristas Gabriel Cavallo y Horacio Vigliani expresaron que “tampoco se advierte cómo la ‘repercusión pública negativa del fallo’ de esta sala o el sometimiento ‘a la mortificación de todo proceso penal’ habilitaría la competencia de la Corte”, aludiendo a los argumentos de habían presentado los defensores del ex presidente.
Almeyra y Ceballos acusaron a los camaristas de citar jurisprudencia “parcial y caprichosamente”, por lo cual su resolución sería “arbitraria” y debería ser anulada. Desde el punto de vista técnico insisten en que la decisión judicial del llamado a indagatoria es apelable, contra la opinión de la sala I. Pero cuando pasan a analizar el contexto del caso, los letrados levantan los decibeles. “Por encima de las intenciones punitorias, la sanción más temible en la mayor parte de los procesos no es la pena sino la difamación pública del imputado”, indicaron. Y agregaron que “ha reaparecido la antigua función infamante del derecho premoderno, cuando la pena era pública y el proceso secreto, sólo que el rollo y la picota han sido sustituidos por la exhibición pública del acusado en las primeras páginas de los periódicos o en el televisor”.
De la Rúa apela al cargo que ocupó para no tener que responder acusado del homicidio de Gustavo Benedetto, Alberto Márquez, Gastón Riva, Diego Lamagna y Carlos Almirón, a manos de la Policía Federal que reprimió la rebelión del 20 de diciembre. “El fallo reprocha al Gobierno (sic) haber tomado una decisión política. El llamado a indagatoria constituye la orden judicial de perseguir al Presidente en razón de actos propios y legítimos”, argumentaron los letrados en su extenso escrito. Los camaristas había acusado a De la Rúa y a sus ministros porque, tras los incidentes violentos del 19, debieron controlar el accionar policial. “Si se mantiene la doctrina del Tribunal (la sala I) es difícil imaginar qué gobierno pueda preservar el orden y la paz, o declarar que hay un caso de conmoción interior para cumplir con su deber de imponer el estado de sitio”, se lamentaron Almeyra y Ceballos. Y concluyeron que si se mantiene tal criterio “siempre los tribunales perseguirán penalmente a los funcionarios”.

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