EL PAíS › LOS BIENES DE LOS JUECES SERAN MAS ACCESIBLES
El plenario del Consejo de la Magistratura reglamentó ayer los requisitos que se tendrán que cumplir para acceder a las declaraciones juradas de los jueces nacionales y federales. Los datos no se difundirán de manera masiva ni serán publicados en Internet, tal como había propuesto en su iniciativa la consejera Diana Conti.
A pesar de ello, el Consejo aseguraba ayer que luego de esta reglamentación “la regla es la publicidad”. La propuesta de instalar en la web la declaración de bienes de los jueces era resistida por la Asociación de Magistrados. Se oponían a la medida, ya que sostenían que “es incompatible con lo dispuesto en la Ley de Etica Pública, que no contempla ni permite la difusión masiva e indiscriminada del patrimonio de los jueces”.
En verdad, el acceso no será masivo, sino que el interesado tendrá que fundamentar su interés. Luego del pedido formal se podrá tener acceso a la información en un plazo no mayor a los diez días siguientes. El reglamento aprobado ayer establece que el Consejo tendrá que poner en conocimiento del magistrado que existe un pedido para conocer sus declaraciones juradas. La negativa del juez no será vinculante. Luego de esto, el peticionante asumirá la responsabilidad que le corresponderá por el uso indebido de los datos que le serán suministrados.
Tanto la responsabilidad que le cabe a quienes soliciten información de los bienes de los jueces como la difusión de esas declaraciones se basan en la Ley de Etica Pública, una norma sancionada en 1999, cuando transcurrían los últimos días del menemismo. La ley obliga a todo funcionario a presentar su declaración jurada. En el caso de los funcionarios judiciales, el Consejo de la Magistratura es el depositario de esa información.
Los jueces estarán obligados a entregar su inventario patrimonial dentro de los treinta días posteriores a su puesta en funciones o luego de haber dejado el cargo. Entre el 1º de abril y el 31 de mayo de todos los años, los magistrados tendrán que entregar su declaración actualizada. Además del detalle de los bienes, la presentación también tendrá que contener los ingresos que los jueces tienen en el país o en el exterior. El sistema es similar al que rige para todos los funcionarios públicos. Junto con estos requisitos, una vez al año, se realizará una audiencia pública, donde se difundirá toda la información solicitada por organizaciones no gubernamentales o por particulares.
Hace un mes, la Corte Suprema había marcado el camino cuando aceptó la difusión del patrimonio de sus integrantes. En aquella ocasión la decisión se tomó luego de una audiencia en la que los jueces entendieron que no era necesario dictar una resolución formal.
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