EL PAíS › UN PROYECTO INSTAURA LA VIOLENCIA PSICOLOGICA ADEMAS DE LA FISICA
Una iniciativa en la Cámara de Diputados propone que las mujeres puedan denunciar a cualquier hombre y no sólo a cónyuges o concubinos como ahora. Incluye como maltratos los celos excesivos, chantajes y humillaciones. Y fija indemnizaciones a las víctimas.
› Por Mariana Carbajal
Un avance significativo en la lucha contra la violencia hacia las mujeres dará la Cámara de Diputados al aprobar un proyecto de ley, que cuenta con el respaldo de todas las bancadas y cuyo debate está previsto hoy en la Comisión de Justicia y podría llegar al recinto antes de fin de año. La iniciativa amplía la definición de violencia e incluye entre las conductas que podrán denunciarse aquellas que ocasionen daño emocional y disminuyan la autoestima, como tratos humillantes y vejatorios, vigilancia constante o frecuente, celos excesivos, intimidación o chantaje. Las mujeres podrán pedir protección judicial frente a actitudes violentas de novios o ex novios –actualmente las denuncias se limitan a cónyuges o concubinos–. Entre otras novedades, prevé que el juez pueda ordenar, en la sentencia, que el agresor indemnice los daños causados a la víctima por el maltrato, como gastos de mudanza, legales, médicos, psicológicos, de alojamiento, reparaciones de la propiedad, y también lucro cesante. Si el agresor no cumple las medidas ordenadas por el magistrado para proteger a víctima, se le podrán imponer multas a favor de la víctima o su conducta violenta podrá ser dada a conocer en su lugar de trabajo, o en el gremio o la asociación profesional a la que pertenezca.
El proyecto de ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres ya tiene dictamen de la Comisión de Familia. Es una propuesta de la diputada del ARI Marcela Rodríguez, que viene batallando por la sanción de esta normativa desde 2002. La kirchnerista Juliana Di Tullio es otra de las diputadas que impulsan la sanción.
Desde el 8 de marzo último, Día Internacional de la Mujer, tiene preferencia para ser votada en el recinto una vez que finalice su tratamiento en comisiones. Después de la de Justicia, al proyecto le queda pasar por Presupuesto y Hacienda.
El texto en discusión mejorará la ley nacional 24.417 de violencia doméstica (de 1994, reglamentada en 1996) que tiene varios aspectos cuestionados por especialistas en el tema: en primer lugar su abordaje, ya que considera la situación de violencia como un conflicto familiar y no como una violación de derechos humanos. La iniciativa de Rodríguez apunta a proteger a las mujeres. En la práctica, propone dar cumplimiento a las obligaciones asumidas por el Estado al suscribir la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, que en el país es ley nacional.
“Uno de los mayores avances de esta convención se manifiesta en su propio nombre, al establecer que se aplica a la violencia contra las mujeres. La característica principal de la violencia de género es, precisamente, que se inflige a las mujeres como y por ser tales y que se relaciona básicamente con el sistema social de jerarquías y subordinación entre los sexos. La convención, a diferencia de las legislaciones nacionales que se refieren a esta temática en América latina y el Caribe, ha rechazado la utilización de un lenguaje neutral en términos de género y determinó claramente quiénes son las víctimas que requieren protección, así como las causas sociales de la violencia contra las mujeres, partiendo de la realidad social de desigualdad de poder entre varones y mujeres. Entiende que la eliminación de la violencia contra las mujeres es condición indispensable para su desarrollo individual y social y su plena e igualitaria participación en todas las esferas de la vida”, señalan los fundamentos de la iniciativa.
El Ministerio del Interior está elaborando paralelamente un proyecto de ley de violencia familiar complementario, bajo la supervisión de la psicoanalista Eva Giberti, que contempla el maltrato infantil, a ancianos y a personas con discapacidad además de la violencia conyugal.
El proyecto de Diputados tiene varios aspectos novedosos. Por un lado, amplía la definición de violencia y entre ellas incluye la violencia psicológica, a la que considera como “toda conducta que directa o indirectamente, sea por acción u omisión, ocasione daño emocional, degrade o controle las acciones, comportamientos, creencias y decisiones de las mujeres, disminuya la autoestima, perjudique o perturbe el sano desarrollo; tales como las conductas ejercidas en deshonra, descrédito o menosprecio al valor personal o dignidad, tratos humillantes y vejatorios, vigilancia constante o frecuente, aislamiento, amenaza de alejamiento de los hijos, celos excesivos, burla, desvalorización, crítica permanente, ridiculización, indiferencia, abandono, hostigamiento, acoso, intimidación y/o chantaje u otras conductas análogas”.
En todos los casos, las causas tramitarán en el fuero civil, en los tribunales de familia. En lo referente a las modificaciones al procedimiento judicial, la ley tendrá vigencia en la ciudad de Buenos Aires y las provincias podrán aprobar su adhesión.
Además, el proyecto crea el Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y Asistencia a las Víctimas en el ámbito del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales, que será su autoridad de aplicación, pero que desarrollará sus objetivos en forma coordinada con el Consejo Nacional de la Mujer y otros ministerios como el de Desarrollo Social y el de Educación. Sus funciones son extensas, entre otras:
- Asistir, por un lado, a las víctimas y, por otro, promover la sanción social y la reeducación de los victimarios.
- Impulsar la capacitación de funcionarios y agentes públicos que intervengan en el tratamiento de los hechos de violencia contra las mujeres.
- Promover campañas de divulgación e información para sensibilizar a la población e informar sobre los recursos que el Estado garantiza a las víctimas.
- Recabar información y producir informes estadísticos (hoy inexistentes) fiables respecto de esta temática.
- Fomentar la igualdad de oportunidades y promover la autonomía de las mujeres.
- Celebrar convenios con el fin de facilitar líneas de créditos destinadas a mujeres víctimas de violencia.
“La importancia fundamental de este proyecto radica en que dice con precisión clara qué hechos configuran violencia, para que no haya dudas, y las mismas mujeres que la sufren sepan que pueden denunciarlas. La naturalización de la violencia ha hecho que no siempre las mujeres puedan identificar esas conductas como generadoras de violencia. Esta función educativa de la ley es clave. Pero además establece políticas públicas para prevenir la violencia contra las mujeres, asistir a las víctimas y modificar patrones socioculturales”, destacó la diputada Rodríguez, en diálogo con Página/12. “La cantidad de muertes de mujeres en manos de conocidos, en el marco de relaciones interpersonales, es mucho mayor que el número de muertes de mujeres por delitos callejeros o desconocidos. Muchas de estas muertes podrían evitarse con políticas públicas y respuestas judiciales adecuadas”, agregó la legisladora, que se especializó en la temática cuando dirigió el Centro de la Mujer del municipio de Vicente López y desarrolló en ese ámbito un modelo de asistencia y tratamiento a víctimas de violencia que recibió múltiples reconocimientos.
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