Lun 20.02.2006

EL PAíS

Las claves ocultas en el acuerdo entre Telefónica y el Gobierno

¿Por qué la empresa desistió del juicio y anunció inversiones sin un aumento de tarifas? Aquí, las pistas del incremento de ganancias que ambas telefónicas tuvieron en los últimos años.

› Por Fernando Krakowiak

El miércoles pasado, Telefónica prometió suspender el juicio que mantiene contra Argentina por 2834 millones de dólares y anunció inversiones por 1000 millones de pesos para este año. A cambio, el gobierno de Kirchner decidió dolarizar la tarifa de las llamadas internacionales entrantes y eliminar los descuentos para las comunicaciones en el horario de 20 a 21, dos medidas que le reportarán a la compañía un beneficio extra estimado en 54 millones de pesos anuales. El acuerdo generó desconfianza en varias asociaciones de consumidores que no logran entender por qué la multinacional española aceptó congelar su millonaria demanda e invertir en el país si sólo va a obtener unos “pocos” millones extra en un mercado donde no se prevé un aumento general de tarifas. Una pista para comprender la decisión consiste en analizar no sólo la carta de entendimiento firmada con el Gobierno sino también lo que ha venido sucediendo en el sector desde la devaluación. Página/12 detalla a continuación las omisiones regulatorias que llevaron a Telefónica, y a su par Telecom, a incrementar sus ganancias en los últimos años.

Los ingresos de una compañía no sólo provienen de la tarifa que abonan los usuarios sino de los precios de interconexión (el peaje que deben pagar para conectar a sus clientes las firmas que utilizan redes ajenas). Este es un punto central en un mercado competitivo, pues las empresas entrantes se ven obligadas a utilizar las redes de los operadores históricos para ofrecer sus servicios y si el “peaje” es muy alto no pueden competir. Por eso, cuando se decretó la apertura del mercado en noviembre de 2000, el Estado fijó un precio de referencia y se reservó el derecho de intervenir cuando no hubiera acuerdo entre las partes o cuando el interés público lo requiriera.

El escenario se alteró bruscamente a partir de la devaluación de 2002. La ley de Emergencia Económica 25.561 pesificó los contratos y estableció una distinción entre los regidos por el derecho público y por el privado. En el primer caso se dejaron sin efecto las cláusulas de ajuste y se autorizó al Ejecutivo a renegociar. Mientras que para los regidos por el derecho privado se estableció la pesificación y la aplicación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), que varía en función del índice de precios al consumidor.

La mayoría de las empresas entrantes afirmaron que la interconexión se refería a un servicio público y, por lo tanto, correspondía la pesificación y el congelamiento. Las dominantes, en cambio, aseguraron que era un acuerdo entre privados y que se podía indexar. Pese a no haber coincidencia, la Secretaría de Comunicaciones no se expidió sobre el tema.

En los hechos, la disputa en torno a los precios de interconexión quedó librada al mercado, donde los operadores dominantes hicieron valer su mayor poder de negociación aplicando el CER a los contratos en los tramos que consideraron más convenientes. Como la indexación está prohibida para los contratos firmados con posterioridad a la devaluación, lo que han estado haciendo es hacerles firmar a los nuevos operadores actas ampliatorias de los convenios acordados durante la ley de convertibilidad, correspondiendo entonces la aplicación del CER.

Esa medida les permitió a Telefónica y a Telecom compensar la caída de ingresos provocada por el congelamiento de las tarifas y frenar el avance de la competencia. Las empresas entrantes confirmaron a Página/12 que desde entonces, les empezaron a subir los costos cuando su techo está congelado de hecho, ya que si bien tienen libertad para fijar precios, en un mercado donde las dominantes concentran un porcentaje superior al 75 por ciento en sus antiguas regiones de exclusividad y tienen las tarifas congeladas sólo se puede competir con tarifas más bajas.

La Auditoría General de la Nación señaló en un informe de diciembre de 2003 que al no dictar normas regulatorias relacionadas con el control de los precios de interconexión, la Secretaría de Comunicaciones redujo su capacidad de establecer el avance en el cumplimiento de los siguientes objetivos: 1) promover el ingreso al mercado de nuevos prestadores, a fin de permitir la mejora de la calidad y la reducción de los precios que los usuarios pagan por los servicios, 2) fundar la interconexión en principios de orientación a costos, transparencia, igualdad, reciprocidad y no discriminación y 3) minimizar las barreras de entrada.

Además de las limitaciones detalladas, los gobiernos de Eduardo Duhalde y Néstor Kirchner paralizaron otros mecanismos tendientes a favorecer la competencia, como la portabilidad numérica y la desagregación del lazo local. La portabilidad numérica incentiva la migración de los usuarios de una empresa a otra porque les permite conservar su número telefónico aunque cambien de compañía. Para el segmento corporativo, esa posibilidad es fundamental, porque muchas veces desisten de cambiar debido a los costos que insume publicitar un nuevo número telefónico. La portabilidad está contemplada en el decreto 764/2000, pero nunca se reglamentó.

Lo mismo ocurre con la desagregación del bucle local, situación que le imposibilita, por ejemplo, a los operadores entrantes ofrecer telefonía a los usuarios residenciales utilizando la red de las empresas dominantes. Sólo pueden hacerlo si deciden montar su propia red, pero los ingresos que pudieran llegar a obtener ofreciendo telefonía básica en los hogares no justifica la magnitud de la inversión. Telefónica y Telecom llegan a los hogares porque heredaron la red construida por ENTel y porque invirtieron aprovechando las ventajas que implicaron los diez años de monopolio.

Estos datos pueden servir para entender por qué Telefónica prometió la suspensión del juicio ante el Ciadi y Telecom estaría a punto de hacer lo mismo.

(Versión para móviles / versión de escritorio)

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS rss
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux