La Corte Suprema confirmó la condena a un mes de prisión en suspenso contra el periodista Tomás Sanz, que había sido querellado por calumnias por Eduardo Menem. El ex senador se consideró agraviado por el contenido de una nota publicada en la revista Humor, que a la vez reproducía una investigación del semanario uruguayo Brecha sobre supuestas cuentas suyas en el exterior. La condena original contra Sanz había sido ratificada por la Cámara Federal y luego por la propia Corte. Pero luego sus abogados reclamaron la prescripción del caso, el juez hizo lugar y lo sobreseyó, de ahí que el tema volviera al máximo tribunal. Al revisar el caso la mayoría de los ministros sostuvo que el magistrado que dio por extinguida la acción penal “carecía de jurisdicción” para hacerlo. Fue la postura de Enrique Petracchi, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Carmen Argibay y el conjuez Alejandro Uslengui. Se pronunciaron en disidencia Raúl Zaffaroni, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti. Ellos argumentaron que “el juez encontró razones suficientes para plantear la prescripción” y “no existiría jurisdicción para arribar a una condena”. Advirtieron que por ser “una causa vinculada con la libertad de prensa excede el interés de las partes” y cuestionaron que “lleva más de trece años en trámite”.
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