Jue 28.12.2006

EL PAíS  › EL CONJUEZ DE LA CAUSA DE RIO TERCERO FUE APARTADO DEL CASO

Por haber sido juez y parte

La decisión no tiene que ver con el fallo que sobreseyó a los militares procesados por la voladura de la Fábrica Militar, sino por su actuación de dos causas conexas. Allí Diego Estévez fue denunciante, instructor y sentenciante. El conjuez dijo estar “sorprendido”.

› Por Camilo Ratti
Desde Córdoba

Por una mayoría de cuatro a uno la Cámara Federal de Córdoba decidió apartar de todas las causas en que venía interviniendo al conjuez federal Diego Estévez. La decisión no tiene que ver con el fallo que sobreseyó a seis militares procesados por la voladura de la Fábrica Militar en noviembre de 1995, sino por irregularidades cometidas en dos causas conexas. “Se excedió en su competencia desde el punto de vista administrativo, interviniendo en causas que no correspondían al marco de su actuación y en las que a su vez él era parte, afectando el principio de imparcialidad de los jueces”, dijo Luis Rueda, uno de los cinco camaristas y presidente del Tribunal que decidió remitir todo lo actuado a la jueza federal subrogante de Río Cuarto, Clara Curtino. En lo referido al polémico fallo de Estévez en la causa principal, será la Sala A de esta Cámara Federal la encargada de revisar dicha sentencia, luego de que fuera apelada por el fiscal Stornelli y la querellante Ana María Gritti.

Salvo el camarista Ignacio Vélez Funes, que votó en disidencia, Luis Rueda, su presidente, Alejandro Mosquera, Humberto Aliaga Yofre y Gustavo Becerra Ferrer resolvieron apartar al conjuez federal de Río Cuarto, Diego Estévez, de todas las causas en las que venía trabajando sobre la explosión de la Fábrica Militar de Río Tercero, ocurrida el 3 de noviembre de 1995, que desde hoy mismo serán remitidas a la jueza federal subrogante de la misma ciudad, Clara Julia Curtino, para que continúe la investigación de la causa que tendrá al Estado Nacional como nuevo querellante.

“Me he enterado a través de los medios y debo decir que estoy un poco sorprendido”, aseguró Estévez luego de conocer el fallo. “Se ha metido mucho la política en este caso y ha tenido injerencia directa e inapropiada”, afirmó el cuestionado abogado que, sin embargo, se mostró respetuoso de la decisión de la Cámara. “Intimamente me siento tranquilo y satisfecho. Mi labor puede estar concluida y, si es así, regresaré a mi profesión de abogado”, completó.

Con distintos fundamentos, los cinco camaristas destacaron que la decisión no tenía ninguna relación con el polémico fallo de Estévez, que sobreseyó a los militares imputados en la voladura, que cambió de “intencional” a “accidental” la carátula de la misma y que contenía citas del sitio de Internet rin

condelvago.com. El motivo del apartamiento se relaciona con distintas irregularidades cometidas en dos causas conexas para las cuales no tenía competencia. En el expediente “Felici” actuó como denunciante, instructor y sentenciante.

“Ha obrado en abierta colisión con principios liminares del procedimiento en materia penal, contraviniendo reglas elementales de la prudencia que debe regir el desempeño jurisdiccional. Y si bien las irregularidades no acontecieron en la causa madre, la conducta de Estévez demuestra un claro inconveniente para seguir como juez instructor en un proceso de tanta complejidad y trascendencia”, sostuvo Rueda en su voto. Los otros tres camaristas que votaron su apartamiento (Aliaga Yofre, Mosquera y Becerra Ferrer) también sostuvieron que Estévez actuó como denunciante, instructor y luego sentenciante en una causa en la cual “se cuestionó una declaración testimonial que puede ser de magnitud para el esclarecimiento de los hechos de la causa principal”.

El criterio de los cuatro camaristas hace mención a la “imparcialidad” que debe garantizar un magistrado. “Corresponde que, en cada una de las manifestaciones funcionales y sociales, se asuma una actitud de imparcialidad, trasuntando en todo momento una efectiva equidistancia respecto de las partes en los proceso”, reza una parte del voto de Rueda.

La revisión pendiente –se hará el año que viene– de la sentencia de Estévez fue lo que llevó a votar en disidencia a Vélez Funes. El juez, que intervendrá en la causa como camarista, señaló que se encontraba “impedido constitucional, legal y moralmente de juzgar la actuación de Estévez porque eso implicaría ‘prejuzgamiento o adelanto de opinión’”.

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