EL PAíS › AUDIENCIA PUBLICA EN LA CORTE SUPREMA POR LA SINDICALIZACION POLICIAL
Los miembros del Sindicato de Policías de la Provincia de Buenos Aires (Sipoba) reclaman desde 1998 la personería gremial, que el Ministerio de Trabajo y los tribunales inferiores le rechazaron. Las partes hicieron ayer una exposición oral.
La sala de audiencias de la Corte Suprema fue ayer escenario de un gran debate pendiente: el derecho a la sindicalización policial. Los miembros del Sindicato de Policías de la Provincia de Buenos Aires (Sipoba) reclaman desde 1998 la personería gremial, que el Ministerio de Trabajo y los tribunales inferiores le han rechazado. Los uniformados invocan el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, que garantiza la organización sindical. Lo que sucede es que la Argentina suscribe el convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que permite a los Estados establecer reservas o limitaciones respecto de la organización sindical de las fuerzas armadas y la policía. El Estado estableció reservas, pero nunca se dictó una ley y las normas que rigen prohíben agremiarse a las fuerzas de seguridad. En la audiencia, además de los policías hubo representantes de la cartera laboral y tres “amigos del tribunal”: la Asociación por los Derechos Civiles, Facundo Moyano y otro sindicato policial.
“El policía está en la misma situación de sometimiento que el obrero del siglo XIX”, se quejó ante la Corte el representante Legal de Sipoba, Luis Alberto Lugones. “El sindicato es el ámbito donde el policía honesto podría respaldarse”, señaló. Para dar cuenta de la precarización del trabajo policial, Lugones señaló que el “80 por ciento” de los agentes provinciales “vive en villas de emergencia” y que reciben “órdenes, inclusive ilegales”, que “tienen que acatar o son sancionados”.
Sipoba reclamó sin éxito la sindicalización por primera vez en 1998, cuando el fallecido Erman González era ministro de Trabajo. Volvió a hacerlo en 2002, cuando la ministra era Graciela Camaño, y terminó recurriendo a la Justicia laboral, donde tampoco prosperó el pedido. En la Cámara del Fuero, con los votos de María Margalejo y Juan Fernández rechazó el planteo con el argumento de que la situación de los policías no es asimilable a la de otros trabajadores. Un voto en disidencia, el de Oscar Zas, llevó a los demandantes a pensar que tal vez podrían tener suerte en la Corte.
El abogado del Ministerio de Trabajo, Norberto Ciaravino, sostuvo en la audiencia que el rechazo a la agremiación de parte del Gobierno se debe a que no hay una ley específica “que habilite esa posibilidad”. También dijo que la sindicalización policial es incompatible con la estructura vertical de las fuerzas de seguridad. Uno de los argumentos frecuentes también es que prestan un servicio de seguridad ciudadana y, por ejemplo, una huelga, impediría garantizarlo. Algunos especialistas –como Marcelo Saín– vienen sosteniendo que el derecho a huelga no es lo que define esta discusión y que esa herramienta puede estar excluida y que la organización sindical se canalice por otras vías.
Cuando Ciaravino dijo que no hay ley, intervino Maqueda: “Pero está la Constitución Nacional”. Una hinchada de policías estalló en aplausos. El presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, preguntó por qué no hay ley. “Yo represento al Poder Ejecutivo, no al Legislativo”, contestó Ciaravino. El diputado Facundo Moyano, del Frente Renovador, quien fue admito por la Corte como “amigo del tribunal”, dijo que la sindicalización sería un “salto de calidad” para la seguridad ciudadana. Por la Asociación por los Derechos Civiles habló Hernán Gullco, quien señaló que en relación con el derecho de asociación se podrían poner restricciones al campo policial, pero no suprimir su ejercicio.
La procuradora Alejandra Gils Carbó reconoce el derecho a la sindicalización policial, pero cuando le tocó dictaminar dijo que había que dictar una ley específica para el sector y para este caso puntual rechazó la demanda.
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