Lun 20.01.2014

EL PAíS  › CASACIóN PENAL LE RETIRó EL BENEFICIO A BERNARDO MENéNDEZ

El represor se quedó sin prisión domiciliaria

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal anuló el régimen de la prisión domiciliaria bajo el que el represor Bernardo José Menéndez cumplía su condena a prisión perpetua por crímenes de lesa humanidad, en la órbita del Primer Cuerpo del Ejército y ordenó al Tribunal Oral Federal Nº 5, que había habilitado el beneficio, que emita un nuevo pronunciamiento sobre la cuestión. Así, la sala hizo lugar al recurso interpuesto por el fiscal de la Unidad de Asistencia en Causas por Violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado, Martín Niklison.

Los camaristas Juan Carlos Gemignani, Mariano Hernán Borinsky y Gustavo Hornos resolvieron por mayoría hacer lugar al recurso interpuesto por Niklison, quien acudió a Casación para discutir el fallo del TOF 5 por “arbitrario”. Admitieron el recurso al considerar que “el caso traído a revisión constituye un supuesto de gravedad institucional que habilita la jurisdicción de esta Cámara Federal de Casación Penal como órgano intermedio, pues se encuentra comprometida la responsabilidad internacional del Estado argentino de garantizar el efectivo cumplimiento de la pena impuesta a una persona penalmente responsable por las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en nuestro país durante la última dictadura”.

Para el representante del Ministerio Público Fiscal, el TOF 5 había incurrido en “una sesgada valoración” de algunos informes médicos sobre la salud de Menéndez y “omitieron otros”, informaron desde la cartera, mientras que aseguró que los informes médicos de Menéndez son concluyentes en cuanto a que sus dolencias pueden ser tratadas eficazmente en el Hospital Penitenciario Central.

Además de considerar válidos los argumentos de Niklison, la Sala IV de Casación Penal recordó una oportunidad anterior en la que analizaron el expediente que comprometió y por el que se condenó a Menéndez a prisión perpetua. En una primera oportunidad, los camaristas habían asegurado la estadía de Menéndez en una cárcel. Tras un recurso interpuesto por la defensa del coronel, quien había actuado en la represión en tanto jefe del grupo Artillería de Defensa Aérea, los jueces dieron marcha atrás y habilitaron a que la defensa exigiera al tribunal que había condenado a Menéndez su prisión domiciliaria. El beneficio fue concedido en septiembre pasado y recusado por Niklison semanas después.

En el fallo que se conoció ahora, Gemignani y Borinsky sostienen que si bien hay informes discordantes sobre el estado de salud de Menéndez, “todos coinciden en señalar la actualizada situación edilicia y técnica del Hospital Penitenciario Central I de Ezeiza, lo que modifica las concretas posibilidades de atención al encausado y la eventual capacidad operativa de afrontar una situación de emergencia”, informaron desde el Ministerio Público Fiscal.

(Versión para móviles / versión de escritorio)

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS rss
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux