Mié 25.06.2014

EL PAíS  › FALLO DE LA CORTE A FAVOR DE LOS USUARIOS DE TREN

Por el trato digno al pasajero

La Corte Suprema reivindicó el “trato digno al pasajero” en los servicios ferroviarios del país y recordó que el Estado tiene el deber de “adoptar medidas para que el usuario sea atendido como una persona humana con dignidad, contemplando la situación de quienes tienen capacidades diferentes o son menores”. El pronunciamiento del máximo tribunal se produjo al revocar dos fallos que rechazaban sendas acciones de amparo contra el estado de manutención y de transporte de los ramales Once-Moreno y Retiro-José León Suárez.

Al reabrir los reclamos formulados por el defensor del Pueblo de la Nación y la Unión de Usuarios y Consumidores, los jueces del máximo tribunal recordaron que “la Constitución nacional obliga a los prestadores de servicios públicos a brindarles un trato digno a los usuarios y consumidores”. Y señalaron que “quienes tienen a su cargo la administración de los asuntos del Estado deben cumplir con la Constitución garantizando un contenido mínimo a los derechos fundamentales y muy especialmente en el caso de las prestaciones, en las que están en juego tanto la vida como la integridad física de las personas”, señaló el tribunal. Pero advirtió que “no se cumple con ello cuando los servicios son atrasados, descuidados, deteriorados, insuficientes o presentan un estado lamentable, porque la Constitución no consiente interpretaciones que transformen los derechos en meras declaraciones con un resultado trágico para los ciudadanos”.

A modo de ejemplo, la Corte señaló que los coches originales de la línea Sarmiento “contaban con ventiladores, iluminación adecuada, música funcional y asientos por demás confortables. Además de amplios furgones que históricamente sirvieron no sólo para las sillas de ruedas de los discapacitados, sino también para llevar bicicletas”. Sin embargo, “luego de la primera reparación general que hizo TBA y como consecuencia del análisis de mercado propio de la misma, se cambiaron los asientos originales por las actuales e incómodas butacas que poseen estos coches. Esta modificación respondió a las directrices básicas de disminuir el costo de los asientos en la reparación, aumentar la superficie libre de los coches para admitir más pasajeros parados, disminuir el peso del vehículo para compensar el peso del mayor número de personas que cargaría el coche”. De esta manera, la Corte se hizo eco del reclamo de los usuarios, que había sido desestimado en instancias anteriores invocando la “emergencia pública”. Pero la Corte replicó que esa situación de emergencia “no autoriza a avalar el incumplimiento del estándar mínimo constitucional”.

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