Vie 24.05.2002

EL PAíS  › LA CAMARA FEDERAL CONFIRMO EL PROCESAMIENTO DE VIDELA

Sin salida por el Plan Cóndor

La Sala I de la Cámara consideró que la coordinación represiva en el Cono Sur fue una asociación ilícita que debe ser considerada crimen contra la humanidad. En ese marco, confirmó el procesamiento de Videla.

› Por Victoria Ginzberg

El Plan Cóndor fue una asociación ilícita que debe ser considerada crimen contra la humanidad. Este fue el criterio que sostuvo la Cámara Federal al confirmar ayer el procesamiento del dictador Jorge Rafael Videla por su participación en la coordinación de la represión ilegal entre las dictaduras del Cono Sur en la década del 70 y por su responsabilidad en 72 desapariciones. El tribunal ordenó además que se “profundice la pesquisa” para determinar quiénes fueron los autores, partícipes y encubridores en cada uno de los casos y que se investiguen otros delitos como homicidios, torturas y robos. El juez de primera instancia, Jorge Urso, deberá rastrear en “todos los niveles jerárquicos de la estructura estatal argentina y de las naciones que hayan tomado parte en la ejecución de los hechos”, es decir, Uruguay, Bolivia, Brasil, Chile y Paraguay.
La resolución de los jueces Gabriel Cavallo, Horacio Vigliani y Luisa Riva Aramayo implica en la práctica que Urso –ahora a cargo de esta causa– tendrá que investigar quiénes fueron los responsables de al menos 72 casos de desapariciones en la Argentina y otros países del continente. Podrá hacerlo en un expediente o abrir sumarios separados. Además, estará autorizado a pedir que el resto de los juzgados le envíen las denuncias en trámite que involucren crímenes cometidos dentro del Plan Cóndor. La Cámara también le dijo al juez que no debe limitar la acusación de Videla y de otros imputados a las privaciones ilegales de la libertad y a la asociación ilícita sino que debe indagar acerca de todos los crímenes cometidos por las dictaduras latinoamericanas.
“La Operación Cóndor se distingue del resto de los fenómenos de persecución política que fueron puestos en práctica durante la década del 70 y del 80 por el hecho de que los gobiernos y Fuerzas Armadas de distintos países cooperaban para perseguir ilegalmente a los opositores”, describieron los miembros de la Sala I de la Cámara Federal. Asesinatos paradigmáticos dentro de este plan son el del general chileno Carlos Prats, el del general boliviano Juan José Torres y el del senador uruguayo Zelmar Michelini, todos ocurridos en Buenos Aires.
La defensa de Videla, que está preso en su domicilio por robo de bebés, había intentado impugnar la imputación de asociación ilícita en base al fallo dictado por la Corte Suprema en la causa por el contrabando de armas que favoreció al ex presidente Carlos Menem. Pero la Cámara, citando jurisprudencia de los tribunales internacionales ad hoc para la ex Yugoslavia y Ruanda y el juicio de Nuremberg, consideró no sólo que es factible que una asociación ilícita se conforme dentro de una estructura legal (estatal, administrativa) sino también que el Plan Cóndor debía considerarse como delito de lesa humanidad. Esta conceptualización implica que el hecho no puede considerarse prescripto, como lo hizo la Cámara de Casación al aliviar la condena del ex agente de inteligencia chileno Enrique Lautaro Arancibia Clavel por el homicidio de Prats y su esposa.
Videla también insistió en este expediente con su planteo de “cosa juzgada”, que ya había presentado en la causa por el robo de bebés y que está a estudio de la Corte Suprema. El dictador sostiene que la sentencia del juicio a las juntas incluyó todos los delitos cometidos por el terrorismo de Estado. Pero la Cámara encontró sólo cuatro casos –entre los 72 del expediente del Plan Cóndor– que fueron tenidos en cuenta en la Causa 13. Además, el tribunal ratificó el criterio que tuvo al fallar en el robo de bebés: la desaparición forzada es un delito continuo y por lo tanto sólo puede considerarse juzgado el hecho hasta 1985 y no después del juicio a las juntas ya que el crimen se siguió cometiendo. En la Corte todavía no hay mayoría sobre el reclamo de Videla, actualmente la votación está prácticamente empatada. Ahora, la confirmación de un nuevo procesamiento le complica al dictador su situación judicial.
Los jueces de la Sala I describieron con una cita del jurista Marcelo Sancinetti los años del terrorismo de Estado y el Plan Cóndor: “Al tiempo en que en las facultades de Derecho se enseñaba, no sin solemnidad, elartículo 18 de la Constitución, según el cual ‘ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales (...) ni arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente’ (...) miles de ciudadanos eran sacados de sus casas y de la tranquilidad de la noche familiar, sin exhibírsele orden legítima alguna, ni que se lo pusiera bajo la disposición de ningún juez, sin que se le imputara nada, ni se le dijera razón de su detención u ofreciera posibilidad de defensa, sin respetar su individualidad moral, ni su integridad corporal ni sus creencias, ni su familia, ni sus afectos, ni sus bienes y sometidos a todo tipo de padecimientos horribles`”.

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