Dom 28.05.2006

EL PAíS  › PROYECTOS PARA EVITAR OTROS “PATTIS” EN EL CONGRESO

Para no hablar más del tema

› Por Adriana Meyer

El día después de la impugnación del represor Luis Patti no pocos reiteraron la necesidad de pensar mecanismos para prevenir que alguien sospechado de haber cometido delitos de lesa humanidad aspire o acceda a cualquier cargo público. En la Cámara de Diputados hay dos proyectos de ley que buscan eso e incluso algunos legisladores mencionan la posibilidad de modificar las cartas orgánicas de los partidos políticos. “La idea es que nunca más tengamos que discutir un tema como el de Patti en la Cámara”, explicó a Página/12 la diputada radical Silvana Giudici, autora de una de las iniciativas. La otra pertenece a la arista Marcela Rodríguez y apunta a prohibir que los represores participen de contiendas electorales. “La Cámara tiene facultades para hacer lo que hizo (con Patti), pero se podría tratar de que no lleguen a ser candidatos para evitar la frustración de la gente”, comentó Rodríguez a este diario.

El proyecto de esta diputada del ARI pretende modificar la ley de Partidos Políticos, agregando al artículo 33 que no podrán ser candidatos a cargos electivos o ejercer cargos partidarios “las personas contra las que existan pruebas suficientes de participación en violaciones graves de los derechos humanos que puedan implicar crímenes de lesa humanidad”. Con el acompañamiento de los justicialistas Juan Manuel Urtubey y Patricia Fadel, la socialista Silvia Augsburger, y los aristas Elsa Quiroz y Eduardo Macaluse, la iniciativa está en el orden del día de la próxima reunión de la comisión de Asuntos Constitucionales de Diputados.

En los fundamentos, Rodríguez explicó que a partir de la incorporación de los numerosos tratados internacionales de derechos humanos a la Constitución, con la reforma de 1994, el Estado se comprometió no sólo a respetar la vigencia de los derechos fundamentales, sino también a “prevenir, sancionar y erradicar este tipo de conductas”. La legisladora aclaró que no es su intención “intervenir efectuando un control de calidad de quienes pueden ser electos por voto popular, ni evaluar modelos de virtud personal, sino explicitar en la ley esta inhabilidad moral, que contraría el derecho de gentes y los tratados internacionales que repudian los crímenes de lesa humanidad”.

Tal como argumentó la diputada Elisa Carrió en el recinto, existen dos teorías en materia constitucional. Una de ellas es la “decisionista” de Carl Schmitt, que sostiene que la decisión de la mayoría está por encima de toda otra decisión, de la Ley, de la Constitución y de los derechos humanos. Es la teoría que dio fundamento a la victoria de Adolf Hitler en Alemania. La otra es la del Estado de Derecho, según la cual hay derechos inalienables e imprescriptibles que están fuera de la regla de la mayoría. “Esto implica que ni siquiera mediante una reforma constitucional podría derogarse la prohibición de la esclavitud, ni establecerse, por ejemplo, la pena de muerte”, ejemplificó Rodríguez en su proyecto. “El pueblo no puede decidir absolutamente todo por mayorías, porque previo a eso se debe garantizar un núcleo de derechos humanos llamados ius gentium”, agregó.

La Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, de jerarquía constitucional, establece que no se admitirán privilegios ni inmunidades en los procesos contra los presuntos responsables de los hechos constitutivos de desaparición forzada de personas. Por lo tanto, la diputada estimó que “la incorporación al Congreso Nacional de quienes se encuentren seriamente comprometidos en violaciones graves a los derechos humanos constituiría una clara violación a este principio, dado que permitiría la concesión de inmunidades especiales”. En el caso de Patti, si hubiera accedido a su banca habría obtenido con ella los fueros protectivos ante eventuales nuevas citaciones en las causas en las que está involucrado, tales como Cambiasso-Pereyra Rossi o Gonçalves. Todos éstos son los principios que impidieron que asumieran tanto el genocida tucumano Antonio Domingo Bussi como el torturador Patti. Pero Rodríguez entendió que, sin perjuicio de reconocer la atribución de ambas cámaras para ser jueces de los títulos de sus miembros, “es apropiada la incorporación al texto normativo de este impedimento de manera que la ciudadanía no concurra a elegir a un candidato que luego no podrá asumir su banca, con la consiguiente frustración que esto pudiera ocasionar en quienes concedieron su voto al candidato luego impugnado”. La diputada concluyó que “es el propio sistema democrático el que se pretende defender con normas como la presente, que prohíbe a quienes hayan atentado contra el mismo sistema formar parte de sus órganos fundamentales”.

Desalentar represores

La diputada radical Silvana Giudici tuvo un rol destacado en el reciente proceso de impugnación de Patti, cuando intentó modificar la que terminó siendo una posición favorable al represor de la mayoría de su partido. Sin embargo, ya había presentado un proyecto de ley de modificación a la ley de Etica Pública. “Si hay una ley que dice que no pueden asumir, los desanimaría a presentarse”, razonó Giudici en diálogo con Página/12. Durante la reforma constitucional del ’94, el artículo 36 estableció la necesidad de crear la ley de Etica Pública, y si bien el espíritu de los constituyentes fue intentar prevenir situaciones como las de Patti o Bussi, cuando nació esa norma quedó centrada sólo en temas de corrupción.

En la búsqueda de una “herramienta de fondo” para establecer “qué hacer con los represores confesos o los colaboracionistas civiles enquistados en el seno de la democracia”, Giudici consideró necesario cubrir un vacío de la ley de Etica Pública. Y en tal sentido propuso incorporar a la misma “un articulado que inhabilite para el ejercicio de la función pública a quienes cometieron delitos conexos asociados a la etapa del terrorismo de Estado, con antecedentes penales, procesos judiciales o denuncias mediante prueba fehaciente por algún órgano de los poderes del Estado y/o por organismo de derechos humanos, como asimismo quienes hubieren colaborado con ellos en la consecución de sus fines delictivos”. El proyecto que presentó es reproducción del que elaboró la diputada con mandato cumplido Margarita Jarque, que había perdido estado parlamentario. Su virtud es que no se limita a bloquear futuros diputados vinculados con la represión, sino a aspirantes a un cargo en cualquiera de los tres poderes del Estado.

Giudici destacó como antecedentes la remoción del primer Procurador del Tesoro, Carlos Sánchez Herrera, luego de que Página/12 revelara que era abogado del represor Juan Bautista Sasiaiñ, o del comisario de Santiago del Estero Musa Azar, de frondoso prontuario en la Conadep, quien cayó en desgracia con el escándalo posterior al crimen de La Dársena.

Ahora bien, más allá de las buenas intenciones de los proyectos tendientes a establecer una suerte de “legislación preventiva”, la Justicia maneja sus propios parámetros. Hasta ahora, cuando la justicia electoral tuvo que pronunciarse en estos casos lo hizo ajustándose al Pacto de San José de Costa Rica, según el cual la limitación de los derechos políticos de los ciudadanos debe darse ante una condena penal. El escollo de fondo que podrían afrontar estas iniciativas parlamentarias está dado precisamente en no vulnerar la presunción de inocencia. Si el objetivo es bloquear la candidatura política de un acusado por delitos de lesa humanidad que aún no tenga condena, habrá que encontrar alguna nueva fórmula dentro del ámbito de la valoración política, un poco más amplio que la estricta aplicación del código electoral, inicuo para frenar represores. De todos modos, si el recientemente impugnado Patti hubiera sido cuestionado antes de la oficialización de su candidatura, existía la posibilidad de que lademora del proceso judicial frustrara la misma. Y evitara así que se victimizara como “diputado electo”.

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