EL PAíS › OCHO REPRESORES DE LA MARINA Y LA PREFECTURA RECIBIERON PENAS DE ENTRE 25 AñOS Y CADENA PERPETUA
Los jueces resolvieron que se investigue “a los directivos de las empresas Astilleros Río Santiago, destilería YPF, frigoríficos Swift y Propulsora Siderúrgica”, así como a “dirigentes sindicales” en la comisión de delitos de lesa humanidad.
El Tribunal Oral Federal número 1 de La Plata condenó a cinco ex jefes de la Armada y a otros tres ex altos mandos de Prefectura con penas de entre 25 años de cárcel y prisión perpetua por considerarlos coautores del delito de genocidio durante su participación en el grupo de tareas número 5 –FT 5– que secuestró, torturó, desapareció y asesinó a obreros del polo petroquímico de Berisso y Ensenada durante la última dictadura cívico militar. Además, obligó a Astilleros Río Santiago, una de las empresas que componen ese cordón industrial, a “mantener” el pago del salario sin obligación de cumplir horario a los trabajadores que fueron víctimas del accionar de los genocidas condenados y al Estado a generar las condiciones para que puedan acceder a una jubilación cuando lleguen a la edad correspondiente. La medida había sido solicitada por la fiscalía durante su alegato (ver aparte). Por último, derivó testimonios oídos durante el debate oral para que se investigue la participación de directivos de Astilleros, YPF y Propulsora Siderúrgica (grupo Techint), así como a dirigentes sindicales en violaciones a los derechos humanos.
El ex comandante de Operaciones Navales Antonio Vañek y el ex comandantes del FT 5 y director del Liceo Naval Juan Carlos Herzberg, así como los ex prefectos Carlos Schaller, Luis Rocca y Eduardo Meza –los dos primeros ex jefes, el tercero ex oficial de Prefectura Naval zona Río de la Plata– recibieron condenas a 25 años de prisión. Las penas más duras fueron para los otros marinos retirados enjuiciados: el ex jefe de Operaciones e Inteligencia del Batallón de Infantería de Marina número 3 (BIN3) Roberto Guitian, el ex comandantes de la Fuerza de Tareas número 5 Jorge Errecaborde y el ex comandante del BIN3 José Fernández Carró. La diferencia entre los castigos se debió a los casos de desapariciones, secuestros y torturas endilgados. Todos los acusados, no obstante, entraron dentro del delito internacional de genocidio en un fallo que, en cuanto a las penas, fue definido por los votos del presidente del TOF número 1, Carlos Rozanski, y del juez César Alvarez. El otro magistrado, Germán Castelli, votó en disidencia. En líneas generales, los años impuestos coincidieron con los solicitados por las partes. Por mayoría, también, los magistrados revocaron las prisiones domiciliarias de Vañek, Herzberg, Errecaborde, Schaller y Meza.
Los jueces sí lograron ponerse de acuerdo para responder al pedido realizado por los fiscales Hernán Schapiro y Juan Martín Nogueira, quienes además de solicitar penas para los acusados reclamaron una reparación para los trabajadores de Astilleros Río Santiago al que los jueces respondieron satisfactoriamente. Ordenaron el cambio en los legajos de los “trabajadores víctimas para dejar constancia de los verdaderos motivos del cese de la relación laboral entre ellos y las empresas”. Según la mecánica genocida implementada, los trabajadores eran “marcados” por los directivos de la empresa a los represores, quienes los secuestraban. Al ausentarse del trabajo, la empresa enviaba telegramas intimándolos a presentarse en la empresa y luego eran “cesanteados”. En ese sentido, los jueces habilitaron la información producida durante el debate para que se investigue “a los directivos de las empresas Astilleros Río Santiago, destilería YPF, frigoríficos Swift y Propulsora Siderúrgica”, así como a “dirigentes sindicales” en la comisión de delitos de lesa humanidad. Por último, instó a esas compañías a que habilite la señalización de las instalaciones que sirvieron de centros clandestinos de detención y la construcción de monumentos en homenaje a los obreros víctimas del terrorismo de Estado.
El fallo fue el cierre de un juicio oral que durante poco más de tres meses analizó las violaciones a los derechos humanos de 41 personas durante la última dictadura cívico militar; tres de ellas permanecen desaparecidas y dos fueron asesinadas. Todas fueron –en algunos casos, son– trabajadores y trabajadoras de YPF, Propulsora Siderúrgica (grupo Techint), Astilleros Río Santiago, Swift, Petroquímica General Mosconi e Ipako. Todas fueron secuestradas, trasladadas a centros clandestinos localizados en dependencias de la Armada y allí torturadas. El debate oral que culminó ayer tuvo varias particularidades que lo diferenciaron del resto de los juicios que compusieron y componen el proceso de memoria, verdad y justicia, pero también sufrió varias de las dificultades comunes a aquellos. Los fiscales que actuaron en el juicio, Hernán Schapiro y Juan Martín Nogueira, lo consideraron “un juicio inédito” ya que “es la primera vez que en La Plata se sabe cómo fue que actuaron la Armada y la Prefectura, porque los procesos anteriores analizaron sólo el accionar del Ejército”. Además, destacaron que el eje del debate “no fue tanto lo que sucedió dentro de un centro clandestino, sino la operatoria de la Armada en una región determinada, casi como fuerza de ocupación”.
Es la primera vez, también, que se analiza el accionar del Grupo de tareas número 5, aunque algunos participantes del proceso denunciaron el lento avance de las causas y que las víctimas que integraron el análisis, así como los victimarios, no son todos. La periodista Cecilia Valdez, en la edición de ayer de este diario, apuntó que de los 44 trabajadores del Astillero Río Santiago desaparecidos sólo se juzgaron tres casos. En la misma línea, hijos La Plata denunció que “con el mismo criterio de imputación de base (utilizado en) los ocho imputados en este juicio, existen por lo menos otros 25 represores responsables de los hechos aquí juzgados identificados con legajo, función y período de revista en distintas dependencias de la FT5”.
El Grupo de Tareas número 5 fue uno de los once que, acorde al Plan de Capacidades Comando de Operaciones Navales Placintara, desarrolló, desde 1975, “operaciones ofensivas, defensivas y/o especiales contra el oponente subversivo”. Ese grupo, encargado de batallar contra la “subversión” en Ensenada y Berisso, escenario de fábricas y empresas con obreros sindicalizados y con una amplia tradición de lucha, comprometió dependencias y personal de la Escuela Naval Militar Río Santiago, el Liceo Naval, el Hospital Naval Río Santiago, el Batallón de Infantería de Marina, el Centro de Incorporación y Formación de Conscriptos de Infantería de Marina (CCIM) y la Prefectura o Subprefectura Naval. La acción del Grupo de Tareas número 5 se dividió en dos grandes momentos: uno de inteligencia y otro de ejecución. Durante el primero, “ficharon” a gran parte de los obreros que componían el sector –se calcula que a principios de la década eran entre 15 y 20 mil en todo el polo–. De hecho, la mayoría de los cuerpos de delegados y comisiones internas de las empresas que componen el cordón petroquímico fueron secuestrados. Tampoco se salvaron los militantes gremiales o sindicales activos.
Los trabajadores eran trasladados a dependencias que habían quedado bajo la órbita de la fuerza “principalmente la sede Prefectura Naval de La Plata y al Liceo Naval Militar, y en algunos casos al BIM 3 y al Hospital Naval, donde eran interrogadas y torturadas, y finalmente su derivación al centro clandestino de 1 y 60, a la Unidad Penitenciaria 9 de La Plata o a Olmos”. Como en el resto del país, los secuestros, homicidios y desapariciones en la zona comenzaron antes del golpe, Triple A mediante. Pero recrudeció cuando las Fuerzas Armadas se hicieron del poder. En las horas previas al golpe de Estado cívico militar que comenzó el 24 de marzo de 1976, y durante los días sucesivos, la Marina militarizó las ciudades de Berisso y Ensenada y realizó detenciones masivas. A muchos de los obreros los arrancó de sus hogares, los subió a micros y los escondió en algunas de las instituciones que sirvieron de centros clandestinos.
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