EL PAíS › JUEZ ELECTORAL DE LA PLATA
La Cámara Federal de La Plata apartó ayer de una causa por privación de la libertad al juez federal subrogante Laureano Durán, designado en diciembre, por entender que ese funcionario “no reúne los requisitos para desempeñar la función”. En la resolución, la sala III de ese tribunal hizo lugar a la presentación de un acusado por delitos de privación de la libertad que se quejó de que Durán interviniera en su caso ya que, según consideró, su designación “no fue realizada en forma legal”.
Los jueces Antonio Pacilio y Carlos Nogueira consideraron como “un desmedro del servicio de Justicia designar subrogante de jueces” a quien no haya adquirido “calidad de juez”, atributo que se acuerda según “pautas constitucionales, convencionales y legales”. En su fallo destacaron que “este tribunal tiene la convicción de que el juez subrogante, que interviene en la causa, no reúne los requisitos para juzgar en debido proceso legal y según las formas sustanciales del juicio”. Además agregaron que “no tiene las potestades que acuerda un nombramiento ajustado a cánones constitucionales y legales a fin de que, en las causas que entienda, sea el que está facultado para resolver como juez natural”.
La designación de Laureano Durán como juez subrogante del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional 1 de La Plata fue aprobada por el Consejo de la Magistratura el 18 de diciembre, tras la muerte del magistrado Manuel Humberto Blanco, quien también se desempeñaba como juez con competencia en lo electoral. Fueron siete los votos de los miembros oficialistas en el Consejo, al tiempo que desde la oposición fueron denunciadas “irregularidades” en la elección de este subrogante del único juzgado con competencia electoral en la provincia. Y algunos organismos de derechos humanos señalaron la ausencia de antecedentes en procesos referidos a delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura, porque también quedaron en el juzgado que ocupa Durán algunos de los más importantes expedientes de ese tipo.
“Se trata de un acto que desconoce abiertamente los previos requisitos legales para desempeñarse como magistrado subrogante y que no son otros, al momento de la designación, que ser juez anteriormente elegido, nombrado y aceptado de acuerdo con la Ley Suprema y las reglamentarias”, concluyeron los camaristas, en alusión a una condición que Durán no ostenta.
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