Vie 17.10.2014

EL PAíS  › LA CAUSA POR LA APROPIACION DE IGNACIO GUIDO MONTOYA CARLOTTO

La Cámara confirmó a Servini

En fallo dividido, la Cámara Federal resolvió que la jueza Servini de Cubría siguiera al frente del proceso por la sustracción del nieto de Estela de Carlotto. Para el abogado de Abuelas, la decisión es “arbitraria” y tiene “un déficit de argumentos notable”.

La Cámara Federal porteña, en fallo dividido, resolvió que la jueza María Servini de Cubría es competente para continuar instruyendo la causa por la apropiación ilegal de Ignacio Guido Montoya Carlotto, nieto de la titular de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto. Los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah consideraron que la pesquisa sobre la apropiación de Ignacio Guido es “independiente y escindible” de la investigación sobre el secuestro, cautiverio y asesinato de su mamá, Laura Carlotto, y calificaron como “prematuro” el cambio de jurisdicción pedido por fiscales y jueces platenses. En disidencia, el juez Horacio Cattani remarcó que la propia víctima declaró que fue entregada a quienes lo criaron en La Plata, que ya está descartada su inscripción en el Registro Civil de Capital Federal, y se pronunció a favor del cambio de jurisdicción. El abogado de Abuelas de Plaza de Mayo, Alan Iud, calificó el voto mayoritario de “arbitrario”, con “un déficit de argumentos notable”, y remarcó que se fundó en casos “notoriamente distintos”.

El fallecido juez platense Humberto Blanco y su subrogante Adolfo Gabino Ziulu, en línea con los fiscales Hernán Shapiro, Marcelo Molina y Juan Manuel Nogueira y con los abogados de Abuelas, consideraron que el caso debe tratarse en La Plata, donde se tramita la investigación de los delitos en el centro clandestino La Cacha. Ante la oposición al cambio de jurisdicción por parte de Servini y del fiscal federal Carlos Stornelli, el tema de la competencia llegó a la Cámara Federal.

Farah e Irurzun argumentaron que “la sustracción, retención y ocultación de menores resultan independientes y escindibles de la ilegal privación de la libertad de la que fueron víctimas junto con sus progenitores”. Apuntaron que existen “numerosas situaciones a determinar”, que “aún resultan imprecisas” las jurisdicciones donde ocurrieron los hechos (nacimiento y entrega del menor) y, por ende, “resulta prematura” la decisión de enviar el expediente a La Plata.

Por su lado, Cattani recordó que “cierta indeterminación” es propia de los delitos en juego y valoró el dato central que sus pares pasaron por alto: la declaración de Ignacio Guido, quien contó que los Hurban lo fueron a buscar a La Plata junto al empresario Francisco Aguilar. Por “razones de economía procesal” y por la conveniencia de “una investigación integral”, votó por enviar la causa a La Plata.

“El voto mayoritario tiene un déficit de argumentos notable”, consideró Iud, quien aclaró que el fallo no es apelable. “Los casos que los jueces invocan para decir que las apropiaciones de menores no necesariamente deben investigarse junto a las privaciones ilegales de la libertad de sus madres son notoriamente distintos, porque en esos casos no se había concretado la restitución de identidad”, destacó el abogado de Abuelas. Iud consideró como otra “falencia” argumentativa el hecho de que Farah e Irurzun admiten que hay “numerosas situaciones a determinar, pero no precisan cuáles”, que “no consultaron el expediente principal” y que pasaron por alto que “es en La Plata donde hay mejores condiciones para investigar”. “Si Laura Carlotto estaba secuestrada en La Cacha, la sacaron para dar a luz y la regresaron a La Cacha, los primeros sospechosos son quienes operaban en La Cacha. Toda esa información no está en poder de Servini ni de ningún juez porteño, sino en La Plata, donde se investigó detalladamente”, recordó.

Iud también remarcó el comportamiento contradictorio de Servini de Cubría. En 1991, cuando Carlotto presentó la denuncia en su juzgado a partir de los casos de tres jóvenes radicados en Buenos Aires que creía podían ser su nieto, la jueza se declaró incompetente con el argumento de que Laura había sido secuestrada en La Plata. Fue la misma Sala II de la Cámara Federal la que consideró “prematura” la evaluación de la jueza, priorizó el lugar de residencia de los menores y le encomendó la instrucción. Pasados 23 años, restituida la identidad del nieto de Carlotto, Iud consideró “absurdo” que Servini pretenda retener la causa pese a la sumatoria de pruebas que ligan al caso con otra jurisdicción.

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