EL PAíS › CASACION RATIFICO LA PRISION PERPETUA A QUINCE REPRESORES
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal convalidó el fallo contra Guglielminetti, Miara, Julio Simón y otros. Desacuerdos ante la absolución del policía Juan Carlos Falcón.
A tres años y diez meses de la sentencia, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó el fallo del Tribunal Oral Federal Nº 2 que juzgó por primera vez a un grupo de represores de los centros clandestinos El Atlético, El Banco y El Olimpo, controlados por la Policía Federal en jurisdicción del Primer Cuerpo de Ejército. Los jueces coincidieron con el tribunal en las quince condenas, que incluyeron al apropiador Samuel Miara, al ex policía Julio Simón y el agente de Inteligencia Raúl Guglielminetti, y tuvieron posturas diferentes frente a la situación del policía Juan Carlos Falcón, absuelto en aquel proceso. El juez Gustavo Hornos coincidió con las valoraciones de los organismos de derechos humanos, que no dudaron en identificar a Falcón con el torturador apodado Kung Fu, y concluyó que debía ser condenado a prisión perpetua. Sus colegas Juan Carlos Gemignani y Eduardo Rafael Riggi, en cambio, priorizaron los testimonios de las víctimas que no identificaron a Kung Fu en los reconocimientos fotográficos y confirmaron su absolución.
La Justicia probó que el “circuito ABO” (Atlético-Banco-Olimpo) fue en realidad un mismo centro que mudó su sede aunque mantuvo el mismo staff de guardias y torturadores, de detenidos, su modo de operar y hasta su mobiliario. El primer juicio a 17 de los represores de ABO duró once meses, incluyó casos de secuestros, tormentos y homicidios contra un total de 183 víctimas y concluyó el 21 de diciembre de 2010. El tribunal integrado por Jorge Tassara, María Laura Garrigós de Rébori y Ana María D’Alessio condenó a prisión perpetua, además de a Miara y Simón, a los policías Raúl González, Eufemio Uballes, Eugenio Kalinec, Roberto Antonio Rosa, Oscar Rolón y Luis Donocik, al penitenciario Juan Carlos Avena, a los ex gendarmes Guillermo Cardozo y Eugenio Pereyra Apestegui, y a Enrique José del Pino, capitán retirado del Ejército. Veinticinco años de prisión recibieron Guglielmine-tti, el general Mario Gómez Arenas, el coronel Alberto Tepedino y el policía Ricardo Taddei. Todas las condenas, excepto la de Tepedino, que murió en 2011, fueron confirmadas por Casación.
Las diferencias surgieron con Falcón. Según su legajo, prestó servicios hasta 1976 en la Superintendencia de Seguridad Federal (“enlace con la SIDE”, dijo en su indagatoria) y desde 1977 en el Ministerio del Interior. Peregrino Fernández, ex ayudante del ex titular de esa cartera Albano Harguindeguy, lo ubicó en una “brigada operativa” a cargo de “actos ilegales” que actuaba en tándem con la Superintendencia. El CELS, al apelar la absolución, recordó que fue condecorado por “haber desbaratado” una organización política y destacó que al menos seis testigos lo identificaron como Kung Fu, apodo que Falcón reconoció como propio pero a partir de 1984.
El juez Hornos concluyó que la evaluación del TOF fue “sesgada” y “arbitraria”. Remarcó que omitió considerar el testimonio de un sobreviviente que lo identificó con certeza y objetó los cuestionamientos a otra víctima que lo describió con precisión y arriesgó que medía 1,72 metro cuando su legajo indicaba 1,80. “No es posible desmerecer el valor probatorio” por ocho centímetros de diferencia a treinta años de los hechos y cuando se relatan vivencias traumáticas que implican revivir el cautiverio, explicó. Sus colegas de Casación desa-creditaron a Peregrino Fernández porque no declaró en el juicio. Gemignani consideró que no existen pruebas sino “meros indicios” para identificar a Falcón con Kung Fu. Riggi priorizó el testimonio de un sobreviviente que estuvo la mayor parte del tiempo destabicado y que al ver la foto de Falcón lo reconoció por su paso en ABO, pero no recordó su apodo. “Mejor dejar impune un delito que condenar al inocente”, escribió.
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