Mar 03.01.2006

EL PAíS  › OPINION

Malvinas y el interés nacional

› Por Jorge Taiana *

Asistimos a otro aniversario del inicio de la ocupación ilegítima de las Islas Malvinas, el 3 de enero de 1833, cuando fuerzas británicas ocuparon las islas, expulsando a la población y autoridades argentinas allí establecidas. El acto de fuerza de 1833 fue protestado y nunca consentido por la República Argentina, que hasta el presente ha venido reivindicando permanentemente su justo reclamo a nivel bilateral y multilateral.
Hace pocos días, también conmemoramos el 40 aniversario de un hecho trascendental para el reclamo de los derechos de soberanía sobre nuestros archipiélagos australes: la adopción de la Resolución 2065 (XX) por la Asamblea General de la ONU, el 16 de diciembre de 1965.
En virtud del acto de usurpación del 3 de enero de 1833 es que la Asamblea General definió a la cuestión Malvinas, mediante la Resolución 2065 (XX), como una “situación colonial especial y particular”. Es decir, la comunidad internacional establece la presencia británica como una forma de colonialismo, reconoce la existencia de una disputa de soberanía entre la Argentina y el Reino Unido como únicas partes y los invita a negociar, teniendo en cuenta los intereses de la población de las islas.
Al referirse a los “intereses” de la población y no a sus “deseos” confirmó que el derecho a la libre determinación no resulta aplicable. En toda empresa colonial debe existir un conflicto de intereses entre la potencia colonial que subyuga a una población y la población subyugada. En Malvinas, lejos de existir intereses contrapuestos, no hay diferencia entre poder colonizador y población implantada. Adjudicarle el derecho de libre determinación implicaría convalidar el acto ilegítimo de 1833 y, más grave aún, que la potencia colonizadora pudiese decidir sobre la suerte del territorio por ella misma usurpado. La Resolución 2065 representó una nueva estrategia en la recuperación de las islas. Determinó que el Reino Unido, que durante 130 años se había negado a dialogar sobre el tema, encarase en 1966 las negociaciones para resolver la disputa de soberanía.
El conflicto de 1982 no alteró la naturaleza jurídica de la disputa. En noviembre de 1982, la Asamblea General instó nuevamente a los gobiernos a reanudar las negociaciones bilaterales para encontrar una solución pacífica a la controversia. En 1985 confirmó estos preceptos.
Si bien la cuestión Malvinas está contextualizada en la búsqueda del restablecimiento de la negociación de soberanía, ello no impide que se materialicen otros pasos innovadores que favorezcan una solución. La Argentina ha reiterado su disposición a emprender un diálogo renovado y continuar la cooperación bajo fórmula de soberanía en aspectos prácticos del Atlántico Sur, siempre y cuando la misma resulte equilibrada, de mutuo beneficio y contribuya a la solución de la controversia.
A 173 años de esa ocupación ilegítima que aún persiste, la cuestión Malvinas continúa en el centro de la política argentina. En su discurso ante el Congreso Nacional, el 1° de marzo de 2005, el presidente Néstor Kirchner destacó el firme compromiso del gobierno argentino de trabajar por la recuperación del ejercicio pleno de soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, afirmando que esta postura permanente constituye una política de Estado y responde a un anhelo colectivo del pueblo de nuestra Patria. Se trata de una verdadera política de Estado, consagrada en la Constitución, que apela a la firmeza necesaria a la hora de defender los intereses nacionales y lograr que se produzcan avances en el reclamo.
La Resolución 2065, ratificada por todas las resoluciones posteriores de la Asamblea General y las del Comité Especial de Descolonización, marcó el camino a seguir y fue un punto de no retorno para la diplomacia británica. Transcurridos 40 años, sus preceptos siguen vigentes. A 173 años de la usurpación de parte de nuestro territorio, nuestra política de Estado mantendrá con firmeza dichos preceptos a fin de que la otra parte se avenga a negociar para restituir lo que en justicia nos pertenece.

* Canciller de la República Argentina.

(Versión para móviles / versión de escritorio)

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS rss
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux