EL PAíS › LA JUSTICIA CONVALIDO QUE MOLINE O’CONNOR COBRE SU JUBILACION
Aunque fue destituido en juicio político en 2003 por mal ejercicio de sus funciones, Moliné O’Connor reclamó en la Justicia para percibir su jubilación de privilegio. La Cámara revocó en su favor un fallo en contra de primera instancia.
El ex juez de la Corte Suprema de la Nación Eduardo Moliné O’Connor fue habilitado para cobrar su jubilación de privilegio del “régimen especial para magistrados”, luego de que la Justicia fallara a su favor. Moliné O`Connor fue destituido por el Senado en 2003 por “mal desempeño en sus funciones” en la década menemista, durante la cual fue uno de los miembros emblemáticos de la denominada “mayoría automática”.
Mientras que en una primera instancia al ex magistrado se le había denegado el beneficio jubilatorio especial, el nuevo y controvertido fallo condena al Estado nacional a abonar “las sumas adeudadas desde la fecha de destitución más los intereses”, y fue dictado ayer en la Sala Tercera de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal por los jueces Sergio Fernández, Jorge Argento y Carlos Grecco, quienes declararon la inconstitucionalidad de una norma que lo impedía.
El fallo remarcó que “lo atinente al enjuiciamiento de los magistrados judiciales es materia propia y excluyente de los organismos asignados constitucionalmente” y “escapan al contralor judicial”.
El ex juez compartía sus funciones en la Corte con la vicepresidencia de la Asociación Argentina de Tenis y obtuvo su jubilación especial en 1998, cuando aún era ministro del máximo tribunal, aunque el beneficio permaneció en suspenso hasta que fue destituido de su cargo. Ayer, su situación judicial se revirtió cuando los camaristas rechazaron el fallo por considerar que se trataba de un derecho “en expectativa” y que Moliné O’Connor podía “recurrir al sistema de reparto en general”.
Los jueces también argumentaron que quitarle el derecho a la jubilación especial estaría violando el artículo 60 de la Constitución, según el cual el juicio político sólo puede disponer la destitución de un juez, pero no “secuelas distintas”, como consideran que sería impedirle el beneficio de la jubilación especial.
También declararon la inconstitucionalidad de un artículo de la Ley de Jubilaciones y Pensiones, que restringe el acceso a la jubilación de privilegio a los jueces que, “previo juicio político –o como en su caso– previo sumario, fueron removidos por mal desempeño de sus funciones”, y añadieron que “resulta irrelevante si la consecuencia, que esa ley contempla en forma de presupuesto, requisito o condición, tiene naturaleza sancionatoria o previsional”. De esta manera, Moliné O’Connor recibe su jubilación de privilegio a 11 años de haber sido destituido por Néstor Kirchner por ser encontrado culpable de dos de los nueve cargos de los que se acusaba al denominado “cerebro de la mayoría automática”.
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