EL PAíS › “AVANZAMOS EN UN 90 POR CIENTO”, SEGUN GUGLIELMINO
› Por Cledis Candelaresi
“La suspensión es un punto neurálgico, porque prueba que la negociación con las empresas demandantes avanzó en un 90 por ciento”, conjeturaba ayer ante Página/12 el procurador del Tesoro, Osvaldo Guglielmino, principal estratega de la defensa pública ante el Ciadi. Pero desde la óptica de los accionistas privados, quizás sea más relevante ese 10 que aún resta para satisfacer sus expectativas en un nuevo contrato. Esta incertidumbre hizo que ningún inversor extranjero se aviniera todavía a levantar su reclamo indemnizatorio, dejando en pie una dramática amenaza sobre las arcas públicas.
A pesar de los recurrentes y confusos anuncios acerca de que las empresas que reclamaron un resarcimiento por la pesificación y congelamiento de tarifas desistieron, la realidad es que cuatro sólo “suspendieron” el expediente. Una formalidad que, a lo sumo, puede lentificar un poco el trámite, pero dejándolo indemne.
Hay varios ejemplos, con diferencias de matices. AES, Gas Natural, Endesa y ahora Telefónica están en aquella vereda. Aguas Argentinas o Edenor desistieron de las demandas que habían hecho subsidiariamente, como sociedad local, pero sin alterar las que mantienen sus accionistas, Electricité de France o Suez. Sólo cuando se firmen acuerdos definitivos –en mucho casos con nuevos cuadros tarifarios– y sin riesgo de que todo se invalide por un recurso judicial, las empresas podrían resignar sus pretensiones.
La apuesta oficial para defenderse contra este embate parece más una apelación al sentido común de los árbitros que un planteo debidamente fundado en el derecho. No hay dudas de que tras la devaluación, se alteraron las condiciones originales de los contratos con las privatizadas. La cuestión es demostrar que fue por fuerza mayor.
En esta línea, las primeras presentaciones, a cargo del ex procurador y titular de Justicia Horacio Rosatti, invocaron una situación de emergencia en el país que impedía respetar a pie juntillas los contratos amparados por los tratados bilaterales de inversión. Al aclarar ese cuadro excepcional, los papeles oficiales que llegaron al Ciadi explicaron que era imposible ajustar tarifas cuando un tercio de los niños están en indigencia y que la devaluación fue una imposición del mercado y no una decisión controlable por el poder político.
Otro de los esfuerzos de la estrategia pública consiste en probar que los cambios legales introducidos tras la convertibilidad afectaron a todos por igual y no sólo a los inversores extranjeros. “Hubo varios infartos después del corralito y el congelamiento de los depósitos”, esgrime Guglielmino, para quien este hecho derrumba el argumento privado de que hubo discriminación hacia las privatizadas.
Pero, quizás, la jugada más esperanzadora de los abogados estatales es la invocación a un criterio que estaría plasmado en la legislación norteamericana desde 1944: no importa el método para fijar una tarifa sino que ésta sea admisible para los consumidores y procure una renta razonable a la empresa que la cobra. El caso de Telefónica podría encuadrarse perfectamente en esta pauta, ya que si bien los precios de la telefonía básica permanecieron estables, el negocio se robusteció por otras varias vías, garantizando su prosperidad.
La idea de que lo que ganan las prestadoras de servicios públicos es “suficiente”, al margen de cómo se fijen sus precios, es políticamente entendible. Es más difícil, sin embargo, pensar que será admitida por los árbitros.
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