EL PAíS › FRENTE A LOS CAMBIOS A LAS LEYES LABORALES EN ESTUDIO, AMENAZAN CON NO TOMAR MAS PERSONAL
En Diputados, el oficialismo asegura que no habrá marcha atrás. La eliminación de topes indemnizatorios, los cambios a la ley de riesgo del trabajo y la recuperación de otros derechos laborales son resistidos por las mayores cámaras empresarias. Amenazan con subir el tono de los cuestionamientos si no son escuchados, en defensa del espacio que ganaron en los ’90.
› Por Maximiliano Montenegro
“Estos nuevos gravámenes tendrán una gravitación extraordinaria sobre las actividades productivas del país, y en especial para las pequeñas y medianas empresas plantea un problema económico de muy difícil resolución.” El 21 de diciembre de 1945 el diario La Prensa advertía sobre las peligrosas consecuencias del decreto ley que creó el aguinaldo. El titular era igualmente alarmante: “El decreto influirá en perjuicio de la economía del país”. En los últimos días, todas las cámaras empresarias –del agro, bancos, comercio e industria– manifestaron en las tapas de los principales medios su “preocupación” por las reformas laborales que se discuten en el Congreso y que buscan atenuar la flexibilización laboral implementada durante los ’90. Ayer, el presidente de la Comisión de Legislación del Trabajo, el diputado oficialista Héctor Recalde, dijo que no recibió ningún pedido de la Rosada para dar marcha atrás con el paquete antiflexibilización. Temiendo una suba de costos, los empresarios amenazan con paralizar la contratación de personal y analizan, en privado, elevar el tono de sus cuestionamientos si no son escuchados por el Gobierno.
Contra lo que expresan las voces del establishment, el paquete laboral que estudia el Congreso parece moderado frente a las reformas de los ’90, asociadas a nombres como Domingo Cavallo y Armando Caro Figueroa, y aplaudidas por todo el arco de la dirigencia empresaria. La contrarreforma se compone de dos o tres proyectos de fondo, y una serie de modificaciones de menor jerarquía. En los temas sustanciales, como la eliminación del tope a las indemnizaciones por despido y la ley de riesgos del trabajo, las normas del menemismo ya fueron declaradas inconstitucionales por la Corte Suprema de Justicia y el Gobierno se ha mostrado cauteloso a la ahora de avanzar con la nueva legislación. Sin embargo, cada dictamen de la Comisión de Legislación del Trabajo, que fogonea Recalde, el abogado laboralista de mayor confianza de Hugo Moyano, son recibidos por los hombres de negocios como una bomba a punto de estallar sobre la ecuación de costos.
Hasta hoy, la ley laboral más relevante de la nueva corriente reformista es la de “cambios de función”. La norma habilita al empleado a discutir la razonabilidad de un cambio individual de función o lugar de trabajo decidido unilateralmente por la empresa. El ministro de Trabajo, Carlos Tomada, ejemplificó su alcance en conferencia de prensa: “si a un empleado con horario de 8 a 14 horas le dicen de un día para otro que su horario será en el futuro de 14 a 20 horas, podrá recurrir a una instancia de mediación judicial”, explicó. Otro ejemplo es el del empleado de una sucursal que es transferido a otra a varios kilómetros de distancia. Antes, la única alternativa era darse por despedido y reclamar la indemnización. La nueva ley apunta a garantizar el puesto de trabajo mientras negocia las condiciones laborales. La norma no incluye cambios en las condiciones de trabajo de carácter general: por ejemplo, si por un cambio tecnológico toda un área dentro de la empresa debe modificar su horario o lugar de trabajo. Pese a que los empresarios reclamaban el veto presidencial, éste nunca llegó.
El estado de situación de los proyectos es el siguiente:
- Topes indemnizatorios por despido: Consta de dos partes. Por un lado, los mínimos indemnizatorios: hasta 1998 rigió, para un trabajador que superaba el período de tres meses, una indemnización mínima de dos sueldos. Desde entonces, es sólo un sueldo. La contrarreforma ya tiene dictamen favorable en la comisión de Diputados para restablecer los dos salarios.
El otro punto se refiere a los máximos para las indemnizaciones de los empleados jerárquicos. La reforma del ’91 determinó que la indemnización por despido (un salario por cada año de antigüedad) tenía como tope tres salarios promedio del convenio colectivo del sector. La norma fue declarada inconstitucional por la Corte Suprema en el caso “Vizzoti contra (la obra social) Amsa”. El ejecutivo ganaba mucho más que tres veces el salario promedio del convenio de comercio. El tribunal estableció que el tope debía ser del 67 por ciento del salario de Vizzoti y desde entonces los jueces laborales aplican esa jurisprudencia. Los diputados del oficialismo pretenden eliminar el techo fijado en el ’91.
- Ley de riesgos del trabajo: Circulan varios proyectos, como el que presentó ayer un grupo de diputados radicales. Pero Recalde dice que no se tratará ninguno en Comisión a la espera de que el Gobierno defina el suyo. Es, sin duda, el tema más sensible. La ley de los ’90 que creó las ART disminuyó de manera escandalosa las indemnizaciones por accidentes. “En los ’90, una muerte en la Argentina valía 55.000 pesos, mientras que en una automotriz en Estados Unidos pagaban 300.000 dólares por el daño moral de un acoso sexual leve”, no se cansa de repetir Recalde. Como sea, la Corte Suprema dictó tres inconstitucionalidades sobre la ley: por el listado de enfermedades, por la obstrucción de ir a juicio, y por el pago en cuotas de la indemnización. En el Gobierno reconocen que las indemnizaciones quedaron muy “baratas”, pero no están convencidos de dejar abierta la puerta para que el trabajador haga un juicio civil por daños y perjucios. La queja de los empresarios es que esta alternativa potenciaría la industria del juicio.
- Prescripción: Hasta hoy el trabajador puede accionar legalmente contra el empleador hasta dos años después de que le fuera conculcado un derecho (no pago de vacaciones, rebaja unilateral de sueldo, no liquidación de horas extras, etcétera.). El proyecto apunta a extender la prescripción hasta tres años desde que cesa el contrato laboral. Por despido, la prescripción seguiría siendo la misma: dos años.
El resto de las reformas no lucen muy revolucionarias:
- Certificado de servicios: Hoy es derecho del empleado solicitar un certificado de trabajo y de aportes previsionales sólo al final de la relación laboral. El proyecto es que pueda solicitarlo una vez al año. Un administrativo puede consultar en la web de la Afip, o en su AFJP, si la empresa le efectúa los aportes previsionales. Pero para un obrero de la construcción no es tan sencillo.
- Preaviso: Se mantiene el preaviso por despido vigente (un mes hasta cinco años y dos meses para trabajadores más antiguos). Si el empresario no avisa debe pagarlo simple, pero a los efectos previsionales se considera como tiempo de servicio.
- Indisciplina: Se pretende incorporar el “derecho a ser oído” para acotar la discrecionalidad para aplicar suspensiones y disminuir la litigiosidad.
En los últimos días la Unión Industrial consideró a puertas cerradas rechazar públicamente con declaraciones altisonantes la contrarreforma. El argumento es conocido: el aumento de costos laborales pone en riesgo la creación de puestos de trabajo. En octubre de 1933, el Boletín de la UIA salió al cruce de la ley 11.729 alertando sobre el peligro de cierre de miles de fábricas. Esa ley fijaba la jornada laboral de 8 horas.
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