EL PAíS › LA PROCURADORA RECHAZó EL PEDIDO PARA REMOVER AL FISCAL CARLOS GONELLA
Alejandra Gils Carbó señaló que la declaración de rebeldía del fiscal que hizo el juez Claudio Bonadio es “arbitraria” y “acarrea gravedad institucional”. Envió el expediente al Consejo de la Magistratura para que se analice.
La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, rechazó el pedido del juez federal Claudio Bonadio para iniciar un juicio político al titular de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac), Carlos Gonella. En su escrito, la procuradora alertó sobre la “gravedad institucional que acarrea la manifiesta inconstitucionalidad” de la declaración en rebeldía y la prohibición de salir del país que Bonadio dispuso respecto de Gonella y remitió las actuaciones al Consejo de la Magistratura para que se evalúe el proceder del magistrado.
Gils Carbó señaló que el pedido formulado por Bonadio se enmarca en una causa penal que pretende criminalizar una actividad propia del Ministerio Público Fiscal, como es la política de difusión de noticias en el sitio www.fiscales.gob.ar: “La persecución penal por la difusión de noticias sobre la actuación de los fiscales involucra el derecho a la libertad de expresión y acceso a la información pública garantizado por la Constitución nacional y los instrumentos internacionales de derechos humanos”.
La jefa de los fiscales recordó que el requerimiento de remoción de Gonella está fundado en que no se presentó a una audiencia a brindar declaración indagatoria y manifestó que la validez de la convocatoria está pendiente de revisión por tribunales superiores. Así, la funcionaria señaló que el llamado a declarar no se encuentra firme, pero además, que la no comparecencia no representa una causa de destitución de magistrados previstas por la Ley Orgánica del Ministerio Público.
La procuradora consideró que la situación “se torna aún más grave si se tiene en cuenta que en la misma resolución el juez federal declaró la rebeldía del fiscal general Carlos Gonella y le prohibió salir del país, desconociendo así la inmunidad funcional de la que goza todo magistrado del Ministerio Público por mandato del artículo 120 de la Constitución Nacional”.
Gils Carbó precisó que la inmunidad de arresto está reglamentada por los artículos 14 de la Ley 24.946 y 1 de la Ley 25.320, sobre la que doctrina y jurisprudencia coinciden en que protege a los magistrados de toda medida restrictiva de su libertad porque es el resguardo de las posibles represalias que puedan dirigírseles en razón de hechos vinculados con el legítimo ejercicio de la función. “Impedir que el fiscal general Carlos Gonella salga del territorio nacional se vuelve una medida a todas luces arbitraria, que debe ser rectificada con la mayor premura.” En ese sentido, la procuradora afirmó que “cuando el constituyente decidió establecer las inmunidades funcionales de los fiscales, buscó evitar situaciones de este tipo, en la que un juez, sin fundamento alguno y previo al correspondiente proceso de remoción, impide que un fiscal continúe cumpliendo las altas misiones que la suscripta le asigna en el marco de investigaciones transfronterizas y foros internacionales que requieren su presencia en el exterior”.
La titular del Ministerio Público Fiscal expresó que es su deber “no consentir este tipo de maniobras inadmisibles y asegurar a cada uno de los magistrados la tranquilidad de espíritu imprescindible para el correcto desempeño de su función”.
“La gravedad institucional que acarrea la manifiesta inconstitucionalidad de esta decisión judicial me obliga a someter esta situación a conocimiento del Consejo de la Magistratura, para que allí se tomen las medidas que correspondan a semejante avasallamiento institucional”, concluyó Gils Carbó.
Gonella es investigado por Bonadio en una causa por presunta “violación de secretos”, al haber difundido en el sitio Fiscales.gob.ar información sobre 30 personas vinculadas con el lavado de activos del narcotráfico, entre ellas la jueza María Gabriela Lanz, pareja de un traficante condenado. Por considerar que la causa involucra el derecho a la información y la libertad de expresión, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) asumió la defensa del fiscal.
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