EL PAíS › EL SENADO AVANZABA CON LA REFORMA DE LA LEY DE ABASTECIMIENTO Y LA CREACION DEL FUERO DEL CONSUMIDOR
El oficialismo confiaba en aprobar, al cierre de esta edición, el paquete de leyes destinado a proteger a los consumidores frente a los abusos de los sectores concentrados de la economía. La iniciativa siguió recibiendo críticas de las cámaras patronales.
Al cierre de esta edición, el Senado tenía previsto empezar a debatir el paquete de leyes destinadas a proteger a los usuarios y consumidores frente a los abusos de los sectores concentrados de la economía. La Cámara alta continuaba así una sesión maratónica que comenzó con el tratamiento del proyecto vinculado con la deuda pública. Según lo previsto, en lugar de plantear un cuarto intermedio los legisladores seguirían con la reforma a la Ley de Abastecimiento y la creación de un fuero judicial para consumidores y de un observatorio de precios. Las principales cámaras empresarias renovaron sus críticas a la iniciativa (ver aparte) y muchos de sus argumentos fueron esgrimidos por senadores de la oposición. Por el contrario, las asociaciones de pequeñas y medianas empresas ratificaron el apoyo a la medida. El proyecto morigera atributos que tenía la anterior Ley de Abastecimiento, aprobada en 1974, que contemplaba, por ejemplo, la pena de cárcel para los empresarios.
El nuevo marco regulatorio sobre las relaciones de consumo y producción establece una serie de pautas para evitar los abusos de posición dominante de muchas de las empresas que cuentan con altas tasas de rentabilidad. El artículo 2 fija las atribuciones que tendrá la autoridad de aplicación, que van desde la posibilidad de fijar precios máximos y márgenes de rentabilidad hasta disponer la continuidad del proceso de producción y comercialización.
El Poder Ejecutivo modificó la redacción del proyecto original para tipificar las conductas de las empresas que darían paso al ejercicio de dichas atribuciones, en línea con el pedido de los grandes empresarios. Por lo tanto, la autoridad de aplicación podrá actuar cuando las empresas eleven artificialmente los precios, sin correlación con el aumento de los costos; cuando acopien materias primas o productos, destruyan mercaderías, restrinjan la venta o prestación de un servicio o no entreguen comprobante ni factura de venta, entre otras tipificaciones.
Con los cambios incluidos en el proyecto, los empresarios ya no podrán ser encarcelados. A partir de la nueva redacción, en caso de que se determine una inhabilitación específica o clausura temporaria, la autoridad de aplicación deberá obtener previamente una autorización judicial. Se eliminó a su vez la posibilidad de las clausuras definitivas.
A pedido de las empresas, se resolvió que la autoridad de aplicación podrá determinar un resarcimiento económico que corresponda por los eventuales perjuicios derivados de las medidas adoptadas. Es decir, el sector privado no será obligado a producir o vender a pérdida. En el capítulo dedicado a las sanciones, en caso de que se determine una inhabilitación específica o clausura temporaria, la autoridad de aplicación deberá obtener previamente una autorización judicial. Las empresas podrán exigir a la autoridad de aplicación que reconsidere las medidas que adopte, cuando éstas pudieran ocasionarles un grave perjuicio económico.
En cuanto a la creación del nuevo observatorio de precios, la autoridad de aplicación podrá invitar a los organismos locales y provinciales, públicos y privados que puedan tener interés en analizar precios o insumos. Esto abre la posibilidad a que las mismas empresas formen parte del proceso, así como también otros institutos de estadísticas.
En el proyecto original, la competencia del magistrado se determinaba por el lugar de consumo o uso, por el de celebración del contrato, por el del proveedor o prestador o por el domicilio de la citada en garantía, a elección del consumidor o usuario. La nueva redacción eliminó el supuesto de determinación por el domicilio del consumidor o usuario, objetado por las pymes para evitar que dichas unidades económicas tuvieran que defenderse en cualquier lugar del país.
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