Dom 05.11.2006

EL PAíS  › EL DEBATE POR LA ORDEN DE DETENCION DEL GABINETE DE ISABEL PERON

Qué hay detrás del pedido de captura de Isabelita

La medida de un juez de Mendoza contra la ex presidenta, Carlos Ruckauf y Antonio Cafiero avivó la polémica sobre la responsabilidad de quienes firmaron los decretos de “aniquilamiento” de 1975. Algunos juristas creen que acusarlos es un avance. Otros dicen que es alinearse con las excusas que usan los represores.

› Por Irina Hauser y
Victoria Ginzberg

La decisión de un juez federal de Mendoza de ordenar la detención de María Estela Martínez de Perón y sus ministros por la desaparición de Héctor Aldo Fagetti Gallego, ocurrida antes del golpe militar, generó reacciones variadas e instaló un debate. Algunos juristas e integrantes de organismos de derechos humanos creen que es positivo que se acuse penalmente a quienes firmaron los decretos de aniquilamiento de 1975, antesala del terrorismo de Estado. Otros advierten que esa medida puede estar alineada con los argumentos que usan los represores para negar su responsabilidad en los crímenes, como lo hicieron en el Juicio a las Juntas. Y hay quienes ponen en duda que de aquellos decretos hubiera surgido una orden para instrumentar un plan criminal.

El jueves último la Justicia pidió por primera vez la detención de Isabelita y de casi todos los que la acompañaron en su presidencia. El juez mendocino Raúl Héctor Acosta planea indagarlos por la desaparición de Fagetti Gallego, en febrero de 1976. La resolución abarca a Italo Argentino Luder, por entonces presidente provisional del Senado, Carlos Ruckauf, quien era ministro de Trabajo y Antonio Cafiero, ex ministro de Economía. Ellos y varios otros ex funcionarios quedaron imputados por haber firmado los decretos 2070/71/72 en los que se llamó a las Fuerzas Armadas a “aniquilar el accionar de los elementos subversivos”.

Apenas se conoció la decisión del juez, la titular de Madres de Plaza de Mayo, Hebe de Bonafini, dijo que le parecía “espectacular” porque apunta a “una parte de la historia tapada, negra, oscura, donde empezó el horror”. Mabel “Tati” Almeida, de Madres Línea Fundadora, cuyo hijo Alejandro desapareció en junio de 1975, confesó una “tremenda emoción” y graficó: “Es la punta del ovillo”. “Esta palabra tremenda que es ‘desaparecido’ ya la empezábamos a usar las madres antes del golpe militar”, recordó Almeida.

El abogado Rodolfo Yanzón, de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, alienta “que se avance sobre las responsabilidades que pueden haber tenido los integrantes del gobierno de Isabel Perón en la represión previa al 24 de marzo de 1976, fundamentalmente en Tucumán”, donde se inició la intervención del Ejército con el primer decreto de aniquilamiento. Pero a la vez el letrado sugiere tener en cuenta que “algunos militares suelen admitir que todo lo que ocurrió durante la dictadura realmente ocurrió, los centros clandestinos, las torturas, las desapariciones y las muertes, diciendo que fue dentro de la legalidad de los reglamentos militares y los decretos de Isabel Perón”. “No descarto –advierte Yanzón– que la decisión del juez Acosta, a quien denuncié por haber participado en apremios ilegales contra un detenido, se trate de una operación tendiente a forzar el debate que quieren los militares.”

El juez Acosta tuvo pedidos de juicio político ante el Consejo de la Magistratura. Fue, además, testigo propuesto por el banquero Raúl Moneta ante el jury que terminó en la destitución del juez federal Luis Leiva, quien había investigado el vaciamiento del Banco de Mendoza.

“Al gobierno de Isabelita le cabe una responsabilidad y que se lo juzgue es parte de un proceso histórico, va más allá del juez”, evalúa Carlos Slepoy, quien impulsa en España las causas por los crímenes del terrorismo de Estado en Argentina. “Con los decretos se ordenó la intervención de las Fuerzas Armadas, que contaban con un poder absoluto, pero el plan criminal ya estaba diseñado desde antes. Es patético que los militares quieran escudarse en esos decretos, no justifica su accionar”, agrega el abogado.

Años atrás, Slepoy pidió al juez español Baltasar Garzón que citara a Isabel Perón a declarar como imputada. La ex presidenta fue convocada en 1997, pero como testigo. La situación generó un gran revuelo, igual que el testimonio mismo de la viuda de Perón. Le dijo al magistrado que había llegado a la presidencia por mandato de Dios y que no decidía por sí misma, sino que le ordenaban lo que tenía que hacer. Al represor Emilio Massera lo definió como una excelentísima persona.

Gastón Chillier, director del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), destaca que “los jueces que investigan la desaparición forzada de personas tienen la responsabilidad de realizar investigaciones serias que no banalicen los principios de imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad, que está claro que los hubo antes del golpe”. “Pero en el caso puntual de Mendoza –define el experto– no comparto la idea de que el decreto de aniquilamiento significara una orden del Estado para matar y desaparecer personas, sino más bien para limitar o destruir la capacidad de las organizaciones guerrilleras. Habría que demostrar la causalidad entre el decreto y el caso particular.”

“Me parece absurdo interpretar los famosos decretos como una orden para instrumentar un plan criminal”, dice Ricardo Gil Lavedra, ex camarista del Juicio a las Juntas. “Era un gobierno civil débil, que no controlaba a las Fuerzas Armadas. Que le hizo numerosas concesiones para ‘combatir la subversión’ pero no tenía dominio sobre esos sucesos. Sostener que tiene responsabilidad en el terrorismo de Estado es peculiar, lo que no quiere decir que durante ese gobierno no se sucedieran hechos de ese tipo. Operaba la Triple A, el primer vestigio del terrorismo de Estado”, analiza el jurista. “Hubo responsabilidad política –dice Gil Lavedra– pero sólo se podría hablar de responsabilidad jurídica si supieron que la firma de los decretos era la llave para la represión ilegal.”

El ex camarista recuerda que “durante el Juicio a las Juntas se discutió qué significaba aniquilar” y apunta que “es una terminología militar que no implica el aniquilamiento físico”. “En el juicio, los militares decían que habían sido mandados por el gobierno que derrocaron, pero está claro que el plan lo implementaron las Fuerzas Armadas”, concluye.

Si los decretos de Isabelita aludían a aniquilar el “accionar” de organizaciones o a aniquilar “a las personas” es, a entender del secretario de Derechos Humanos bonaerense, Edgardo Binstock, una discusión absurda. “No veo la diferencia, y si hubiera querido establecerla hubieran hablado de neutralizar, por ejemplo. Esto se debe analizar en el marco de un contexto de época”, advierte el funcionario. Binstock ve con buenos ojos que “la Justicia cite a quienes considere necesario para analizar esta situación, que de ningún modo debe ser un justificativo para los militares”. Pero considera también que “todavía falta una reflexión autocrítica de peronistas y radicales sobre aquel período”.

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