Dom 11.05.2014

EL PAíS  › HORACIO SALMAN DICTAMINO A FAVOR DE CESAR MILANI EN LA CAUSA QUE SE LE SIGUE EN LA RIOJA

El fiscal solicita el sobreseimiento

Salman señaló que en uno de los casos que se le imputan, el jefe del Ejército no estuvo en el lugar de los hechos. En el otro, advirtió que no hay delito de qué acusarlo.

El fiscal federal de La Rioja Horacio Salman dictaminó a favor del general César Milani en la causa que se le sigue en esa provincia por supuestas violaciones a los derechos humanos. Salman le pide al juez que sobresee a Milani en las dos imputaciones que existen en su contra. Respecto del primer hecho, en el que Milani fue imputado por participar del arresto ilegal de Ramón Alfredo Olivera en el Instituto de Rehabilitación Social, un centro clandestino, en la noche del 11 al 12 de marzo de 1977, Salman sostiene que Milani no estaba allí. Se basa en una sanción que figura en el legajo del ahora general desde 1977 y que lo obligaba a estar ese día en su regimiento de Ingenieros y no en el Instituto. La segunda acusación es que Milani estuvo en el traslado de Olivera de la puerta del Instituto al juzgado federal. Sobre ese hecho, el fiscal dice que no hay delito. Al margen de esta causa, el titular del Ejército afronta otra en Tucumán por la desaparición del soldado Alberto Ledo.

El fiscal Salman es el tercero que actúa en la causa y emitió un largo dictamen de 44 páginas en las que discrepa con sus antecesores y concluye que no hay responsabilidad penal de Milani en ninguno de los dos hechos que se le atribuyen. El primer hecho que se imputa a Milani es que estuvo a cargo de la detención de Olivera el 12 de marzo de 1977, lo que constituiría –dice el fiscal– el delito de privación ilegal de la libertad. Salman sostiene que “hay una confusión de personas y que Milani no estaba allí”. Para respaldar ese diagnóstico el fiscal afirma que el actual general cumplía con una sanción disciplinaria, lo que le impedía salir de su batallón de Ingenieros, que no tenía rango para comandar una operación de esa naturaleza, que en los testimonios de la época se menciona que el hombre a cargo de la detención tenía 30 años y que por entonces Milani contaba con 22, y que el reconocimiento fotográfico que hace Olivera es muy posterior, tras la publicación de fotos de Milani en los medios. Es más, el fiscal señala que las fotos del reconocimiento son muy distintas de la imagen que tenía Milani en aquella época. Salman afirma que hay centenares de testimonios de 1976-1977 y que ninguno sitúa a Milani en el Instituto.

El segundo hecho acusatorio tiene que ver con el traslado de Olivera del instituto al juzgado federal de La Rioja. En este terreno, el fiscal sostiene que hoy en día está claro que las órdenes del juez federal eran ilegales, pero en aquel momento no eran percibidas como tales, por lo que Milani no incurrió en ningún delito. El fiscal dice: “No existe ningún precedente en el que se haya imputado o indagado a un militar o policía que se hubiera limitado a trasladar a un preso político desde el instituto al juzgado”.

Sobre la base del análisis de esos dos hechos, el fiscal Salman le dice al juez que debe hacerse lugar al recurso de excepción por falta de acción que, en otras palabras, significa el sobreseimiento porque el investigado –en este caso Milani– no incurrió en delito. El juez deberá resolver en las próximas semanas. La defensa del general, a cargo de Eduardo Narbona, sostiene que el magistrado está obligado a dictar el sobreseimiento por la falta de una acusación, pero habrá que ver qué decide el juez.

Desde el punto de vista legal, Milani afronta también el proceso en Tucumán por la desaparición del soldado Alberto Ledo. Por el caso está imputado un jefe de Milani, el capitán Esteban Sanguinetti, la última persona a la que se vio con Ledo antes de su desaparición en Monteros, al sur de Tucumán. Por el caso se armó un falso expediente por deserción, que lleva la firma de Milani, aunque éste argumenta que esos expedientes se sorteaban entre los cuatro subtenientes que tenía el Batallón de Ingenieros y que su único papel en el legajo era firmar. La causa judicial está radicada en Tucumán.

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