Vie 23.08.2013

EL PAíS  › CAMPAÑA MEDIATICA PARA INTENTAR SALVAR AL DUEÑO DE LA EMPRESA LEDESMA

La ofensiva de Blaquier

Los organismos de derechos humanos de Jujuy denunciaron una “acción psicológica sobre la opinión pública” para beneficiar al empresario procesado por delitos de lesa humanidad. La Cámara Federal de Salta debe decidir si confirma su situación.

› Por Alejandra Dandan

Los organismos de derechos humanos de Jujuy denunciaron una preocupante “escalada mediática” en la estrategia de defensa del dueño del Ingenio Ledesma, Carlos Pedro Blaquier. Dijeron que la reproducción de datos falsos y descontexualizados en algunos artículos de prensa aparecen como una “acción psicológica” destinada a “tergiversar la memoria colectiva, instalar una “verdad” por fuera del expediente y “presionar a los jueces de la Cámara Federal de Salta que tienen que resolver en breve la situación procesal de los imputados”. El empresario fue procesado en noviembre del año pasado por su intervención en los secuestros de 29 personas producidos entre marzo y julio de 1976. La medida espera una confirmación o no de la Cámara de Apelaciones de Salta, que quedó integrada para resolver esta causa en mayo de este año y, de acuerdo con lo que pudo saber este diario, en la Justicia salteña suponen que esta resolución está próxima a salir.

Un dato que alarma a los organismos de derechos humanos es la defensa corporativa que, al cuestionar el progreso de la causa, aparece discutiendo un proceso de justicia que avanza –no sólo en Jujuy– para pensar alternativas jurídicas sobre la responsabilidad del empresariado en la dictadura.

“Queremos manifestar nuestro más absoluto repudio y preocupación por la escalada mediática que lleva adelante la defensa del presidente de la empresa Ledesma SAAI, Carlos Pedro Blaquier, y de Alberto Lemos, imputados y procesados ambos por la presunta comisión de delitos de lesa humanidad cometidos en la provincia de Jujuy en el marco del terrorismo de Estado en la década de 1970”, señala el comunicado que lleva la firma de Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos de Jujuy (Línea histórica), HIJOS Regional Jujuy, Red por el Derecho a la Identidad (Abuelas - C.O.N.A.D.I.), Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora delegación Jujuy, Asociación Jujeña de Ex presos políticos, Centro de Acción Popular Olga Márquez de Arédez (Capoma) y el grupo de Abogad@s de derechos humanos jujeños entre otros.

“Esta acción psicológica sobre la opinión pública no constituye un hecho aislado, pone en juego todo el poder fáctico que está al alcance de la corporación que estas personas representan, en este caso a través de sus operadores mediáticos, valiéndose de un uso espurio e impropio de los medios de comunicación, con el objetivo de tergiversar la memoria colectiva, instalar una ‘verdad’ por fuera del expediente y presionar a los jueces de la Cámara Federal de Salta que tienen que resolver en breve la situación procesal de ambos imputados confirmando o no el procesamiento dictado por el juez federal de Jujuy”.

La escalada y los datos

Los dos últimos artículos aparecieron en el diario La Nación esta semana. Uno de ellos es una especie de análisis del expediente a la luz de la mirada de la defensa. Allí se cuestiona dos aspectos: el carácter de las pruebas y los actores del sistema jurídico. Señala, por ejemplo, que no hay pruebas de que Blaquier y Lemos hayan consentido el aporte de camionetas para los secuestros ni, tampoco, que hubieran facilitado algunas de las más de cien camionetas que estaban a disposición de su personal. También indica que los secuestrados no eran sindicalistas.

La resolución de noviembre del año pasado del juez federal Fernando Poviña puede verse en el sitio web de noticias de la Corte Suprema de Justicia (CIJ). En ella está la evaluación de pruebas documentales y testimoniales que víctimas, sobrevivientes y familiares vienen denunciando desde hace más de treinta años. Sólo para aportar dos datos vale recordar lo siguiente. Poviña probó dos tipos de colaboración: el aporte material de la empresa a los secuestros, fundado especialmente en los “vehículos”, y el “dolo”, entendido como la voluntad de colaborar con una dictadura que fundaba un nuevo orden económico “neoliberal” que los beneficiaba.

Las causas en las que está imputado Blaquier son dos. La primera es por tres dirigentes sindicales secuestrados el 24 de marzo de 1976, entre ellos el ex intendente Luis Arédez, que era médico y a su vez asesor del sindicato de obreros y empleados azucareros. La otra causa es por otras 26 personas secuestradas en lo que se conoce como las Noches del Apagón, del 20 al 27 de julio de ese año, que no eran referentes sindicales, pero estaban emparentados con los trabajadores y los movimientos sociales, y por sus formas de militancia la causa los lee como posibles enemigos de la empresa.

La participación de las camionetas en los hechos aparece referenciada como prueba directa a través de los secuestrados del primer grupo. Varios sobrevivientes del segundo también las identificaron. La identidad sindical de las víctimas no sólo queda dicha porque fueron parte de las primeras caídas. En el allanamiento a la empresa, la Justicia encontró pesquisas de inteligencia sobre uno de los dirigentes sindicales de la época. El énfasis de los abogados para desarmar el vínculo sindical de las víctimas tiene que ver con la razón por la cual la Justicia encuentra el motivo para la persecución: “La cooperación en cadena de los imputados tuvo lugar, a su vez, en el marco de una persecución político-sindical llevada a cabo por la empresa Ledesma SAAII –dice el escrito– contra los dirigentes sindicales de la misma, tal como se evidenció oportunamente”.

Los artículos de La Nación cuestionan también el alejamiento del juez Carlos Olivera Pastor y su reemplazo por el juez Fernando Poviña, a quien llaman “permeable”. No dicen que fue nombrado por la Corte Suprema de Justicia, a través de una resolución en la que evaluó la situación de “emergencia” que atravesaba la Justicia de Jujuy. La “emergencia” en realidad tenía que ver con la intervención de Olivera Pastor y el rol que cumplió no sólo en la paralización de esta causa, sino en todas las vinculadas con delitos de lesa humanidad.

“Las editoriales de la defensa de Blaquier y Lemos nada dicen acerca de la actuación del anterior juez de la causa, el doctor Olivera Pastor, quien –cabe aclarar– pasó de ser secretario a juez federal sin acuerdo del Senado, a diferencia del actual juez federal”, señala el comunicado. “Tampoco dice nada acerca de la actuación de este ‘juez’ que los organismos de derechos humanos denunciaron por paralizar las causas durante años y fragmentar la investigación de los hechos de tal manera que dificultara llegar a comprender la sistematicidad del plan genocida. Tampoco se aclara que Olivera Pastor tuvo que renunciar como consecuencia de un lapidario informe elaborado por la Unidad Fiscal de Delitos de Lesa Humanidad de la Procuración, que planteó una situación de gravedad institucional en Jujuy por la impunidad que se vivía en la provincia (...) Menos aún dicen estas editoriales que el ex juez Olivera Pastor era secretario precisamente de quien es ahora abogado de Blaquier y de Lemos, el ahora abogado Horacio Aguilar.”

Aguilar fue juez de la misma causa en la que hoy es defensor. Además, “intervino como juez de cámara en la misma causa donde ahora es defensor de los directivos de la empresa Ledesma S.A”. Su codefensor, Diego D’Andrea Cornejo, “intervino previamente en el expediente como funcionario judicial”. Otro dato importante: sólo cuando Poviña asumió el juzgado, el empresario presentó abogados por primera vez en una causa que supuestamente estaba abierta desde el 2006, pero no avanzaba.

Los abogados de Blaquier cuestionan desde hace tiempo el rol de Pablo Pelazzo, fiscal ad-hoc en la causa, porque era abogado de las querellas de los organismos de derechos humanos. La recusación a Pelazzo fue rechazada en primera instancia y por la Cámara de Salta. Pero ahora pidieron la nulidad de todo lo actuado por él. El juez de primera instancia lo rechazó, la Cámara no se pronunció, pero por lo que dicen los artículos la defensa abriga cierta esperanza en una resolución de la Corte Suprema de la semana pasada en la que apartó a una fiscal ante el máximo tribunal.

La Corte, sin embargo, dijo en ese fallo que su decisión no tenía efecto retroactivo, es decir que la actuación de la fiscal hasta la fecha era válida. Por otro lado, la primera indagatoria a Blaquier fue pedida por el fiscal Domingo Batule y todos los trámites ante la Cámara están firmados por el fiscal general de Salta, Eduardo Villalba.

La Cámara en este momento

Luego de un largo proceso, ahora la atención está concentrada en la Justicia de Salta. Allí estaba el juez Renato Rabbi Baldi Cabanillas, denunciado por el Ministerio Público desde hace años por el modo en el que sostuvo y justificó la actuación de Olivera Pastor. Rabbi Baldi fue recusado por los querellantes de Jujuy por su relación con Blaquier, dado que forman parte de la procesista Academia de las Ciencias Morales. El aceptó su retiro, pero la defensa del empresario apeló su decisión. En mayo, Rabbi Baldi quedó apartado y la Cámara de Casación reintegró el tribunal que quedó compuesto por los jueces Jorge Luis Villada y Roberto Loutayf Ranea y, como tercer integrante, se sumó el santiagueño Federico Díaz, titular del TOF de Salta desde diciembre de 2012. Desde entonces pasaron tres meses. En ese tiempo resolvieron distintos tipos de presentaciones, sobre todo de la defensa.

En el marco de la causa Arédez, los abogados de Blaquier pidieron una “nueva vista” antes de las vacaciones de invierno. Esto significa lo siguiente: el trámite que en buena parte del país es oral, allí se está haciendo escrito y el tribunal, antes de tomar una decisión, da “vista” a las otras partes sobre cada requerimiento. Así, cada uno puede responder. Luego, los jueces deberían recoger todas esas respuestas, leerlas y dar a conocer su fallo. Antes de las vacaciones, la defensa de Blaquier volvió a pedir una nueva “vista”. Según las fuentes, la Cámara tomó la decisión porque consideró que, así como en un juicio oral el acusado tiene la última palabra, en este caso también cabría ese derecho. El problema, entre otros, fue que la “vista” de cinco días hábiles fue más larga porque atravesó las vacaciones de invierno. Así las cosas, ahora todo debería estar dado para que se acerque la decisión final.

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