Mié 29.09.2004

EL PAíS  › LAS ALTERNATIVAS JUDICIALES PARA EL CHICO AUTOR DE LA MASACRE

Un destino en manos de la Justicia

Por ser menor de 16 años es inimputable, aunque Rafael quedará judicializado. Lo más probable es que vaya a un establecimiento psiquiátrico. Y todo depende de cómo evolucione su salud mental.

El caso del chico de 15 años que mató ayer a tres compañeros e hirió a otros cinco en una escuela de Carmen de Patagones ya genera polémica entre los especialistas del ámbito judicial, aunque todos coinciden en que el adolescente es “inimputable” por ser menor de 16 años (edad en la que comienzan a ser punibles) y porque, según consideran, el joven sufre de “un cuadro psiquiátrico grave”. Uno de los puntos que genera mayor debate es el total poder de disposición que tiene ahora la jueza de menores Silvia Ramallo: al no existir un marco de procesamiento judicial para menores, “el futuro de este joven queda en manos del criterio” de la magistrada “sin posibilidad de apelar la decisión de la jueza”, advirtió una penalista experta en minoridad.
“En este caso, el chico quedará bajo la subjetividad del juez, aunque el primer paso a dar debe consistir en realizar un diagnóstico del menor y de su familia. De acuerdo con el régimen tutelar argentino, y si bien el joven es inimputable, lo más probable es que se lo recluya en un instituto de seguridad para jóvenes” por tiempo indeterminado, explicó a Página/12 la asesora general adjunta de Menores de la ciudad de Buenos Aires, Angeles Burundarena. La especialista aclaró, sin embargo, que al adolescente, llamado Rafael, no habría que aplicarle “ninguna pena severa porque era un chico que tenía una conducta estable. Es un chico al que hay que ayudar, darle tratamiento y ver qué le pasó para tomar semejante decisión”.
Un camarista bonaerense con amplio conocimiento en el área sostuvo que la posibilidad más concreta es que “se interne al joven en una clínica psiquiátrica –que podría ser pública o privada– con un régimen cerrado y judicializado, por lo que cualquier decisión deberá pasar previamente por las manos de la magistrada”. Burundarena explicó que también cabe la posibilidad de que la jueza opte por un tratamiento abierto con entradas y salidas de la institución donde sea asistido. “Un tratamiento cerrado es contrario al sentido común”, dijo. Una penalista especializada en el área manifestó a este diario, incluso, que Junior podría quedar al cuidado de su familia y ser asistido por un psiquiatra.
Según el régimen penal de minoridad (decretos 22.278 y 22.803), los menores de 16 años son “no punibles”, pero quedan sujetos a la autoridad de un juez de menores y son pasibles de recibir un tratamiento tutelar. La Convención Internacional de los Derechos del Niño (CIDN) recomienda –al igual que varios penalistas especializados en minoridad– la creación de un “sistema de responsabilidad penal juvenil”, que incluya más garantías que las que tienen los adultos durante un proceso y adecuaciones a la condición del niño.
Los especialistas señalan que Rafael no puede quedar internado en un reformatorio junto con chicos que hayan delinquido. Al no ser imputable, este adolescente quedaría libre de antecedentes al cumplir 21 años. “No debería quedar nunca preso porque a los 21 tendría que finalizar el régimen y quedar en libertad. De todas formas, esto está atado a su salud, ya que hay que ver el tratamiento que necesita y la cantidad de tiempo que durará esa asistencia.”

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