EL PAíS • SUBNOTA › LA PERSECUCIóN AL NARCOTRáFICO
› Por Emilio Ruchansky
En 1988, la Argentina adhirió a la Convención Contra el Tráfico de Drogas de la ONU, que obliga, entre otras cosas, a penalizar como “grave” cualquier delito relacionado con la comercialización y estipula, dependiendo de la Constitución de cada país, la penalización de la tenencia para consumo personal. Esta declaración de “guerra a las drogas”, impulsada principalmente por el gobierno de Estados Unidos, según reconocen las autoridades de varios estados latinoamericanos y europeos, fue “un fracaso absoluto”.
En el Plan de Drogas hay un apartado donde se detalla “la situación actual” de la persecución del narcotráfico. Se afirma la existencia y persistencia de un tránsito de “enormes cantidades de sustancias” a través de puertos y aeropuertos nacionales, en especial de cocaína. “Su magnitud recién se conoce cuando llegan a destino en el exterior o cuando se logra la intercepción –se afirma en el documento–. Su incautación en muchos casos es producto de actuaciones individuales y no de estrategias conjuntas entre las fuerzas de seguridad federales y de éstas con las provinciales, ni de actividades previas de Inteligencia.”
Muchas secretarías antidrogas de la región, como la Sedronar, aparecieron luego de esta Convención de 1988 y se niegan a renovar sus lineamientos. Por eso, y para democratizar la persecución del tráfico a gran escala, los expertos del comité que asesora al jefe de Gabinete nacional, Aníbal Fernández, exigen derogar las autoridades de aplicación de los convenios bilaterales en cooperación internacional y derivar la persecución del narcotráfico al Ministerio de Justicia y a la Cancillería. Las acciones de las fuerzas de seguridad, si es que se despenaliza por ley la tenencia de drogas para consumo personal, como propone el comité, deberán ser reencauzadas hacia los grandes traficantes.
Los puntos del plan, en este aspecto, se centran en el intercambio de información tanto en las fuerzas como en las distintas dependencias judiciales y administrativas, como la Afip y el Banco Central, a fin de descubrir “empresas fantasma” dedicadas al lavado de dinero proveniente de la venta de drogas. Los controles sobre el registro de la compra y distribución de precursores químicos legales para fabricar pasta base o cocaína deberán, como viene insistiendo el comité, aplicarse desde organismos estatales especializados como la Anmat y el Iname, y no desde la Sedronar, que por omisión es responsable de gran parte de las operaciones de la mafia de la efedrina.
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