El vicepresidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Florentín Meléndez, habla sobre la prevista desaparición del fuero militar y las reformas disciplinarias de las Fuerzas Armadas.
› Por Victoria Ginzberg
El salvadoreño Florentín Meléndez es vicepresidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA y es el encargado del seguimiento de los casos denunciados en ese organismo sobre Argentina. Además, es el relator de las Personas Privadas de Libertad en las Américas. Hace unos días estuvo en el país para dar una conferencia y visitar varias cárceles porteñas y de la provincia de Buenos Aires. Uno de los temas por los que se interesó fue la reforma del Código de Justicia Militar, que el gobierno impulsó en base a una presentación en la CIDH pero que, a diferencia de lo que estaba previsto, no fue tratado este año en el Congreso. “De ser aprobada, representaría un avance muy importante en materia de justicia militar ya que se trata de una revisión integral”, aseguró a Página/12. La iniciativa elaborada en el Ministerio de Defensa ya pasó por Justicia y está actualmente en el despacho del Presidente.
–¿Cuál es su opinión sobre el proyecto de reforma del Código de Justicia Militar elaborado en base a una solución amistosa en la CIDH?
–Preferiría no opinar sobre el contenido preciso de las reformas, pero sí puedo comentar que van en la dirección correcta, y que de ser aprobadas representarían un avance muy importante en materia de justicia militar ya que se trata de una revisión integral de la normativa penal militar. De todas formas, tenemos que esperar la redacción final del texto aprobado por el Congreso.
–Estaba previsto que la iniciativa fuera enviada al Congreso en octubre y aprobada este año, pero eso no ha ocurrido, ¿qué cree que pudo demorar el tratamiento del proyecto?
–No tengo elementos que me permitan pensar que no hay voluntad política. Los funcionarios de gobierno entrevistados, entre ellos, la ministra de Defensa, nos manifestaron la voluntad de hacerlo. Esperamos que cuanto antes el proyecto sea enviado al Congreso para su discusión y aprobación.
–¿Cómo funciona la Justicia militar en otros países de la región?
–No opera de igual forma en todos los países. Depende de la situación que se vive en cada país y del poder o incidencia política que tenga todavía la institución armada en los respectivos países. En los últimos años las Fuerzas Armadas de la región se han ido transformando, y se han ido modernizando sus leyes, su doctrina, las instituciones y los mecanismos legales y disciplinarios, como la jurisdicción penal militar.
–¿En qué países se hicieron reformas de este tipo?
–En mi país, El Salvador, por ejemplo, se hizo una transformación legal de la institución armada, así como de su doctrina militar, apegada al irrestricto respeto de los derechos humanos. Esto se produjo en el contexto del proceso de negociación y del proceso de paz firmado en 1992, con la asistencia, mediación y supervisión de las Naciones Unidas. Como consecuencia de ello, por ejemplo, se revisó y adecuó la doctrina militar, así como la enseñanza y formación militar en las escuelas militares; se prohibieron los tribunales de excepción; se limitó el juzgamiento de civiles sólo a la jurisdicción ordinaria civil y no a la militar; se establecieron algunas reformas y excepciones en materia de obediencia jerárquica; pero se postergaron importantes reformas. En algunos países se conservan todavía resabios de modelos de justicia penal militar fuera del marco del debido proceso legal y de manera paralela a la Justicia ordinaria del Estado. La jurisprudencia del sistema interamericano de derechos humanos ha incidido en los cambios en la justicia militar en el continente, así como también han incidido favorablemente importantes fallos judiciales como el adoptado en Argentina por la Corte Suprema de Justicia sobre la responsabilidad por graves violaciones de los derechos humanos del pasado.
–¿Cómo quedaría comparativamente Argentina en la región si se produce la reforma prevista?
–Representaría un avance sustantivo en la modernización legislativa del país, sirviendo, incluso, de referente para otros países que pueden tomar las reformas de Argentina como modelo a seguir para modernizar las Fuerzas Armadas y sus instituciones, pero de manera especial para modernizar la jurisdicción penal militar.
–¿Es común que las sanciones disciplinarias se castiguen con multas que impliquen dinero, como plantea la reforma?
–Los Estados pueden perfectamente disponer por “ley” de medidas o sanciones que consideren pertinente aplicar en las infracciones penales o disciplinarias, ya sea en el ámbito civil o militar. Entre ellas están las medidas pecuniarias, como las multas, o las medidas de privación de libertad, entre otras. Las sanciones disciplinarias pueden aplicarse, pero no en los casos de delitos graves y de violaciones de los derechos humanos. No existiría proporcionalidad si se sanciona con multas estos graves hechos, especialmente si se trata de crímenes de lesa humanidad. Lo importantes es que ningún tipo de delitos o violaciones de derechos humanos quede impune, y sin reparación a las víctimas.
–¿Qué otros temas presentados ante la CIDH están en proceso de solución amistosa con Argentina?
–Estamos conociendo actualmente muchos casos contra Argentina y en el marco de algunos de ellos se están desarrollando procesos de diálogo y solución amistosa entre las partes, entre el gobierno nacional, los gobiernos de provincias, los peticionarios o denunciantes y las víctimas. No puedo entrar en detalles pero sí puedo manifestar que en varios casos estamos avanzando en el diálogo y el entendimiento entre las partes. Pero en muchos otros casos no se observan avances significativos, lo cual nos plantea la necesidad de seguir profundizando los procesos de diálogo o de avanzar con la posibilidad de llevar estos casos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Durante la reciente visita tuvimos, entre otras, reuniones de trabajo sobre los casos de la AMIA, la penitenciaría de Mendoza y los menores condenados a penas perpetuas.
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