Mar 16.10.2007

EL PAíS  › EL EX ARZOBISPO STORNI, PROCESADO POR ABUSO SEXUAL, COBRA DEL ESTADO UNA JUBILACION DE PRIVILEGIO

Una pequeña ayuda de siete mil pesos por mes

Renunció en 2002 al Arzobispado de Santa Fe tras ser denunciado por abuso sexual de un seminarista. Desde entonces, cobra una asignación vitalicia basada en un decreto de Videla. Pero su caso ni siquiera encuadra en esa norma: no tiene los 75 años exigidos ni dejó el cargo por “discapacidad”.

› Por Carlos Rodríguez

En los años sesenta, cuando comenzó su actividad pastoral en Santa Fe, el ex arzobispo de esa ciudad Edgardo Gabriel Storni fue director de la publicación oficial de la curia. Hoy, dicen los que lo conocen, tiene un recelo extremo con la prensa en general y con algunos periodistas en particular. Esto, desde que el escándalo por el abuso sexual de un seminarista, caso por el que está procesado y listo para la sentencia, lo obligó a presentar su renuncia al cargo. De todos modos, Storni insiste en ser noticia por cuestiones que nada tienen que ver con el sacerdocio. Vuelve al centro de la escena porque se confirmó que, a pesar de su condición de procesado, recibe una jubilación de privilegio por la que percibe, en forma mensual, una suma de dinero que supera los 7 mil pesos. La norma que hace posible la retribución mensual que recibe Storni fue promulgada por el ex dictador Jorge Rafael Videla y aplicada en los primeros tiempos por su ministro de Economía, José Martínez de Hoz. Además del cuestionable beneficio a un procesado por un delito de índole sexual, el sueldo de Storni es ilegal incluso para las normas de la dictadura: debe aplicarse a los mayores de 75 años, y el cura imputado recién tiene 71.

En tiempos en los cuales el gobierno de turno mantiene una ríspida relación con la Iglesia Católica, de todos modos se mantiene a pie firme, en el Presupuesto nacional, el programa de sostenimiento de Cultos. Por ese rubro, el Episcopado que hoy preside Jorge Bergoglio –férreo opositor al Gobierno– recibe la suma de 16,6 millones de pesos anuales. Con ese dinero se financian, entre otras cosas, los pagos de estas jubilaciones de privilegio. La figura legal del beneficio se llama en realidad “asignación mensual y vitalicia” y fue establecida por la ley 21.540, firmada por Videla el 25 de febrero de 1977. Fue publicada en el Boletín Oficial el 3 de marzo de ese año. Hoy puede leerse en la página oficial de la Secretaría de Culto de la Nación.

El escándalo que involucró a Storni comenzó tras la denuncia por abuso sexual en su contra formulada por el seminarista Rubén Descalzo, luego abonada por el sacerdote José Guntern, que llamó la atención al ex arzobispo por su “serio desliz” y lo llamó a “tomar conciencia sobre la gravedad de sus actos” en una carta privada que luego fue de dominio público y que fue incorporada al expediente judicial. Ante la repercusión que tuvo el hecho, Storni renunció a su cargo el 21 de septiembre de 2002, en una carta enviada desde Roma. Su jubilación fue aprobada, por el secretario de Culto, Esteban Juan Caselli, el 27 de diciembre de ese año. Mientras hay jubilados –cuyo único delito fue trabajar de por vida– que esperan años para que le convaliden un haber previsional muchas veces irrisorio, el trámite de Storni tuvo una rapidez milagrosa.

La resolución firmada por Caselli (ver facsímil), que guarda el protocolo de llamar a Storni “su excelencia reverendísima”, recuerda que la ley 21.540 “tiene como fundamento el mandato de sostener el Culto Católico Apostólico Romano prescripto en el artículo 2º de la Constitución nacional”. En el acto administrativo se asegura que la decisión se ha tomado porque “el recurrente (Storni) ha acreditado los extremos previstos por la norma legal” invocada. La cita es falsa, como lo demuestra la simple lectura del texto de la ley, que en su artículo tercero señala que gozarán de esta asignación los prelados que “acrediten setenta y cinco (75) años de edad o incapacidad, y que hubiesen cesado en sus cargos por alguna de dichas causales”. La incapacidad, queda claro, debe ser física y no por cuestiones legales como las que acechan a Storni.

En el artículo primero de la ley 21.540 se dice que los arzobispos y obispos, al igual que el vicario castrense de las Fuerzas Armadas, tienen derecho a gozar del beneficio de una asignación mensual y vitalicia “por razones de edad o de invalidez”. El monto de ese haber será “equivalente al setenta por ciento (70%) de la remuneración fijada al cargo de juez nacional de primera instancia en el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional”. Lo que se sabe, en concreto, es que Storni recibe más de siete mil pesos mensuales y que el haber es “móvil” y “reajustable” cada vez que “se modifique la remuneración correspondiente al cargo de juez nacional de primera instancia”, tal como lo establece la ley 21.540, en su artículo quinto.

El dinero mensual que el Estado destina al Episcopado fue, en marzo pasado, de 1.391.992 pesos, lo que multiplicado por 12 llega a la cifra anual de 16,6 millones de pesos. El organismo de ejecución de esas partidas es la Secretaría de Culto de la Nación. Además de las cifras mencionadas, es posible la actualización inmediata de las mismas, de ser necesario. Eso es posible merced a las amplias facultades que tiene el Ejecutivo en la materia. Fortunato Mallimaci (ver nota aparte) propone que el tema de las asignaciones especiales a los obispos y arzobispos sea objeto de “una amplia discusión pública”.

Como se dijo, la causa por abuso sexual contra Storni comenzó con la denuncia, en 2002, del seminarista Rubén Descalzo, quien aseguró que había sido abusado sexualmente por su superior. “Me hizo pasar a su departamento, donde sólo había una lámpara encendida. Hablamos mucho y convenció para que fuera. Cuando llegamos a la puerta me abrazó. El abrazo comenzó a prolongarse y me apretó más contra su cuerpo. Colocó su cara en mi cuello y me besó.” La causa, desde ese momento, tuvo muchas idas y venidas, pasó por varios magistrados, hasta que el juez de instrucción Darío Sánchez, recién en 2003, resolvió el procesamiento de Storni, a quien se imputa el delito de “abuso sexual agravado”.

Storni sólo fue sobreseído, hasta ahora, en una causa en la que se lo señalaba como presunto instigador de la coacción denunciada por el sacerdote José Guntern, de 85 años, quien le envió al arzobispo una carta que lo señalaba como presunto autor de otros abusos contra seminaristas.

“Esta no es una carta, sino una confidencia de amigo. Tuviste un serio desliz que afectó a un grupo en plena formación espiritual y humana. No te juzgo ni te condeno, no me corresponde. Sí te sugiero que reflexiones en Cristo y tomes conciencia de la gravedad de tus actos.”

La carta fue escrita por Guntern luego de una conversación que tuvo con el ex seminarista Martín Lascurain, quien le aseguró que durante una estadía estival en Calamuchita, Córdoba, el arzobispo Storni había intentado “besarlo sexualmente”. Guntern reveló la información ante la prensa y una vez enviada la carta fue intimidado en la misma sede del Arzobispado para que se rectificara de sus dichos.

El 22 de agosto de 2002, después de las nueve de la noche, Guntern fue llevado a la sede del Arzobispado. Allí estaban el canciller de la curia Carlos Sacatizza, los vicarios Hugo Capello, Edgard Stoffel y Mario Grassi y Marcelo Mateo, secretario privado de Storni. Allí lo obligaron a firmar una desmentida, en presencia del escribano Chaminoud, amigo del ex arzobispo Storni. El sacerdote firmó la rectificación, pero luego hizo la denuncia por coacción ante el juez Julio César Costa, lo que complicó la situación de Storni, aunque fue sobreseído como presunto instigador de la intimidación. A mediados de este año, la causa contra Storni por abuso sexual fue enviada al juzgado de sentencia y ahora se espera el fallo. En Santa Fe no hay juicio oral y las sentencias son por escrito.

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