La Corte Suprema de la Nación dejó firme un fallo que reconoce el derecho al voto de las personas condenadas y sancionadas por diversos delitos o faltas, al declarar inadmisible la última apelación presentada por el gobierno porteño. Así, deberán ser integrados al padrón de la Ciudad de Buenos Aires para las próximas elecciones de autoridades porteñas. En septiembre de 2012, la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) interpuso ante el Tribunal Superior porteño una acción declarativa de inconstitucionalidad contra el Gobierno de la Ciudad “frente a la ilegal y desproporcionada restricción del derecho al voto de las personas condenadas y sancionadas por diversos delitos y faltas prevista en el Código Electoral Nacional, vigente en la Ciudad de Buenos Aires”. El TSJ de la Ciudad falló a favor de la ADC y el gobierno porteño apeló la decisión ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que ahora rechazó ese planteo y por lo tanto convalidó la resolución del tribunal porteño.
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