La Justicia multó al hipermercado Carrefour y a un frigorífico local por comercializar “pernil de cerdo” como “jamón cocido” o “paleta” para la elaboración de sandwiches. La medida, adoptada por la Sala A de la Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico, ratificó la multa de 30.000 pesos que impuso la Dirección Nacional de Comercio Interior de la Secretaría de Coordinación Técnica, a dicha cadena comercial y al frigorífico Honduras Friho “en razón de haberse comprobado que tenían en venta productos rotulados de manera que no correspondían a la designación empleada”. Al constatarse la infracción a la ley de lealtad comercial, Carrefour dijo, en su descargo, que “en el Código Alimentario Argentino no se encuentra definición alguna de pernil de cerdo” y que “en ningún momento se intentó utilizar una denominación más atractiva para esos productos”. Por su parte, el frigorífico dijo que “produce para terceros y no comercializa”, por lo cual “no tiene interés en llamar ‘jamón’ a un fiambre para incrementar la venta del producto”. Sin embargo, la Justicia desoyó esos argumentos y confirmó la multa al sostener que la maniobra era “idónea para inducir a error a potenciales consumidores”.
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