Vie 04.01.2008

EL PAíS

La defensa de Astiz recusa al juez recurriendo a los derechos humanos

Para postergar el inicio del juicio por la megacausa ESMA, el abogado de varios represores pidió la impugnación del juez Torres y otros miembros del Tribunal Federal. Argumentó dudas sobre la imparcialidad de los jueces, ya que están denunciados por la muerte de Febres.

El abogado Juan María Aberg Cobo, defensor, entre otros, del ex marino Alfredo Astiz, recusó ayer al juez federal Sergio Torres y a los integrantes del Tribunal Oral Federal Nº 5, que tiene a su cargo la investigación de los delitos de lesa humanidad cometidos en la Escuela de Mecánica de la Armada. El representante de los represores aseguró que existen “razones legítimas para dudar” de la imparcialidad de los magistrados debido a que hay una denuncia en su contra efectuada por organismos de derechos humanos tras la muerte de Héctor Febres, cuatro días antes de su sentencia, en su cárcel VIP de la Prefectura Naval en el Tigre.

No es la primera vez que los mismos represores recurren a tratados internacionales de derechos humanos para intentar utilizarlos como instrumentos para obstruir y dilatar la acción de la Justicia o, incluso, mantener los privilegios de los que gozan.

En este caso, es clara la intención del abogado de Astiz –también representante del dictador Reynaldo Bignone y de los marinos Antonio Pernías y Rogelio José Martínez Pizarro– de posponer aún más el inicio del juicio por la megacausa ESMA. En su escrito, Aberg Cobo citó un fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que afirma que “debe recusarse todo juicio del que se pueda legítimamente temer una falta de imparcialidad”. “Esto deriva de la confianza que los tribunales de una sociedad democrática deben inspirar en los justiciables, comenzando, en el orden penal, por los acusados”, sostuvo.

El temor de Aberg Cobo a una “falta de imparcialidad” se funda, según su postura, en que el cuestionamiento “puede provocar un estado de ánimo adverso” en el juez Torres y los integrantes del TOF 5, Guillermo Gordo, Daniel Obligado y Ricardo Farías, que les impide “analizar este caso con la tranquilidad de espíritu necesaria”. Sin embargo, la denuncia contra los jueces por su responsabilidad en la muerte de Febres ni siquiera fue ingresada en la comisión de Acusación del Consejo de la Magistratura, que se encuentra de feria hasta febrero. Recién cuando se retome la actividad se deberá analizar si se acepta el caso y si posteriormente se inicia el proceso de remoción.

En la presentación, realizada un día antes de la feria judicial, la defensa de los represores citó, paradójicamente, numerosos tratados internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos o el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales. Del mismo modo, en septiembre pasado, Aberg Cobo realizó un reclamo judicial a través de un pedido de hábeas corpus. El recurso, interpuesto sin éxito por familiares de los desaparecidos, se utiliza cuando se supone en riesgo la vida, la libertad o la integridad física de una persona. En este caso, el motivo fue el traslado de 17 represores al Instituto Penal de las Fuerzas Armadas, ubicado en Campo de Mayo. La medida dispuesta por la ministra de Defensa, Nilda Garré, y acordada con el juez Torres, se interpretó como una agravamiento ilegítimo de “la forma y condiciones en que se cumple la privación de sus libertades”. Lógicamente, ya no tendrían acceso a Internet, ni teléfonos celulares, como sucedía en las dependencias de la Armada donde se alojaban.

El mismo juez que ordenó ese traslado fue uno de los que tuvieron a su cargo la suerte de Febres, que gozaba de privilegios como un reproductor de DVD, celular, visitas irrestrictas y chofer para su familia. Sólo luego de su muerte por envenenamiento con cianuro y tras una presentación judicial de Abuelas de Plaza de Mayo, Torres determinó que todos los detenidos por delitos de lesa humanidad en las causas que le competen pasen a ser custodiados por el Servicio Penitenciario Federal.

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