EL PAíS
› LO DESIGNARON EN LA CORTE PENAL INTERNACIONAL
Moreno Ocampo, fiscal mundial
Los 89 miembros del tratado que formó la Corte nombraron al ex fiscal adjunto del juicio a los comandantes de la dictadura.
› Por Martín Granovsky
El fiscal adjunto del juicio a las Juntas Luis Moreno Ocampo fue nombrado fiscal general de la nueva Corte Penal Internacional por el voto de sus 89 miembros. De este modo se pone en funcionamiento una iniciativa multilateral en época del más crudo unilateralismo ejercido por los Estados Unidos.
Desde Nueva York, donde fue consultado telefónicamente por Página/12, Moreno Ocampo dijo que no podía adelantar detalles de su trabajo, que difundirá oficialmente hoy. Solo dijo que la designación es “un reconocimiento por el juicio a las juntas, y yo hago mi propio reconocimiento a los organismos de derechos humanos, la Conadep, los jueces, los testigos y el equipo de la fiscalía”. El abogado se dedicará full time a la nueva tarea y dejará su estudio.
Moreno Ocampo, con 33 años en 1985, secundó al fiscal Julio Strassera en la preparación de los más de 700 casos por los que fueron acusadas las tres primeras juntas de la dictadura. Aunque los jueces aplicaron penas menores a las pedidas por la fiscalía, que pidió condenar por junta y no individualmente por comandante de fuerza, de todos modos resultaron culpables Jorge Videla, Emilio Massera, Orlando Agosti, Armando Lambruschini, Roberto Viola y, en una segunda etapa la cúpula de la policía bonaerense que había comandado el general Ramón J. Camps.
La CPI marca la primera vez en la historia que, por un tratado, comienza a funcionar una corte a escala global para genocidios, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra. Sin embargo, arranca con una limitación grave: la principal potencia mundial, Estados Unidos, no ratificó el tratado de constitución de la CPI para evitar que sus soldados pudieran ser juzgados fuera del territorio norteamericano. El argumento, planteado crudamente ya por la Administración Clinton, fue un anticipo del unilateralismo salvaje de George W. Bush.
Como el tribunal no actúa hacia atrás, sería imposible que la CPI pueda procesar por ejemplo al general Tommy Franks por el bombardeo de ciudades iraquíes. Tirar bombas sobre ciudades puede ser considerado crimen de lesa humanidad, sobre todo cuando, como dijo el juez Baltasar Garzón a Página/12 el último sábado, la guerra tiene un origen ilegal por falta de un aval del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Tampoco podría procesar a Saddam Hussein por genocidio contra los kurdos. Irak no figura entre los 89 signatarios del tratado de constitución de la CPI, que sí incluye a la Argentina. Sin embargo, revistan entre los sujetos a proceso el Reino Unido y Australia, aliados militares de Washington en la guerra relámpago del Medio Oriente.
El criterio de la CPI es, de todos modos, complementario a la posibilidad de juzgamiento en los distintos Estados. Primero dará derecho a juzgar a cada país, y recién después, si la situación de impunidad no se supera, iniciará su propio proceso.
La Corte Penal puede procesar a un presidente en ejercicio. No depende del Consejo de Seguridad de la ONU. Es un intento multilateral, típico de la Unión Europea o de las propias Naciones Unidas, que comenzó a discutirse hace diez años, cuando el mundo ya no era bipolar pero no había llegado al ejercicio descarnado de poder por parte de una sola superpotencia. Igual que la ONU u otras instancias mundiales, es posible que deba apostar a futuro, demostrando ejecutividad propia y a la vez peleando por ensanchar su espacio.
¿La CPI podría actuar sobre el pasado argentino? Su reglamento dice que hacia atrás, nada. Pero la desaparición forzada de personas o el robo de bebés son delitos que continúan en el tiempo, o sea que se siguen cometiendo actualmente. ¿Entonces? Es una cuestión hoy abierta que quizás algún día llegue a la Corte Penal y deba ser evaluada por el propio Moreno Ocampo, si la Sala de Apelaciones que prevé el Estatuto de la CPI no admite una eventual recusación. El fiscal tendrá funciones amplias:siguiendo la tradición judicial anglosajona, la fiscalía cumplirá la función dinámica en las investigaciones.
La lista de Estados parte es la siguiente: Afganistán (que adhirió bajo dominio norteamericano, lo cual prueba el doble patrón de medida de Washington), Albania, Alemania, Andorra, Antigua and Barbuda, Argentina, Australia, Austria, Barbados, Bélgica, Belice, Benín, Bolivia, Bosnia y Herzegovina, Botswana, Brasil, Bulgaria, Camboya, Canadá, República Centroafricana, Colombia, Costa Rica, Croacia, Chipre, República Democrática del Congo, Dinamarca, Djibouti, Dominica, Ecuador, Estonia, Fiji, Finlandia, Francia, Gabón, Gambia, Ghana, Grecia, Honduras, Hungría, Islandia, Irlanda, Italia, Jordania, Latvia, Lesotho, Liechtenstein, Luxemburgo, Malawi, Mali, Malta, Islas Marshall, Mauricio, Mongolia, Namibia, Nauru, Holanda, Nueva Zelanda, Níger, Nigeria, Noruega, Panamá, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Corea, Rumania, Saint Vincent, Samoa, San Marino, Senegal, Serbia y Montenegro, Sierra Leona, Eslovaquia, Eslovenia, Sudáfrica, España, Suecia, Suiza, Tajikistán, Macedonia, Timor del Este, Trinidad y Tobago, Uganda, Reino Unido, Tanzania, Uruguay, Venezuela y Zambia.