EL PAíS
› LA NUEVA LEY LABORAL ENTRO EN LA RECTA FINAL
Senadores empiezan el debate
El proyecto deroga el anterior, disminuye el período de prueba de un año a tres meses y baja los aportes patronales a pequeñas empresas. Prevé la convocatoria a comisiones paritarias.
› Por Felipe Yapur
El texto de la nueva ley laboral comenzará a discutirse formalmente hoy cuando el jefe de Gabinete, Alberto Fernández, y el ministro de Trabajo, Carlos Tomada, se reúnan con los senadores del PJ. Esto no significa que el proyecto ingresará ya a la Cámara alta. Legisladores del oficialismo dejaron entrever que “surgieron algunas discrepancias”. Sin duda, los problemas deben estar centrados en algunos de los artículos del proyecto –al que Página/12 tuvo acceso– y donde se prevé, entre otras, la convocatoria de comisiones paritarias y la restitución del poder de policía del ministerio, con activa participación de la AFIP.
La presencia de los ministros, prevista para las 17, se convierte en el primer acto oficial del debate de la nueva ley. Por ahora son pocos los senadores y diputados que tienen en su poder el todavía borrador de la iniciativa parlamentaria del Ejecutivo. Tal como anticiparon algunos legisladores, la norma establece la reducción del período de prueba, garantiza los derechos sindicales para estos trabajadores, aunque no es muy explícita con respecto al futuro de la ultraactividad. Por otra parte, insiste –aunque de manera acotada a pymes y beneficiarios de planes sociales– con la rebaja de los aportes patronales con el viejo argumento de favorecer la promoción de empleo.
El proyecto consta de 52 artículos redactados en 26 páginas. El primero de ellos es el único que hace referencia a la ley 25.250 o de Reforma Laboral que fuera debatida y sancionada –previo pago de sobornos– durante la gestión de Fernando de la Rúa y Carlos “Chacho” Alvarez. Dicho artículo es sintético. Simplemente anuncia la derogación de dicha norma y de sus normas reglamentarias.
Los principales puntos de la norma a debatir son los siguientes:
- Período de prueba. Se reduce de un año –tal como lo estipula la actual ley– a tres meses. Este período será tomado en cuenta como antigüedad y le permite al trabajador gozar de plenos derechos sindicales. No exceptúa al empleador del pago de aportes patronales y en caso de que los empleadores no registrasen a sus trabajadores, éstos luego no podrán contabilizar este tiempo como período de prueba.
- Aportes patronales. La nueva norma estipula reducción de aportes previsionales a las pequeñas y medianas empresas, con menos de 80 empleados. Este beneficio ascenderá a un tercio de los aportes del empleador por cada trabajador que incorporen antes del 31 diciembre de 2004. Tendrá una vigencia de 12 meses y el Ejecutivo tendrá la facultad de prorrogarlo. En caso de que los nuevos trabajadores sean beneficiarios de planes sociales, la rebaja será del 50 por ciento.
- Paritarias. El texto prevé que los convenios colectivos podrán constituir comisiones paritarias que estarán integradas por un número igual de representantes de empleadores y trabajadores. La redacción del artículo no lo dice expresamente pero da por sentada la negociación de incrementos salariales.
- Convenios colectivos. Los convenios colectivos de ámbito menor sólo podrán imponerse al nivel superior cuando se acuerden condiciones más favorables para los trabajadores o aborden temas que escaparon a las negociaciones en niveles superiores o traten temas propios de la empresa.
- Ultraactividad. El ministerio podrá establecer un mecanismo voluntario de mediación para los convenios ultraactivos, es decir, aquellos que se prorrogan automáticamente.
- Balance social. Las empresas medianas y grandes, con más de 200 trabajadores, deberán anualmente confeccionar un “balance social”, que detallará las condiciones de trabajo del lugar y las prestaciones sociales entregadas.
- Poder de policía. Se crea un sistema de inspección de trabajo destinado a controlar el cumplimiento de las normas laborales y de laseguridad social. Los inspectores, entre otras facultades, podrán clausurar los centros de trabajo ilegales. La AFIP tendrá idénticas facultades que el Ministerio de Trabajo para controlar el empleo en negro.
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